Oposinet - Economía

Estructura y partes que forman las Oposiciones a la Enseñanza

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A) FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición consta de dos pruebas:

1. Primera prueba

Tendrá como objetivo la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir docencia. Se divide en dos partes y se puntúa de la siguiente forma:

Esta primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos. Los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima, en cada una de las partes, igual al 25 por ciento de la puntuación asignada a cada una de ellas y una puntuación total, resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes, igual o superior a cinco puntos.

1.1 Primera parte

Se trata de la prueba práctica, que consiste en la realización de una serie de ejercicios que permitan comprobar que los candidatos poseen la formación científica y dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, asignaturas o módulos propios de la especialidad a la que opten. La duración de esta parte de la prueba se determina por las respectivas convocatorias.

En la especialidad de Tecnología, normalmente consiste en la realización de tres ejercicios, de entre seis propuestos por el Tribunal.

- Resolución de problemas y/o ejercicios de aplicación en realización con el temario.

- Explotación didáctica de un proyecto (como respuesta a un problema) o del análisis de un objeto o sistema técnico planteado por el Tribunal. Su desarrollo deberá contener, entre otros aspectos, los motivos didácticos que se pretenden, los contenidos que se van a estudiar, el método del trabajo y las actividades de aula en las que se desarrollen y la forma de evaluar el aprendizaje de los/las alumnos/as.

- En algunas comunidades se completa esta prueba con un cuestionario tipo test sobre contenidos relacionados con el temario.

1.2 Segunda parte

Consiste en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad. Los aspirantes dispondrán, al menos, de dos horas para la realización de esta parte de la prueba.

2. Segunda prueba

Tendrá por objetivo la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica.

Esta segunda prueba se valorará globalmente de 0 a 10 puntos y el aspirante deberá alcanzar, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.

2.1 Presentación de una programación didáctica

Se referirá al currículo de un área, asignatura o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberán especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades educativas específicas.

La programación podrá ser referida a la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria, al Bachillerato o a los Ciclos Formativos de Formación Profesional. La programación elaborada por el aspirante, de acuerdo con los términos que fijen las respectivas convocatorias, deberán presentarse y ser defendida ante el tribunal en el momento que establezca la Administración.

Constará de un máximo de 60 folios (sin incluir los anexos) DIN-A4, escrita en una cara de un folio, a doble espacio y con tamaño de letra 12, y deberá contener, al menos, los siguientes apartados:

a) Objetivos.

b) Contenidos: como mínimo estarán divididos en 15 unidades didácticas numeradas.

c) Metodología.

d) Criterios de Evaluación.

e) Atención a los alumnos con características educativas específicas.

f) Bibliografía de aula y de departamento.

2.2 Elaboración , exposición oral de una unidad didáctica y debate frente al tribunal

La elaboración y la exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica pueden estar relacionadas con la programación presentada por el opositor o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el opositor elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.

- El opositor dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica y podrá utilizar el material que considere oportuno.

- Para la exposición de la unidad didáctica, el opositor podrá utilizar el material auxiliar que necesite y que deberá aportar él mismo, así como un guión que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal al término de aquella.

- El opositor dispondrá de un período máximo de una hora y treinta minutos para la defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y posterior debate ante el tribunal.

- El opositor iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de 30 minutos, y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica.

- La duración del debate no podrá exceder de 15 minutos.

B) FASE DE CONCURSO

A esta fase sólo podrán acceder los candidatos que hayan superado las dos pruebas del concurso oposición. Se valorarán los siguientes aspectos:

a. Formación académica: expediente académico, tesis, tesina de licenciatura, otras titulaciones universitarias, cursos realizados, etc.

b. Experiencia docente previa: se tiene en cuenta tanto la experiencia docente en la enseñanza pública como en la privada.

c. Otros méritos que presente el opositor y según la convocatoria.

La puntuación máxima de la fase de concurso es de 10 puntos y los opositores que hayan sido seleccionados son considerados como funcionarios en prácticas de la enseñanza. Un tribunal de prácticas valorará su aptitud para la práctica docente durante el primer curso. Si el opositor supera esta última fase recibe la calificación de apto y pasa a ser nombrado funcionario de carrera.

Objetivo de las Oposiciones:

Con todo lo explicado se pretende mediante los tribunales de oposición evaluar:

- Los conocimientos teóricos específicos de la materia.

- Los conocimientos pedagógicos y prácticos del opositor.

- La preparación teórica y científica del opositor, según los méritos profesionales que aporte al tribunal.

- Las capacidades pedagógicas y didácticas como futuro profesional de la educación, que son evaluadas durante la exposición oral y posterior debate frente al tribunal.

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Actualizado ( Sábado, 22 de Mayo de 2010 10:38 )