Tema 33 – Crisis económica y desajustes en el mercado de trabajo. La economía sumergida. Sistema productivo, sindicalismo y negociación colectiva

Tema 33 – Crisis económica y desajustes en el mercado de trabajo. La economía sumergida. Sistema productivo, sindicalismo y negociación colectiva

1 INTRODUCCIÓN.

El mercado de trabajo es un mercado de factores, donde empresarios acuden para demandar trabajo y los trabajadores, a cambio de un precio, el salario. Es especial en dos sentidos: es un mercado de factores de producción, y porque en él se negocia trabajo humano, es decir esfuerzo físico o mental remunerado. El MT se diferencia de los mercados de bienes y servicios en:

1) Lo que se intercambia es un servicio prestado por el hombre.

2) Ese servicio o trabajo supone el factor de producción más importante que hay.

3) De este mercado depende la asignación de las rentas de la mayoría de las familias.

4) Se ofrece la cualificación personal: mercado de alto contenido social.

5) Es un mercado caracterizado por el conflicto laboral entre empresarios y trabajadores (cada uno mira por sus intereses).

6) Ligado al desempleo: personas en edad y de trabajar que no trabajan.

7) Ampliamente regulado, para defender intereses del trabajador. Todo recogido en el Estatuto de los trabajadores. Incluso se regula un salario mínimo (SMI).

8) Supeditado a las negociaciones colectivas, entre los sindicatos y los representantes de los empresarios, donde acuerdan las condiciones concretas, respetando las leyes. En las mismas los sindicatos tratan de elevar los salarios, argumentando subida de productividad, o por previsibles subidas de precios.

9) Carácter típicamente contractual en el que los trabajadores prestan sus servicios acogidos a un contrato que han firmado previamente.

10) Mercado complejo y lleno de factores.

11) Tener una demanda que cambia o se desplaza frecuentemente.

12) La oferta de trabajo es heterogénea (diversidad de puestos, cualificaciones).

13) La información en el mercado es insuficiente o inadecuada: porque la cantidad de información necesaria es muy grande.

14) El desempleo constituye una situación normal (el desequilibrio es normal).

15) Movilidad de mano de obra limitada (cambios de residencia o cualificación).

2 CRISIS ECONÓMICAS Y DESAJUSTES EN EL MERCADO DE TRABAJO.

2.1 Relación del mercado de trabajo con la coyuntura económica.

Hay una clara relación entre la actividad económica y mercado de trabajo. Keynes partía de la posibilidad de un exceso de oferta por encima de la demanda de trabajo debido a la existencia de un nivel de DA insuficiente. PLENO EMPLEO significaba ausencia de paro involuntario, pero no del voluntario. Él incluía el paro friccional y el estructural en el involuntario. Para él, el paro es el resultado de una insuficiencia en DA, la cual comprendía C, I y G, si quienes ahorran y quienes realizan el gasto en inversión no están coordinados (ahorro no es igual a I). De forma que si aumenta el ahorro sin que se destine a inversión una cantidad equivalente, la renta y la DA caerán, aunque luego la renta descenderá hasta un nivel en el que se igualan ahorro e inversión.

 
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En A tenemos equilibrio con nivel de empleo E y nivel de renta F, estando por debajo del pleno empleo. Este paro se debe a que la DA es insuficiente. Si la DA aumentara, aumentaría la producción hasta H y aumentaría el empleo hasta F, llegando al pleno empleo. No cabría explicar el paro existente con DA insuficiente.

En las crisis económicas, propias del ciclo, la economía esta por debajo del pleno empleo, con recursos subempleados, por la escasa renta, y escasa DA. Las empresas tienen que reducir plantillas, no renovar trabajadores eventuales y hay paro cíclico. Si se relanza la DA las empresas tienen que producir más y el primer factor que pueden variar a c/p es L, por tanto contratan trabajadores y comienzan a invertir en bienes de equipo (buenas expectativas). El MT ajusta su demanda y oferta hacia un salario real de equilibrio. El desempleo está muy relacionado con el crecimiento económico. En expansión se acerca al pleno empleo.

Se distinguen los siguientes tipos de paro:

1) Paro estacional: debido a la naturaleza estacional de determinados trabajos.

2) Paro depresivo: debido a una profunda deflación y no se ve la recuperación.

3) Paro friccional: debido a las imperfecciones del mercado de trabajo, como por ejemplo, derivado del tiempo que se requiere para cambiar el trabajo.

4) Paro estructural: aquel que está establecido en el país, y es difícil de erradicar. Se debe a procesos económicos y tecnológicos estructurales y viene explicando con la automatización, aumento del coste laboral, fusiones de empresas, etc.

5) Paro cíclico: motivados por el ciclo económico

Las causas del desempleo son:

1) La escasez de DA: asociada con las crisis, los ciclos y con causas estructurales (explica en parte el paro estructural, el cíclico y el depresivo).

2) La rigidez del MT: por mal funcionamiento (el friccional y parte del estructural).

3) Aumento de la población activa: como con la incorporación de la mujer, o lo que ocurrió con la llegada de emigrantes, o el éxodo del campo a la ciudad.

En muchos países industrializados, en épocas de crecimiento económico considerable no se absorbe el suficiente paro (debido a las rigideces del MT).

2.1.1 Escasez de capacidad productiva rentable.

La situación de desempleo estructural está vinculada a una insuficiencia de los requerimientos de trabajo asociados al stock de capacidad productiva existente, susceptible de ser utilizado rentablemente. Este desequilibrio puede venir de:

1) Sustituir L por K a un ritmo superior al óptimo en relación a la dotación relativa de factores.

2) Ritmo lento de acumulación de nueva capacidad productiva, por la baja rentabilidad.

Un coste laboral excesivo estimula la sustitución de este factor por capital, y a la vez comprime los márgenes de rentabilidad, pudiendo generar escasez de capacidad productiva. La escasez de capacidad productiva se convierte en restricción dominante que impide que aumente el nivel de empleo. Con un stock de capital que no crece, la demanda de trabajo es insuficiente para cualquier nivel de salario real, no habiendo salario real con el poder alcanzar el pleno empleo a c/p.

2.1.2 Insuficiencia de la demanda efectiva.

El desajuste de los salarios reales y la escasez de la capacidad productiva reduce el nivel de demanda final compatible con la estabilidad de precios y el equilibrio de la balanza de pagos. La demanda final resulta ineficiente para mantener el nivel de pleno empleo, pero cuando existe distorsión de los precios relativos y escasez de capital, los estímulos de la demanda sólo tendrían un efecto pasajero sobre el empleo y a medio plazo se traducirían en una aceleración de la inflación y en un empeoramiento general de la situación. El crecimiento del desempleo ha ido asociado a la tasa de inflación (recuérdese la CURVA DE PHILLIPS). Se corre el riesgo de entrar en CÍRCULOS VICIOSOS, porque las medidas correctoras del desempleo estructural pueden generar insuficiencia de la demanda, y persistir en medidas estabilizadoras deprime la acumulación y genera desempleo estructural.

2.2 Desajustes del mercado de trabajo

Hay un debate con respecto al MT: se debe o no flexibilizar, desregularizándolo, para que funcione más eficientemente, para que de esta forma se pueda disminuir el desempleo, y por otra parte los que opinan que la flexibilización iría en beneficio del empresario y en perjuicio de los trabajadores, que perderían parte de sus derechos. La flexibilización se mueve en los siguientes terrenos:

1) Flexibilización salarial.

2) Flexibilidad del tiempo de trabajo.

3) Flexibilidad en el despido.

4) Flexibilidad en el cambio de condiciones.

Así entramos en juicios de valor sobre lo que sería mejor para la sociedad, si dejar operar al mercado libremente, o si el Estado interviene regulándolo fuertemente e impidiendo abusos y garantizando la equidad, a costa de la eficiencia. Unos dicen que la causa del paro estructural son las rigideces del MT, otros creen que son las flexibilidades conseguidas las que llevan a esas cifras irrebajables.

2.2.1 Rigideces del mercado (desajustes).

Un MT rígido es aquel en el que los mecanismos de ajustes entre oferta y demanda no funcionan adecuadamente, ni tampoco a la velocidad necesaria para conseguir el equilibrio rápidamente. Las causas principales de rigidez son:

1) Altos costes de seguridad social: elevados % de cotización del empresario por sus trabajadores, para sostener el Sistema, desincentiva la contratación.

2) Falta de movilidad geográfica: la sociedad no está concienciada al cambio de residencia para trabajar. En España hay incentivos fiscales que la promueven.

3) Falta de movilidad funcional: es necesario adaptar la cualificación a la demanda del mercado. Es necesaria una FP que lleve a la adaptación y la cualificación.

4) Excesiva protección contra el desempleo: el exceso prestaciones y subsidios desalienta el trabajo y crea una masa de parados que están en equilibrio recibiendo durante gran parte del año esas ayudas. Se han de poner medidas que impliquen obligaciones de formación o búsqueda de trabajo.

5) Elevados costes de despido: que provocan que los empresarios sean reacios a la contratación indefinida, y que impiden que se pueda contratar a las personas, en muchas ocasiones, en función de su cualificación y su valía personal. Sin llegar al despido libre (que sería injusto), si que sería indispensable una menor judicialización de la relación entre empresarios y trabajadores.

6) Falta de una Formación Profesional ágil y adecuada: para cualificar, adaptar y recualificar a los trabajadores durante toda su vida laboral, ofertando una FP adecuada a las necesidades reales del tejido productivo

7) Falta de flexibilidad en las modalidades contractuales: para que el MT pueda funcionar bien es necesario que se puede contratar para cada situación y problema laboral concreto. Deben existir ETT, contratos de tiempo determinado (obra o servicio, circunstancias eventuales de la producción, interinidad, etc), contratos a domicilio, contratos a tiempo parcial, etc.

8) Falta de transparencia en el mercado: la información perfecta de empresarios y futuros trabajadores hace que el MT realice ajustes más rápidos y eficientes. Esa falta de información lleva a la existencia de:

a) Imposibilidad de absorción de oferta de jóvenes con titulación universitaria.

b) Puestos con una demanda que supera enormemente a la oferta, y eleva los salarios de dichas categorías.

c) Contratación de personas para puestos no acordes con su cualificación.

Todo esto genera una inadecuación entre las cualificaciones demandas y las cualifaciones profesionales ofertadas. La FP y los observatorios ocupacionales deben resolver ese problema. Es indispensable conocer otras formas de trabajo (teletrabajo, utilización de nuevas tecnologías, etc).

9) Inflexibilidad de salarios: los neoclásicos creían en la flexibilidad de los salarios y los precios para permitir ajustes rápidos en el MT, pero en la realidad éstos no son flexibles. En España, los salarios se fijan en Convenios Colectivos, donde los sindicatos, con gran poder, presionan al alza dichos salarios en su defensa a de los derechos de los trabajadores. La productividad laboral y los salarios deben ir acordes. Aumentos en la productividad se deben corresponder con aumentos en salario real. Si cae la productividad y no se ajustan los salarios reales puede aparecer paro masivo. Es muy importante una buena política de rentas con el objetivo de diálogo entre representantes sociales y la moderación de la subida de salarios y beneficios, conforme al IPC programado.

10) Falta de emprendedores: para que el MT se reactive deben existir personas que tengan iniciativas emprendedoras, para procurarse su propio trabajo y procurárselo a los demás. En España hay muchas personas que creen que la mejor salida laboral es la de ser funcionario.

11) Existencia de la economía sumergida: eludiendo obligaciones fiscales, desestabilizan el MT y suponen un fraude para el sistema.

2.2.2 El MT en España.

No siempre crecimiento económico supone gran capacidad de generación de empleo. En los años 60, creció la economía, con una gran industrialización, pero escasa generación de empleo, motivada por el gran aumento de la productividad laboral, con la incorporación de bienes de capital. Pero el paro era bajo por la no incorporación de la mujer y la gran masa de emigrantes españoles fuera. Con la crisis de los 70, por el aumento del coste de factores y el retorno de los emigrantes, ralentizó el crecimiento, y la agricultura siguió expulsando. Por otra parte hubo una gran incorporación de jóvenes a la población activa, fruto del boom de natalidad de los 50. Todos estos factores eran de carácter estructural, pero además, el MT adolecía de una configuración institucional y no había un ajuste rápido del empleo, lo que agravó más la evolución negativa del desempleo.

Con la transición política hubo una profunda alteración en el conjunto de instituciones que regulaban el MT, llevando a una excesiva rigidez, por unos elevados costes de despido, modalidades de contratación poco flexibles, y una mayor rigidez en la evolución de salarios tanto en su nivel como en su estructura. La transformación institucional supuso un sistema que ha tendido a generar ajustes lentos y costosos, en términos de desempleo y destrucción de capacidad productiva como en erosión del potencial económico. Los salarios reales (W/P), sufrieron un gran encarecimiento entre 1970 y 1986, durante una crisis económica grande (llegando al 60%). Dicho encarecimiento se debió a:

1) Normas de indización salarial que producían tal efecto.

2) Presión de las cotizaciones a la Seguridad Social que aumento mucho.

3) Incremento de la presión fiscal sobre las rentas de trabajo.

4) Elevación del nivel medio de cualificación, envejecimiento de la población empleada y mayor concentración de la misma en sectores y ocupaciones con

5) salarios relativamente elevados. Además existían graves problemas de financiación de la Seguridad Social

6) Además existían graves problemas de financiación de la Seguridad Social

El shock exterior de los altos costes del petróleo, se juntó con el shock interior de tal subida de los costes del trabajo. Fue a partir de mediados de los 80 cuando se facilitó el proceso de desaceleración de los costes laborales reales por unidad de trabajo, impulsado por el mayor consenso para reducir las tasas de inflación y el alto nivel de desempleo. Los salarios crecieron según la inflación programada.

2.3 Una mención a la crisis internacional de 2008.

La crisis económica global que se venía comprobando desde la desaceleración del crecimiento en 2007, es multifactorial en sus causas y lo será también en las soluciones. Por una parte, tiene un origen financiero, motivado por la crisis de las hipotecas suprime, es decir, aquellas hipotecas de alto riesgo, que han sido concedidas en EEUU en los últimos años sin el debido análisis. Eso ha provocado un paulatino debilitamiento financiero en EEUU y arrastrado al resto de paises. En España también se ha provocado un endurecimiento de los créditos, motivado por la necesidad de valorar más los riesgos y por la falta de liquidez del sistema. Como consecuencia, se han encarecidos los préstamos y es más dificil que sean concedidas hipotecas, lo que redunda en ralentización económica. A su vez, el sector de la construcción español se ha derrumbado, en parte, motivado por la crisis financiera y en parte por el gran exceso de oferta. Este derrumbamiento ha afectado a otros sectores en un efecto domino. Otro tercer factor importante ha sido el aumento de precios de las materias primas básicas y del petroleo, en parte motivada por el aumento de demanda proveniente de países emergentes. La consecuencia final es una gran disminución de la inversión y del consumo.

3 LA ECONOMÍA SUMERGIDA.

3.1 Concepto, características y clasificación.

Se define como la parte no visible de la economía para los instrumentos estadísticos oficiales. Se encuadran todas las actividades que por razones voluntarias o involuntarias no se recogen en la Contabilidad Nacional oficial. También se define como las actividades económicas que suponen transacciones que escapan del cálculo del PNB, porque se declaran de incompletamente o no se declaran.

La OIT las define como la actividad profesional, única o secundaria, ejercida al margen o fuera de las obligaciones legales, reglamentarias o convencionales, a título lucrativo y de modo no ocasional. Son características:

1) Puede ser actividad manual o intelectual, pero a título lucrativo (con remuneración).

2) Es clandestino también el trabajador legal en tareas o en empleos no declarado.

3) Debe ser una tarea de carácter permanente.

4) Está fuera de la legalidad vigente y normativa aplicable, legal, reglamentaria o convencional.

Estas actividades están fuera de la Contabilidad Nacional y no permiten la actuación fiscalizadora del Estado. Estas actividad se engloban en VARIOS TIPOS:

1) TRUEQUE O ABASTECIMIENTO DE ECONOMÍA DOMÉSTICA.

2) ACTIVIDADES NO DECLARADAS A HACIENDA.

3) TRABAJADORES NO DADOS DE ALTA en Actividades declaradas a Hacienda.

4) CONTRABANDO Y TRÁFICO DE DROGAS, TRATA DE BLANCAS, ROBOS, ESTAFAS ETC.

5) TRABAJADORES ILEGALES E INMIGRANTES: obrero sin permiso de trabajo, tales como inmigrantes ilegales (a quiénes no se les puede dar de alta).

6) ACTIVIDADES ECONÓMICAS EXTRATERRITORIALES NO SUJETAS A IMPUESTO: planificación de impuestos, a través del uso de paraísos y refugios fiscales (Andorra, Gibraltar, etc), o los reconocidos servicios de asesores fiscales que logran lo que se proponen.

7) RECURSOS DERIVADOS DE LA INFRACCIÓN DE LAS LEYES DE CONTROL DE CAMBIOS: contrabando de medios monetarios a través de las fronteras. Se suele producir en países donde las reservas de divisas son escasas y las leyes tratan de reducir al mínimo el uso no autorizado de moneda extranjera.

Estas actividades son totalmente clandestinas, a veces son legales, pero se oculta una parte importante de producción. Suelen ir enfocadas hacia mercados internos y externos, compitiendo en ventaja, vía costes con las legales, y evaden impuestos.

Según Recio Andreu hay tres espacios de economía sumergida:

1) Economía ilegal: aquellas actividades ilegales que son delitos.

2) Economía oficial sumergida actividades o empresas que producen bienes legales pero que son escondidos para eludir costes (impuestos, contribuciones a la SS, controles como el de calidad de producción, el control sindical, etc).

3) Economía no oficial de autónomos: amplio conjunto de actividades desarrolladas por trabajadores por cuenta propia no dados de alta en el IAE ni en la SS.

3.2 Causas de la no computación en la Contabilidad Nacional.

1) Actividades no computadas por errores o limitaciones del aparato estadístico con el que se construyen las cuentas.

2) Actividades ilegales (ya vistas): compra de objetos robados, juegos de azar, la usura, el contrabando de divisas y de joyas, de capitales, etc.

3) Actividades no cuantificadas por situarse al margen del campo teórico de observación de la Contabilidad Nacional. Transacciones que no se materializan en dinero, tales como las actividades de las amas de casa, producción de bienes y servicios en economías domésticas para el autoconsumo o para el intercambio por trueque entre familias, etc.

4) Actividades no registradas por ocultación por los agentes que las realizan.

3.3 Problemas que trae consigo la economía sumergida.

El trabajo clandestino tiene connotaciones humanas y sociales grandes. Se entiende que hay trabajo clandestino siempre que se realiza fuera de la legalidad vigente (sin darse de alta en la Seguridad Social y/o actividad no dada de alta en Hacienda). Por tanto, siempre que se eluda la norma legal habrá trabajo clandestino, cualquiera que sea el resultado económico de esa marginación. Este trae consigo algunos problemas:

1) Problemas económicos:

a) Disminución en la recaudación: si las actividades no están declaradas se consigue no pagar la totalidad o parte de impuestos directos (IRPF, ISS, IVA). La cuantía no recaudada hubiera sido destinada a toda la sociedad.

b) Competencia desleal: hacia otras empresas del sector que pagan sus impuestos y que no pueden vender sus productos tan baratos.

c) Desprotección social: muchos trabajadores quedan desprotegidos ante accidentes, desempleo, jubilación, puesto que no cotizan a la SS.

d) Desajustes en el MT: tergiversa las cifras de paro, ya que hay muchas personas que aparecen como desempleadas cuando realmente no lo están. Muchos trabajadores cometen fraude, y también sus empleadores, ya que realizan actividades cobrando subsidios y prestaciones.

e) Introducción de productos o servicios prohibidos: que tienen su tráfico y/o su consumo prohibido (bienes de mérito).

f) Tergiversación de las cifras de la Contabilidad Nacional: estas cifras que no aparecen pueden suponer en algunos casos el 10% del PIB de un país.

2) Problemas sociales: trabajo clandestino realizado por inmigrantes ilegales que trabajan en condiciones precarias, el doble de horas y bajos sueldos. En latinoamérica un alto % de niños trabaja para ganar pequeñas cantidades.

3.4 Economía sumergida en España.

La economía sumergida está en todo el mundo, y las economías avanzadas no escapan a dicha lacra (ni siquiera las economías planificadas). Hay países que, debido a sus características socioeconómicas y jurídicas, sufre aún más estos efectos, como Italia, donde la economía sumergida alcanza cotas importantes y donde los políticos y economistas buscan solución y se requiere investigación. En las crisis se han agravado en España estas economías irregulares. Es más intensa en industrias manufactureras que utilizan mano de obra intensivamente (como la confección). En España se ha extendido la picaresca empresarial que, aprovechando lagunas legales y administrativas siguen procedimientos tales como:

1) Creación de empresas relacionadas donde unas se facturan a otras, según la conveniencia fiscal y donde se consigue minimizar el pago de impuestos.

2) Cierre de empresas en suspensión de pagos, con deudas fiscales y con la SS, que proponen el cierre de la empresa por causas económicas, solicitando la rescisión de contratos. Una vez autorizada, los trabajadores reclaman sus indemnizaciones al FOGASA y pasan a cobrar el desempleo. Hacienda y la Seguridad Social no perciben nada y el empresario constituye una nueva empresa, con nombre distinto, pide subvenciones, y sigue trabajando, ahora limpio de problemas (utilizando clandestinamente parte de la plantilla despedida).

Estos fraudes son posibles en industrias intensivas en mano de obra, y con escasa inversión en maquinaria e instalaciones (calzado, el textil, etc). Estas actividades se acrecientan en las crisis y cuando más paro hay y permiten la reducción de los costes de trabajo y la flexibilidad en el uso de la mano de obra (ya que no hay que despedir a quien no tienes contratado en la realidad).

4 SISTEMA PRODUCTIVO, SINDICALISMO Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA.

4.1 La sindicación en España.

La Constitución dice (artículo 28) “todos tienen derecho a sindicarse libremente, pudiendo la Ley fijar las limitaciones o excepciones al ejercicio de este derecho (libertad sindical), y no pudiendo nadie ser obligado a afiliarse a un sindicato”. El artículo 7 establece que los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios

Definimos sindicatos como las organizaciones voluntarias y permanentes de trabajadores asalariados para la representación y defensa de sus intereses generales, frente a cualquier otro sujeto y principalmente frente a los empresarios. Los elementos conceptuales que se derivan de esta definición de sindicato son :

1. Elemento subjetivo: organización constituida exclusiva y excluyentemente por trabajadores asalariados o por cuenta ajena.

2. Elemento funcional: se constituye para la autotutela colectiva de los intereses generales del trabajo asalariado. Busca el bienestar profesional y social de sus miembros. No tiene fin de lucro.

3. Elemento organizativo: asociación voluntaria, autónoma y permanente.

4. Elemento material: con medios instrumentales, como la negociación colectiva, la huelga, conflicto colectivo, grupo de presión ante el poder político, intervenir en la gestión de determinados órganos públicos, participar en procesos de deliberación y consulta con la Administración y con asociaciones empresariales.

TIPOS DE SINDICATOS:

1. Funcionalmente: de oficio, profesionales, de industria, generales y de empresa.

2. Geográficamente: locales, regionales y estatales.

1) Sindicatos más representativos a nivel estatal: que acrediten en dicho ámbito, el 10% o más del total de delegados de personal, de miembros de comités de empresa y de correspondientes órganos de las Administraciones Públicas. Los sindicatos o entes sindicales, afiliados, federados o confederados a los del apartado 1. Todos gozarán de capacidad representativa a todos los niveles territoriales y funcionales para: negociación colectiva, promoción de elecciones para delegados de personal y comités de empresa y órganos correspondientes a las Administraciones Públicas, representación institucional ante las Administraciones Públicos u otras entidades de carácter estatal o de CCAA, etc.

2) Sindicatos más representativos a nivel de CCAA: que acrediten en la misma, al menos, el 15% de los delegados de personal…., siempre que cuenten con un mínimo de 1.500 representantes y no estén federados o confederados con organizaciones sindicales de ámbito estatal. También loss sindicatos o entes sindicales, federados, confederados o afiliados a los del apartado anterior. Gozarán de capacidad representativa para ejercer en el ámbito de CCAA las funciones de las que disponen los de carácter estatal, y la capacidad para ostentar representación institucional ante las Administraciones Públicas u otras entidades u organismos de carácter estatal.

4.2 Los órganos de representación unitarios.

En España hay un modelo unitario de representación y participación, que hace que todos los trabajadores de la empresa, afiliados o no, puedan participar en la elección y puedan ser a su vez candidatos para el órgano de representación. En empresas de menos de 50 trabajadores se elige un delegado de personal (hasta 30 trabajadores) o tres delegados (entre 31 y 50). En las de más de 50 se elige un COMITÉ DE EMPRESAS que tendrá un número variable de miembros, hasta un máximo de 75, dependiendo del tamaño de la empresa. También tenemos LAS CENTRALES SINDICALES, que pueden presentar sus propios candidatos en cada empresa (para dichos órganos). El resultado de las elecciones determina la presencia sindical en cada empresa y el nivel de representación y capacidad de actuación de cada central sindical a niveles superiores al de empresa.

4.3 La acción sindical en la empresa.

Hay una serie de derechos de los sindicatos en los centros de trabajo:

1. Creación de SECCIONES SINDICALES de empresa o centro de trabajo: constituidas por trabajadores afiliados a un sindicato (sea o no más representativo), pudiendo celebrar reuniones, recaudar cuotas y distribuir la información.

2. Elección de delegados sindicales: los sindicatos con algún representante en el comité de empresas, en las empresas de más de 250 trabajadores. Como mínimo uno por cada sindicato, pero podrán ser más a mayor tamaño de la empresa. Los delegados sindicales tienen derechos: acceso a la misma información y documentación sobre la empresa que los miembros del Comité, asistir, con voz pero sin voto, a reuniones del Comité, ser oídos por la empresa cuando pretenda adoptar medidas que afecten al conjunto de trabadores, y, en particular, a sus afiliados, protección frente a decisiones empresariales que la ley prevé para los miembros del Comité y de ciertas ventajas de que éstos disfrutan (tiempo de trabajo retribuido para desempeñar sus tareas).

Los sindicatos dedican sus esfuerzos negociadores a mejorar las condiciones laborales de sus representados. El marco normativo y de los CC suele procurar paz social, pero cuando hay alguna controversia insalvable entre empresarios y sindicatos, los trabajadores cuentan con la huelga, derecho reconocido, siempre que se ejerza según los requisitos que marca la ley. Los sindicatos utilizan la huelga como amenaza para conseguir concesiones, quedando el Gobierno al margen, salvo cuando éstas afectan a servicios clave o se produce a escala nacional en un sector importante. La mayor amenaza para los sindicatos y que es a su vez un reclamo del mercado, es el aumento de la competitividad. La apertura de los mercados con la entrada de España en la UE, la entrada de M y la competencia extranjera hace que prime la competitividad para las empresas, y la subida descontrolada de salarios redunda negativamente.

4.4 Influencia de los sindicatos en los salarios y en el empleo.

Los sindicatos pueden tener varias formas de elevar los salarios reales:

1) A través de su poder de negociación para elevar directamente dichos niveles.

2) Tratando de reducir la oferta de trabajo.

3) Tratando de que aumente la demanda de trabajo.

4) Haciendo frente a los empresarios que tienen poder monopsónico.

Los defensores de los sindicatos sostienen que han elevado lo salarios reales, al menos en el caso de los afiliados. Sus detractores afirman que la consecuencia es un elevado poco desempleo, inflación y distorsión en la asignación de recursos.

Los sindicatos tienen más problemas para elevar los salarios en los sectores en los que tienen más dificultades para monopolizar la oferta de trabajo. Pero la proporción de renta nacional correspondiente al trabajo apenas ha variado en las últimas décadas, y esto es debido a que cuando los sindicatos consiguen elevar los salarios monetarios, se comienza una espiral inflacionista de precios-salarios que causa pocos o ningún efecto permanente en los salarios reales. En cuanto a la influencia en el empleo, algunos economistas piensan que las diferencias intersectoriales artificiales creadas por los sindicatos constituyen una importante causa de desempleo, como el denominado desempleo en espera, (cuando los trabajadores de puestos de trabajo de elevados salarios son despedidos, pueden percibir la prestación por desempleo, ganando incluso más que los salarios netos de los puestos de otros sectores de la economía), siendo posible que se prefiera esperar a ser recontratados en la empresa.

Los sindicatos han elevado tanto los salarios reales que hay un exceso de oferta de trabajo (desempleo clásico), y como los salarios no son tan flexibles, debido en gran medida, a los convenios colectivos, no se logra el equilibrio. Richard Freeman decía sobre el sindicalismo: que habría un declive del monopolio sindical, rebajándose la mala asignación de recursos que este provoca, aunque esta reducción del sindicalismo puede afectar negativamente a muchos de los efectos positivos, como por ejemplo, menor dispersión de ganancias entre los trabajadores, o mayor productividad inherente al mayor control de costes de empresas donde hay mayor presión sindical.

4.5 Una breve reseña histórica de la sindicación en España.

En la época franquista, la falta de libertad política se dejó sentir en la relación laboral. El intervencionismo impedía derechos de reunión, huelga o libre asociación. Había un único sindicato, Organización Sindical Española, totalmente estatal. Los salarios y demás condiciones eran impuestos por el Ministerio de Trabajo o el férreo control de una desvirtuada negociación colectiva. A partir de los 60, tras el plan de Estabilización, los salarios crecen controladamente, mejoran las cualificaciones y la productividad, fortaleciéndose el mercado interno hacia la sociedad de consumo. La transición política resquebrajó el sistema de relaciones laborales y se entró en una crisis, se vertebraron nuevas libertades políticas y sindicales y se propugnó la mejora del poder adquisitivo. En este clima de incertidumbre y crisis económica y social surge el movimiento sindical hasta configurar los principales sindicatos que hoy conocemos. A su vez surgieron las primeras organizaciones empresariales (CEOE, CEPYME, etc)

4.6 La negociación colectiva.

Es el proceso tendente a conseguir un acuerdo entre trabajadores y empresarios sobre las condiciones en las que va a desarrollarse el trabajo futuro en un centro de trabajo, empresa o grupo de éstas. Tiene como fin último la celebración de un CONVENIO COLECTIVO (reconocido en la Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores). Las representaciones de los trabajadores (los sindicatos) y de los empresarios, cumpliendo ciertos requisitos, regulan gran parte de las condiciones laborales, no contempladas en la ley, a través de esta fórmula. Los convenios colectivos son acuerdos formales, pues deben celebrarse por escrito y siguiendo el procedimiento previsto en el Estatuto, tienen eficacia normativa, siendo de aplicación obligatoria tanto a las partes negociadoras como a todos los trabajadores y empresarios incluidos en su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia. Pueden clasificarse:

1) Por el ámbito geográfico: locales, provinciales, autonómicos, nacionales, obligando a los trabajadores del municipio, provincia, CCAA o Estado español.

2) Por la actividad:

a) De rama o sector de producción, por ejemplo, sector textil.

b) De empresa o centro de trabajo.

c) De categorías profesionales, aplicados a determinados profesionales.

Las UNIDADES DE NEGOCIACIÓN son las partes intervinientes en su elaboración desarrollándose entre representantes de trabajadores y de empresarios, legitimados para celebrarlo. Tienen capacidad para la negociación: el Comité de empresa, los delegados de personal, las secciones sindicales y los sindicatos, el empresario, directamente o a través de representantes o las asociaciones empresariales (en función del tipo de convenio).

En función del tipo de convenio las partes legitimadas son:

1) Convenios de empresa o ámbito inferior: comité de empresa, delegados de personal, o representaciones sindicales, si las hubiere. En convenios que afecten a la totalidad de los trabajadores de la empresa las representaciones sindicales en su conjunto sumarán la mayoría de los miembros del comité. En los restantes convenios, los trabajadores incluidos en su ámbito adoptarán un acuerdo expreso de designación, a efectos de negociación, de las representaciones sindicales con implantación en tal ámbito.

2) Convenios de ámbito superior a la empresa:

a) Los sindicatos más representativos a nivel estatal, y en sus respectivos ámbitos, los entes sindicales afiliados, federados o confederados. Los sindicatos más representativos a nivel de CCAA respecto de los convenios que no trasciendan de dicho ámbito y los entes sindicales afiliados, federados o confederados a los mismos. Los sindicatos que cuenten con un mínimo del 10% de miembros de comités de empresa o delegados de personal en el ámbito geográfico y funcional del convenio.

b) Las asociaciones empresariales que en el ámbito geográfico y funcional del convenio cuenten con el 10 % de empresarios y siempre que éstas den ocupación a igual % de los trabajadores afectados. En los convenios de ámbito estatal, los sindicatos y asociaciones empresariales de CCAA. más representativos en dicho ámbito.

Los CC respetando lo que establezcan las leyes, pueden regular materias económicas, laborales, sindicales y, cuantas otras afecten a las condiciones de empleo y al ámbito de las relaciones de trabajadores y sus organizaciones representativas con el empresario y las asociaciones empresariales. Los convenios regulan:

1) Los rendimientos y los incentivos o primas en la remuneración.

2) La duración de los periodos de prueba y las excedencias.

3) El sistema de clasificación profesional con los respectivos grupos profesionales y categorías.

4) Los ascensos, la estructura del salario, la cuantía de las pagas extraordinarias.

5) La duración de la jornada y su distribución a lo largo del año.

6) La forma de remunerar o compensar las horas extras.

7) El periodo de vacaciones anuales.

8) Las licencias retribuidas.

9) El régimen disciplinario de faltas y sanciones.

10) Derechos sindicales.

11) Cuestiones de seguridad e higiene en el trabajo.

12) Medidas de carácter asistencial, como mejoras voluntarias de seguridad social.

Entradp en vigor el CC, se procede a hacer efectivo el contenido del mismo que será obligatorio para todos los empresarios y trabajadores incluidos en el ámbito.

5 CONCLUSIÓN.

La marcha de la economía está relacionada con el problema del paro. Pero hay otros problemas del mercado de trabajo que es necesario atajar, como es la economía sumergida o los desajustes del MT. La negociación colectiva y el sindicalismo afectan claramente a la economía y al funcionamiento del MT.