Tema 4 – La organización del sistema de orientación educativa y profesional en España en las Administraciones educativa y laboral.

Tema 4 – La organización del sistema de orientación educativa y profesional en España en las Administraciones educativa y laboral.

1.- Introducción.

2.- Análisis Histórico de la orientación en España.

3.- La organización del sistema de orientación educativa y profesional en España.

3.1.- La Orientación en el aula: El tutor y la acción tutorial.

3.2.- La Orientación en los centros.

3.2.1.- Funciones orientadoras de los centros.

3.2.2.- El Departamento de Orientación

3.3.- La Orientación en el Sistema Educativo: Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

4.- La Orientación Profesional desde las administraciones laborales.

5.-Conclusión.

BIBLIOGRAFÍA.

– SOBRADO, L (1993). Intervención psicopedagógica y orientación educativa. Barcelona P.P.U.

– RODRIGUEZ ESPINAR, S. (1993) Teoría y práctica de la orientación educativa. Editorial P.P.U. cap. 3.

– MEC. Orientación y tutoría. Cajas rojas de Secundaria 1992. Ley orgánica 1/1990 de 3 de octubre de ordenación general del sistema educativo.

– MEC. La Orientación educativa y la intervención psicopedagógica. Serie documentos 1990.

– R.D. 83/96 de 26 de Enero, por le que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Secundaria.

– R.D. 82/199 de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y colegios de Educación Primaria.

– Orden de 9-12-92 por la que se regulan la estructura y funciones de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica.

– Instrucciones de la Dirección General de Renovación Pedagógica sobre los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de 21 de Julio de 1993. (Boletín Oficial del Ministerio de Educación y Ciencia).

– García Vidal, J. Valles Arandiga A. Nuñez Gil, J (1995). Formación y Orientación Laboral. Técnicas de búsqueda activa de empleo e iniciativa empresarial. EOS Madrid.

1.- INTRODUCCIÓN.

La LOGSE, en su artículo 60, indica que la tutoría y orientación de los alumnos formará parte de la función docente. Corresponde a los centros educativos la coordinación de estas actividades.

Como desarrollo de este artículo las autoridades educativas propugnan un nuevo modelo de orientación educativa basado en la tutoría y, complementado con los departamentos de orientación y los equipos de orientación educativa y psicopedagógica (E.O.E.P.).

La actuación de los departamentos de orientación y de los equipos de sector han de dirigirse al centro como globalidad y, a través del centro y en coordinación con los tutores, llegar a los alumnos.

Estos especialistas en orientación asesorarán y apoyarán técnicamente a los profesores – tutores en el desarrollo de su función docente y tutorial.

Una vez que el alumno deja el Sistema Educativo y se decide por incorporarse al mundo laboral puede necesitar cierta formación específica mediante cursos o programas diseñados por distintas Administraciones en función de la demanda laboral actual existente en la zona.

2.- ANÁLISIS HISTÓRICO DE LA ORIENTACIÓN EN ESPAÑA.

Anterior a la Ley General de Educación de 1970, existieron intentos de institucionalizar la orientación en nuestro país. Con tal finalidad surge la inspección médico escolar, los institutos de psicotecnia, etc.

La Ley General de Educación de 1970 reconoce claramente el derecho de los alumnos a la orientación escolar, personal y profesional a lo largo del proceso educativo, y sobre todo al término de las distintas etapas o ciclos.

Estas actividad orientadora exigía la creación de unos puestos que sirvieran de apoyo a los tutores para el desarrollo de las funciones que le asignaba esta Ley.

La Orden ministerial de 30-07-77 y como desarrollo de las L.G.E. implanta con carácter experimental el Servicio de Orientación Escolar y Vocacional (SOEV), para alumnos de E.G.B., a los que se le atribuye las siguientes funciones:

A) Dirigir o realizar, en su caso, las tareas de orientación escolar, personal y vocacional de los alumnos, especialmente en los momentos críticos de su escolaridad y madurez psicológica.

B) Asegurar y prestar ayuda al profesora de E.G.B. en su función tutora.

C) Informar a los padres, profesores y alumnos de las posibilidades de estudio y perspectivas profesionales en los ámbitos provinciales y nacionales.

D) Proponer trabajos de investigación sobre los procesos de aprendizaje escolar en las distintas áreas culturales.

E) Cooperar con el Instituto Nacional de Educación Especial en la localización y diagnóstico de los alumnos necesitados de educación especial.

Se puede decir que la creación de los SOEVS ha constituido en la práctica el primer intento serio de institucionalizar la orientación a partir de la L.G.E. 1970.

Además, esta iniciativa del M.E.C., junto con la presión social existente al respecto, ha provocado en la década de los 80 la proliferación de orientadores y equipos psicopedagógicos apoyados y financiados por distintos organismos: municipios, CC.A.A., diputaciones.

La Orden de 9 de Septiembre de 1982 regula la composición y funciones de los Equipos Multiprofesionales dependientes del Instituto Nacional de Educación Especial, a los que asigna las siguientes funciones:

a) Acción preventiva en el medio social, familiar y escolar.

b) La detección precoz de las deficiencias, anomalías o trastornos.

c) La valoración pluridimensional de las necesidades y capacidades del sujeto de educación especial.

d) La elaboración de programas de desarrollo individual en los que se fijen los objetivos, contenidos, metodologías y recursos necesarios para la solución de la problemática específica de cada niño.

e) El seguimiento del progreso de desarrollo individual en estrecha colaboración con el profesorado de los centros educativos.

f) Contribuir a la elaboración del diseño del cuadro de necesidades concretas en el sector con funciones similares a los E.M. pero restringiendo su actuación en los ámbitos más específicos han ido apareciendo los Equipos de Atención Temprana, equipos específicos (sordos, motóricos, ciegos, etc.).

Al analizarse las funciones asignadas a los Servicios de Orientación y Equipos Multiprofesionales, se puede observar que la labor de las S.O.E.V.S., tendía a la orientación general de todos los alumnos a lo largo de la E.G.B. y la finalidad de los E.M. se centraba en la prevención, valoración y tratamiento de alumnos con necesidades educativas especiales.

La anexión por el M.E.C. del Instituto Nacional de Educación Especial, y la experimentación posterior generalización de la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en los centros ordinarios, ha hecho que poco a poco se hayan ido unificando a nivel funcional, y en la práctica, las acciones y competencias de los miembros de Servicios de Orientación y Equipos Multiprofesionales, siendo denominadas conjuntamente como Equipos Interdisciplinares de sector.

En 1987 (O.M. de 4 de Junio) el M.E.C. convoca con carácter experimental los proyectos de Orientación Educativa en los Centros Públicos Docentes de Enseñanzas Medias y en 1988 (O.M.25 de Febrero), Los Proyectos de Apoyo Psicopedagógico y Orientación Educativa en Centros de E.G,B. (conocido como S.A.P.O.E. y posteriormente P.I.P.O.E.).

La coordinación de estos servicios de orientación interna al centro es encomendada a un profesor del claustro, con título e Licenciado en Psicología o Pedagogía de E.G.B. y en Enseñanzas Medias un profesor numerario con destino en el centro, al que sólo se le exigen tres años de docencia y formación específica en temas de orientación escolar y profesional.

A partir de la Ley Orgánica General del Sistema Educativo de 3 de octubre de 1990, ¿Cómo se integra la Orientación educativa y profesional?, ¿Cuáles son los principales agentes? ¿En qué actuaciones se fundamenta?

3.- LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL EN ESPAÑA EN LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

Actualmente, la LOGSE , además de constatar el derecho del alumno a recibir Orientación, determina lo siguiente:

a) Que la orientación educativa y profesional es un factor que favorece la calidad y mejora de la enseñanza (art.55 apartado e).

b) La tutoría y orientación de los alumnos forman parte de la función docente (art.60.1)

c) Las administraciones educativas garantizarán la orientación académica, psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en lo que se refiere a las distintas opciones educativas y a la transición del sistema educativo al mundo laboral (art.60.2)

Así pues, ¿Cómo se organizan estos planteamientos en el sistema educativo?

Según el Libro Blanco para la Reforma del Sistema Educativo la organización de la Orientación ha de distribuirse en tres niveles:

1.- nivel de aula o grupo de alumnos. A través de la función tutorial u orientadora que corresponde a todos los profesores y, en particular, al profesor tutor, cuyas funciones vienen establecidas en el R.D. 83/1996 de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, en su artículo 56.

2.- Nivel de centro. Como institución integrada por el equipo docente y por los recursos materiales a su disposición, institución que conviene dotar con un Departamento de Orientación, cuyas funciones se recogen en el citado Real Decreto, en su artículo 42.

3.- Nivel de Sistema Educativo como tal, concretado en la demarcación de distrito o sector, que ha de contar con un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (E.O.E.P.) y desde donde, en coordinación con otros programas y servicios del sistema, ha de dar respuesta adecuada y completa a las necesidades que en el sector aparecen, colaborando y asesorando, cuando sea necesario, a los dos primeros niveles de organización del sector de la Orientación.

3.1.- La Orientación en el aula: El Tutor y la acción tutorial

La Orientación, en cuanto parte esencial de la Educación, es un derecho del alumno que se desarrolla, principalmente, a través de la función tutorial.

La Reforma considera la acción tutorial como un elemento básico de la actividad docente, éste queda completamente identificada con la función tutorial.

Así lo expresa la LOGSE, concretamente en su artículo 60.1 en el que establece: “La Tutoría y orientación de los alumnos formará parte de la función docente. Corresponde a los centros educativos la coordinación de estas actividades. Cada grupo de alumnos tendrá un profesor – tutor”.

De este artículo se deduce que el sistema tutorial se considera en la pieza clave del proceso escolar y en la base y punto de partida de las actividades docentes y comunitarias. La figura del tutor adquiere una importancia decisiva ya que se convierte en el eje que mueve, coordina y recoge las aportaciones y sugerencias de toda la comunidad escolar.

¿En qué consiste la Tutoría ? ¿Cuáles son las funciones del Tutor?

Siguiendo a Asensi y Lázaro la Tutoría es una actividad inherente a la función del profesor que se realiza individual y colectivamente con los alumnos de un grupo-clase con el fin de facilitar la integración personal de los procesos de aprendizaje. Para conseguir desarrollar adecuadamente la acción tutorial, el tutor debe cumplir con una serie de funciones:

A) Las funciones del tutor en Educación infantil y Primaria según el R.D. 82/1996 de 26 de enero son las siguientes:

1. Llevar a cabo el plan de acción tutorial.

2. Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adaptar la decisión de que proceda a cerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales.

3. Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del alumno.

4. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

5. Orientar y asesorar a los alumnos en sus posibilidades educativas.

6. Colaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica en los términos que establezca la jefatura de estudios.

7. Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.

8. Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierne en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

9. Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y padres de los alumnos.

10. Atender y cuidar de los alumnos en los períodos de recreo y otras actividades no lectivas.

B) Las funciones del tutor en Educación Secundaria según el R.D. 83/1996 de 26 de enero, en su artículo 56.1 son las siguientes:

1. Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del Jefe de Estudios y en colaboración con el Departamento de Orientación.

2. Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.

3. Organizar y presidir las sesiones de evaluación de su grupo.

4. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del instituto.

5. Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.

6. Colaborar con el Departamento de Orientación del Instituto.

7. Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el equipo directivo en los problemas que se planteen.

8. Informar a los padres, profesores y alumnos del grupo de todo aquello que concierna, en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

9. Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de los alumnos.

C) En el caso de los ciclos formativos de F.P. el tutor de cada grupo asumirá, según el mismo Reglamento, en su artículo 56.2 las siguientes funciones:

1. La elaboración del programa formativo del módulo en colaboración con el responsable designado a estos efectos por el centro de trabajo.

2. La evaluación de dicho módulo, que debería tener en consideración la evaluación de los restantes módulos del ciclo formativo y sobre todo, el informe elaborado pro el responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento del programa formativo de este módulo.

3. Relación periódica con el responsable designado para el seguimiento del programa formativo.

4. La atención periódica, en el centro educativo, a los alumnos durante el período de realización de la formación en el centro de trabajo, con objeto de atender a los problemas de aprendizaje y valorar el desarrollo de las actividades correspondientes al programa de formación.

3.2.- La Orientación en los centros.

La responsabilidad de la orientación corresponde a los centros educativos, a los equipos docentes y a sus órganos directivos, no debe derivarse esta responsabilidad únicamente al orientador del centro o equipo de sector.

Es el propio centro quien debe programar y organizar las funciones orientadoras. Para organizar dichas funciones es necesario crear unidades o Departamento de Orientación integrado por profesores y coordinado por un orientador con suficiente cualificación técnica (psicólogo o pedagogo), integrado en la plantilla del centro.

El Departamento de Orientación coordinará, asesorará y apoyará la laborar tutorial y orientadora de los profesores, por tanto la responsabilidad orientadora ha de ser compartida en el centro en distintos niveles:

– El centro como institución, con sus órganos colegiados y sus autoridades directivas.

– El departamento de orientación y el orientador del centro como coordinador y asesor de las actividades de orientación y apoyo.

– Cada uno de los profesores a través del desarrollo de la función tutorial como parte inherente a su función docente.

A continuación nos centraremos en el papel orientador del centro comunidad educativa , y el Departamento de Orientación, siguiendo las directrices del MEC en su documento sobre “Orientación educativa y la intervención psicopedagógica” (1990).

3.2.1.- Funciones orientadoras de los centros.

Con carácter general las funciones orientadoras propias del centro como institución y unidad educativa son:

a) Diseñar el proyecto educativo y curricular, y responsabilizarse de su realización y cumplimiento.

b) Favorecer todos aquellos elementos que contribuyen a personalizar el desarrollo del currículo, adoptándolo a las posibilidades y necesidades concretas de los alumnos.

c) Asegurar que la enseñanza cumpla los objetivos de preparación y de orientación para la vida, en particular par ala vida activa.

d) Garantizar guía y tutoría personalizada de los todos los alumnos y refuerzo psicopedagógico a aquellos que lo necesiten.

e) Promover la formación permanente, curricular, didáctica y metodología y del profesorado.

f) Fomentar la colaboración, participación y coordinación de los distintos integrantes del equipo docente y de la comunidad educativa, favoreciendo también la relación de la escuela de los padres o con el entorno social.

g) Proporcionar información y orientación a cerca de los distintos itinerarios educativos y profesionales.

h) Asegurar la continuidad del proceso educativo y la adaptación a las situaciones nuevas en las transiciones de un ciclo educativo a otro, así como de un centro a otro, de una etapa a otra, y del sistema educativo de la vida activa.

i) Evaluar todos los procesos implicados de las funciones, actuaciones y responsabilidades de la labor orientadora del centro.

El equipo directivo animará, facilitará y generará las condiciones que favorezcan el desarrollo de programas de orientación e intervención psicopedagógica en el centro. Además de la necesaria implicación y coordinación de todo el equipo docente para la realización de estos programas, los centros necesitan de estructuras cualificadas que aseguren el desempeño de determinadas funciones que, debido a su mayor complejidad reclaman la incorporación de técnicas, procedimientos e instrumentos que requieran una concreta especialización, psicológica y pedagógica.

Es por eso necesario que el sistema educativo provea el desarrollo de estructuras de soporte, principalmente en el propio centro escolar o fuera de él,

3.2.2.- El Departamento de Orientación

La complejidad de la acción tutorial y orientadora de los centros crea la necesidad de establecer Departamentos de Orientación y Apoyo Educativo donde se fomente y coordine las funciones de tutoría y de orientación educativa y profesional de los alumnos, la colaboración entre los profesores, para poder proporcionar una respuesta adecuada a la diversidad de los alumnos y una atención educativa para aquellos con n.e.e.

“El Departamento de Orientación es el espacio institucional desde donde se articulan las funciones de orientación y tutoría, así como también las de una oferta curricular adaptada y diversificada. Dichas funciones se han de incardinar dentro de la organización general y del proyecto curricular para darle una operatividad y una funcionalidad propiamente educativas”. (Orientación y tutoría, MEC 1992)

La estructura de estos departamentos depende:

– Del nivel educativo del centro.

– De su tamaño.

– De la magnitud de los problemas educativos que los alumnos puedan plantear.

Es en los centros de secundaria donde el MEC, en su Libro Blanco y en el desarrollo que va haciendo de la LOGSE, prevé la necesidad de implantar departamentos de orientación junto a las necesidades de orientación de todo la etapa educativa, en Secundaria se añade la mayor opcionalidad que presenta el currículo, desde los últimos años de Secundaria Obligatoria.

¿Cuáles son las funciones del Departamento de Orientación? ¿Cuáles son sus componentes? ¿A qué tipo de actuaciones se dirige? ¿Cuáles son las funciones del Profesor de Formación y Orientación Laboral desde el Departamento de Orientación?

A) Funciones del Departamento de Orientación

Siguiendo el R.D. 83/1996 de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria, en su artículo42, son funciones del Departamento de Orientación:

a) Elaborar, de acuerdo con las directrices de la C.C.P. las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica, profesional y el plan de acción tutorial, y elevarlas a la comisión de coordinación pedagógica para su discusión y posterior inclusión en los P.C.E.

b) Coordinar, de acuerdo con lo establecido en los P.C.E. la orientación educativa psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en lo que concierne a los cambios de ciclo o etapa y la elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales.

c) Contribuir al desarrollo del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial, de acuerdo con lo establecido en los P.C.E. y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento a final de curso.

d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con n.e.e. y elevarla a la comisión de coordinación pedagógica, para su discusión y posterior inclusión en los P.C.E.

e) Colaborar con los profesores en la prevención y detección de problemas de aprendizaje, y en la planificación y realización de actividades curriculares dirigidas a los alumnos que presenten dichos problemas.

f) Realizar la evaluación psicopedagógica previa.

g) Asumir la docencia de los grupos de alumnos que le sean encomendados.

h) Participar en la elaboración del consejo orientador que, sobre el futuro académico y profesional del alumno, ha de formularse al término de E.S.O.

i) Asesorar a la C.C.P. en los aspectos psicopedagógicos del proyecto curricular.

j) En los institutos donde se imparta formación profesional específica, coordinar la orientación laboral y profesional con aquellas otras administraciones o instituciones competes en la materia.

Para poder realizar con eficacia todas las anteriores funciones, el Departamento de Orientación ha de estar plenamente integrado dentro del proyecto educativo y de la actividad docente del centro, dependiendo jerárquicamente de la Jefatura de Estudios como el resto de departamentos

B) Componentes.

Según el R.D. 83/96 de 26 de enero, en su artículo 41, el Departamento de Orientación estará compuesto:

a) Profesores del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, entre los que habrá, al menos, un de la especialidad de Psicología y Pedagogía, o que ostente la titularidad de una plaza de la especialidad, así como profesores del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional y, en su caso, maestros.

b) En los institutos en los que se imparta Formación Profesional Específica podrá incorporarse al departamento de Orientación el profesor que realice las tareas de Formación y Orientación Laboral.

c) En institutos incluidos en el programa de integración y para programas específicos se incorporarán al Departamento de Orientación los profesores que determine el Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con las necesidades peculiares de cada instituto.

C) Actuaciones.

Las principales actuaciones del departamento de Orientación de un centro son tres:

– El Plan de Acción Tutorial (P.A.T.): Potenciación y coordinación de las funciones tutoriales y de orientación educativa, personal y profesional de los alumnos.

– Apoyo al proceso de Enseñanza y Aprendizaje: Apoyo a los distintos profesores, equipos educativos, seminarios, etc. en la atención a la diversidad de los alumnos.

– Plan de Orientación Académica y profesional

D) Funciones del Profesor de Formación y Orientación Laboral.

Según la Resolución de 29 de abril de 1996, de la Dirección de General de Centros Escolares, sobre organización de los Departamentos de Orientación en Institutos de Educación Secundaria, son funciones del Profesor de F.O.L. las siguientes:

a) Colaborar con los tutores y con el profesor de Psicología y Pedagogía en la realización de las actividades de información y orientación profesional dirigidas a los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y en la elaboración del Consejo Orientador al término de la Educación Secundaria Obligatoria y de los programas de Garantía Social.

b) Coordinar y realizar, en su caso, las actividades de orientación profesional dirigidas a los alumnos de los ciclos formativos de Formación Profesional y de los Programas de Garantía Social, y apoyar a los tutores en la realización de aquellos que les corresponda, especialmente en las relacionadas con el seguimiento de los módulos de formación en los centros de trabajo.

3.3.- La Orientación en el Sistema Educativo: Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

Los E.O.E.P. han quedado regulados mediante la Orden de 9 de Diciembre de 1992 y la posterior Instrucción de la Dirección General de Renovación Pedagógica.

Conforman conjuntamente con los Centros de Profesores de Recursos una red de apoyo externo integrada en las unidades de Programas Educativas de las Direcciones Provinciales, contribuyendo así a la mejora del desarrollo de las funciones de orientación, mediante el apoyo a los centros y a la colaboración que realizan con el profesorado en tareas de atención a la diversidad.

Los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de carácter interdisciplinar, prestarán un asesoramiento y apoyo al sistema escolar en sus diferentes niveles.

Corresponde a la Dirección General de Renovación Pedagógica, la creación de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica. Las dirección Provinciales procederán a organizar en sectores la respectiva provincia, atribuyendo cada sector geográfico y sus centros escolares a un E.O.E.P..

Dicha organización en sectores se realizarán atendiendo a criterios de carácter:

a) Demográfico o magnitud de la población escolar atendida.

b) Geográfico o de distancia y comunicación dentro de un sector dado.

c) Pedagógico, según las necesidades educativas sociales concretas de la zona y de los centros educativos en ella.

d) De coordinación con los centros de Profesores y con la organización territorial de la inspección educativa.

En coordinación con los E.O.E.P. de carácter general existen Equipos Especializados, con demarcación geográfica distinta, para la orientación y atención educativa temprana y para la orientación y atención de los alumnos minusválidos.

Los EOEP estarán constituidos por Psicólogos, Pedagogos, trabajadores sociales y cuando el cumplimiento de sus funciones así lo requiera, Maestros especialistas en audición y lenguaje.

Estos dependerán de la respectiva Provinciales a través de la Unidad de Programas Educativos. Las dirección Provinciales establecerán al inicio de cada año escolar las líneas preferentes de actuación de los Equipos de su provincia.

Son funciones generales de los equipos en relación con el sector de su responsabilidad:

a) Colaborar con la Inspección Técnica de Educación con los centros de Profesores y con otras instituciones formativas en el apoyo y asesoramiento de los profesores.

b) Elaborar, adaptar y difundir materiales e instrumentos de orientación educativa e intervención psicopedagógica.

c) Facilitar el acceso de los alumnos de E.I. así como el paso a la E.P. y a la E.S.O.

d) Contribuir a la coordinación de los proyectos curriculares entre los centros de E.P. y E.S. en un mismo sector.

e) Impulsar la colaboración e intercambio de experiencias entre los centros del sector.

f) Atender a las demandas de evaluación psicopedagógica de los alumnos que la necesiten y proponer la modalidad de escolarización más conveniente para ellos.

g) Colaborar con el desarrollo de programas formativas de padres de alumnos.

7.- ORIENTACIÓN PROFESIONAL DESDE LAS ADMINISTRACIONES LABORALES.

Al termino de la etapa educativa se plantea la posibilidad de seguir estudiando o incorporarse al trabajo, como es el caso del término de Formación profesional. Concretamente al término de los estudios de Formación Profesional se plantea la elección de dos posibilidades:

a) Seguir un itinerario formativo estudiando (Universidad, Módulos Profesionales).

b) Seguir un itinerario profesionalizador incorporándose al mundo del trabajo en su caso, algún curso complementario en el proceso de búsqueda de empleo.

Ante la decisión de incorporarse al mundo del trabajo debe tomarse consciencia de que la búsqueda de empleo puede resultar un proceso laborioso y se necesita la realización de algunos cursos de formación para complementar, desarrollar o adquirir nuevos conocimientos además de la titulación que ya se posee. Para ello es aconsejable disponer de información sobre los organismos y cursos de Formación Profesional y Ocupacional existentes en el entorno.

Algunos de estos cursos de Formación Profesional y Ocupacional son los que ha continuación se detallaran.

Las consejerías de trabajo de las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social desarrollan programas dirigidos a la inserción de jóvenes en el trabajo, integración social, promoción y desarrollo económico de pequeñas y medianas empresas, formación a distancia etc.

Algunos de estos programas son (Pérez Sánchez, 1994):

– Programas de integración social para colectivos con dificultades subjetivas de integración socio – laboral.

Como objetivos tienen el incidir en la mejora de las oportunidades de colocación de colectivos con dificultades de inserción social – laboral.

Entre estos programas tenemos:

· Creación y mantenimiento de Talleres de Integración Socio – laboral.

· Creación y mantenimiento de Centros de I.S.

Los destinatarios serán aquellos colectivos con especiales dificultades para su inserción o reinserción socio – laboral; minusválidos, minorías étnicas, marginados, emigrantes, reclusos, etc.,. y para proceder a estos programas es estipulan como requisitos el ser desempleado inscrito en las oficinas del INEM y estar adscritos a un programa específico e Servicios Sociales.

– Programas de Inserción al Trabajo.

Como objetivos tiene:

· Capacitación profesional de quieres parezcan de los niveles de cualificación adecuados.

· Reciclaje / reconversión profesional. Perfeccionamiento profesional a través de acciones transacionales.

· Promoción del auto empleo y creación de nuevas empresas.

Entre estos programas tenemos:

· Programas de Formación Ocupacional.

· Programas de Formación y Desarrollo empresarial.

· Incorporación de Nuevas Tecnologías.

· Acciones para la especialización profesional.

Estos programas están financiados por las consejerías o por el Fondo Social Europeo son:

· Perceptores de subsidio de desempleo

· Desempleados mayores de 25 años.

· Menores de 25 años que finalizaron su contrato de trabajo de 6 meses.

· Jóvenes parados con cargas familiares

· Colectivos en situación de riesgo (reclusos).

· Jóvenes en Servicio Militar o P.S. Sustitutoria

· Postgraduados jóvenes de cualquier facultad, escuela o instituto de F.P. en paro.

– Programas de Promoción y desarrollo Económico para pequeñas y medianas empresas.

Como objetivos tienen:

· Promover la formación de pequeñas y medianas empresas.

· Reciclar a trabajadores de estas empresas.

De estos programas destacan:

· Programas de F.P. en Técnico de Gestión de Empresas.

· Programas de F.P: en Técnico de Producción.

Sus destinatarios son:

· Gestores.

· Mandos intermedios y obreros cualificados de esas empresa.

– Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: Escuelas taller y Casas de oficios del INEM (instituto Nacional de Empleo) O.M. de 29 de Marzo 1988.

Son programas públicos de empleo para cualificar preferentemente a jóvenes parados menores de 25 años, en especialidades relacionados con la rehabilitación de entornos urbanos, recuperación del patrimonio artístico, natural o urbano o del medio ambiente y la mejora de las condiciones de vida de las ciudades y pueblos.

Los proyectos de Escuelas Taller y casas de oficios deben ser promovidas por órganos de la Administración del Estado, corporaciones locales, comunidades autónomas y otros organismos e instituciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro.

El INEM ofrece a los trabajadores – alumnos al finalizar cada curso orientación, asesoramiento, información profesional, empresarial y asistencia técnica. La duración de las escuelas varía entre uno y tres años.

Al finalizar los cursos, el INEM, expide un certificado de Profesionalidad y justificantes de asistencia.

Otros proyectos, programas o cursos son promovidos por las Consejería de Educación de las Comunidades Autónomas tales como: -I Proyecto de acción Profesional.

Para Centros Educativos que desarrollan acciones profesionales para preparar y facilitar la inserción profesional de sus alumnos a través de la orientación laboral y la vinculación con empresas del entorno.

– II Práctica formativas en centros de trabajo.

Se conceden ayudas a alumnos de F.P. que realizan prácticas en centros de trabajo. subvenciones para las empresas que acogen a los alumnos en prácticas.

Las consejerías de Agricultura, Pesca y Alimentación promueven cursos de formación a través de sus Escuelas de Capacitación Agraria.

Las consejerías de Industria, Comercio y turismo desarrollan programas para mejorar la calidad turística a través de la organización de cursos de Animación turística, restauración Maitre de Hotel entre otros.

Otras instituciones o entidades que promueven Cursos de Formación Profesional y Ocupacional son:

– Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación.

– Ministerio de Defensa (Profesiones Militares).

– Centros Privados: club de marketing, colegios internacionales, fundaciones…

CONCLUSIÓN

Como resumen de todo el tema sintetizamos las tendencias actuales de la orientación escolar y profesional tanto en España como en países afines:

– La orientación y sus servicios no ha de ser algo puntual o periférico a marco escolar han de estar integradas en el proyecto de proceso educativo implicándose en las funciones orientadoras todos los agentes educativos: centros, profesores, familia, comunidad y propios alumnos.

– Deben existir servicios externos a los centros con fines de asesoramiento, investigación, formación y soporte técnico a los equipo de orientación internos.

– La orientación ha de concebirse como un proceso continuo a lo largo de las distintas etapas educativas de alumno, en su transición a la vida activa, y en general a lo largo de su vida.

– El alumno como sujeto y centro de atención, debe ser considerado como agente activo de su propio proceso de orientación potenciando la auto reflexión, auto evaluación, y auto relación.

– Los profesionales de la orientación no han de centrarse en un modelo psicologista y terapéutico de alumnos individuales.

– Han de salir de los despachos y trabajar con programas integrados en los proyectos educativos de los centros.

En nuestro país además se organiza a tres niveles; a nivel de aula, la figura del tutor, a nivel de centro el Departamento de Orientación en Institutos de Educación Secundaria y a nivel de Sector los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

Por último desde fuera del Sistema Educativo, las consejerías de trabajo de las distintas Comunidades Autónomas y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social desarrollan programas cuyo objetivo es facilitar la inserción laboral.