Tema 42 – Ámbitos profesionales de la integración social. Ocupaciones, funciones, valores, capacidades y actitudes. Equipos interdisciplinares. Normas de higiene y seguridad. Procedimientos de aplicación.

Tema 42 – Ámbitos profesionales de la integración social. Ocupaciones, funciones, valores, capacidades y actitudes. Equipos interdisciplinares. Normas de higiene y seguridad. Procedimientos de aplicación.

INTRODUCCIÓN

La integración es una realidad compleja que hay que definir en cada momento y situación. Podemos entender por integración una capacidad para superar una situación vital de dependencia socioeconómica, desarrollo de un poder adquisitivo propio, saber actuar por sí mismo y llegar a desarrollar una función social de la cual se beneficia el propio sujeto o grupo marginado y la comunidad en la que está inmerso.

Intervención Social es una acción programada y justificada desde un marco legal y teórico, que se realiza sobre un colectivo o individuo, trabajando los perfiles psicoevolutivos y los sectores sociales con un doble fin: mejorar su situación generando un cambio social, eliminando situaciones que generen desigualdad.

La intervención en integración abarca muchos sectores y muchos ámbitos profesionales. Las ocupaciones que se generan son múltiples y complejas de definir.

La forma más adecuada de llevar a cabo la intervención es a través de equipos interprofesionales, grupos de personas con distintas especialidades, conocimientos y experiencias que trabajen para lograr la plena integración de las personas y grupos.

  1. ÁMBITOS PROFESIONALES DE LA INTEGRACIÓN SOCIAL.

Como ya he señalado en la introducción dada la complejidad del campo de la integración social, de la gran cantidad de sectores y problemáticas con las que hay que trabajar los profesionales implicados son muy variados.

Según el sector de intervención: ancianos, menores, mujeres, discapacitados físicos, discapacitados psíquicos, discapacitados sensoriales, marginación, etc.

Según el tipo de programas y proyectos: ayuda a domicilio, educación familiar, entrenamiento de habilidades de autonomía personal y social, inserción laboral, etc.

La integración social requiere una intervención socioasistencial y socioeconómica para conseguir una verdadera integración en la sociedad de las personas con que trabajamos

Intervención socioasistencial: este tipo de intervención se destina, fundamentalmente, a aquellas personas que por motivos de edad, sexo, origen étnico, enfermedad, discapacidad o pobreza no tienen los recursos personales ni materiales necesarios para su propia atención y desarrollo personal ni para su integración armónica y en condiciones de igualdad en el entorno social. Dicha intervención puede ir destinada a unidades de convivencia o a individuos particulares, bien a través de medios cerrados (instituciones, residencias,…), bien a través de medios abiertos (residencias asistidas, centros de día,..). Dicha intervención puede utilizar tres métodos diferentes, que, en ocasiones y para determinados casos, pueden ser complementarios.

La intervención preventiva tiene por objeto evitar que aquellas personas o grupos que se encuentran en situación de riesgo social caigan en situaciones de deterioro personal o marginación social. La intervención compensatoria pretende facilitar los recursos personales, sociales, económicos y culturales necesarios para que cualquier persona pueda vivir en situación de igualdad y de respeto por sus derechos individuales en el entorno social en que se inserta su actividad cotidiana. También se incluyen aquí aquellos servicios que se prestan relacionados con el apoyo a la comunicación, como lo relativo a la interpretación de la lengua de signos española o de las Comunidades Autónomas y la guía interpretación para personas sordociegas. Por último, la intervención de ayuda y apoyo personal se centra en la prestación de aquellos servicios que faciliten la movilidad, el cuidado personal y doméstico y el acompañamiento de aquellas personas que por motivos de enfermedad, edad o discapacidad no pueden atender sus necesidades básicas o se encuentran en situación de soledad.

Intervención socioeconómica: esta estrategia de intervención pretende el desarrollo de las condiciones sociales y económicas necesarias para que las personas sean capaces de desarrollar habilidades ocupacionales y encontrar empleo. En el ámbito comunitario pretende favorecer las condiciones que permitan la creación de instituciones, empresas o actividades económicas que favorezcan el desarrollo de una comunidad, bien porque se encuentra deprimida económicamente, bien porque se encuentra castigada su población por el desempleo y la pobreza. Las formas de intervenir son la promoción ocupacional y el desarrollo local. Destacamos la actividad de Atención a la Infancia porque, a pesar de que muchas de sus actividades se encuentran incluidas en las intervenciones anteriores, comparte objetivos, estrategias y recursos con el sector de la docencia en el tramo denominado Educación Infantil, dirigida a niños y niñas de 0 a 6 años, y dividida en dos ciclos (el Primero cubre hasta los 3 años, el Segundo hasta los 6).

Área Profesional de Integración Social: están presentes en esta área todas las profesiones que tratan a personas en situación de desvalimiento, riesgo o marginación social, orientadas a la rehabilitación personal, social, cultural y económica, desde intervenciones preventivas, compensatorias y de ayuda y apoyo personal. Asumen estas competencias el TÉCNICO SUPERIOR EN INTERPRETACIÓN DE LA LENGUA DE SIGNOS y el TÉCNICO SUPERIOR EN INTEGRACIÓN SOCIAL y el TÉCNICO DE GRADO MEDIO DE ATENCIÓN SOCIOSANITARIA

De la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, deriva la nueva formación profesional. En el intento de adecuar la formación profesional a las necesidades reales de trabajo surge la familia de Servicios Socioculturales y a la Comunidad y dentro de esta familia la ocupación de Técnico Superior en Integración Social y también Técnico de Atención Sociosanitaria.

Las actividades que se incluyen en el sector de Servicios a la Comunidad abarcan un amplio espectro cuya importancia reside en ofrecer unos servicios y la atención de necesidades básicas en una comunidad.

En la misma línea sigue la LEY ORGÁNICA 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

En el actual panorama de globalización de los mercados y de continuo avance de la sociedad de la información, las estrategias coordinadas para el empleo que postula la Unión Europea se orientan con especial énfasis hacia la obtención de una población activa cualificada y apta para la movilidad y libre circulación, cuya importancia se resalta expresamente en el Tratado de la Unión Europea.

La LOE, la actual ley de educación sigue en esta línea, se están publicando los nuevos ciclos adaptados a las Cualificaciones profesionales que se establecen corresponden a la Familia Profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad son las que a continuación se relacionan, ordenadas por niveles de cualificación:

– Atención sociosanitaria a personas en instituciones sociales. Nivel 2. Anexo CCCXX.

– Dinamización comunitaria. Nivel 3. Anexo CCCXXI.

– Educación infantil. Nivel 3. Anexo CCCXXII.

– Inserción laboral de personas con discapacidad. Nivel 3. Anexo CCCXXIII.

– Mediación comunitaria. Nivel 3. Anexo CCCXXIV.

El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada uno de ellos.

En este tema nos centramos en la profesión de Técnico Superior en Integración Social, Técnico Superior en Interpretación del Lenguaje de Signos y el Técnico en Atención Sociosanitaria.

  1. OCUPACIONES, FUNCIONES, VALORES, CAPACIDADES Y ACTITUDES.

El Título de Técnico Superior de Integración Social se establece por medio del Real Decreto 2061/1995 de 22 de Diciembre.

R.D. 2060/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Interpretación de la Lengua de Signos y las correspondientes enseñanzas mínimas.

El Título de Técnico en Atención Sociosanitaria se establece por el Real Decreto 496/2003 de 2 de mayo por el que se establece el título de Atención Sociosanitaria y las correspondientes enseñanzas mínimas.

Ocupaciones

Del TISOC

  • Técnico de programas de ayuda a domicilio.
  • Técnico de programas de prevención e inserción social.
  • Técnico en inserción ocupacional.
  • Educador de equipamientos residenciales de diverso tipo.
  • Educador de discapacitados (físicos, psíquicos y sensoriales).
  • Trabajador familiar.
  • Técnico de movilidad básica.

Del TASS

Puede desempeñar sus funciones y tareas en diferentes puestos de trabajos, desde residencias geriátricas, residencias para discapacitados psíquicos, físicos o sensoriales, centros de día para mayores, centros de ocio y tiempo libre, centros de inserción ocupacional de discapacitados, servicios de ayuda domiciliaria y atención particular en domicilios e incluso crear su propia cooperativa de ayuda a domicilio.

Puede prestar servicios personalizados de atención, a partir del diagnóstico previo de los/as necesitados/as y ofertar  planes individualizados de atención, actuando desde distintos niveles: preventivo, asistencial, rehabilitador y educativo  a personas necesitadas y familias, fomentando su autonomía y calidad de vida en el medio en el que se desarrollan normalmente,  permitiendo  la relación del usuario  con su entorno y favoreciendo  en última instancia su  integración ,al  potenciar  las  capacidades que la persona posee,  ofreciendo  una respuesta concreta a las necesidades y déficits que la persona presenta.

Funciones

Del TISOC

  • Programar y organizar proyectos de intervención en los ámbitos de la autonomía personal, social y ocupacional.
  • Organizar y supervisar servicios de apoyo a unidades de convivencia.
  • Supervisar, a su nivel, espacios de intervención.
  • Preparar y dirigir las actividades educativas destinadas a la incorporación o recuperación de hábitos de autonomía personal, social u ocupacional.
  • Evaluar los proyectos y actividades emprendidas.
  • Deducir actuaciones para casos imprevistos en el desarrollo de la intervención.
  • Elaborar informes de resultados y evolución de los proyectos, aportando soluciones a las desviaciones detectadas, así como cualquier otra información técnica que le sea requerida por sus superiores o equipos adscritos a la intervención.

Del TSILS

  • Interpretar de la Lengua de Signos Española y/o de la Lengua de Signos de la Comunidad Autónoma correspondiente al castellano oral y a la lengua oral de dicha Comunidad Autónoma y viceversa.
  • Interpretar del S.S.I. al castellano oral y a la lengua oral de la Comunidad Autónoma correspondiente y viceversa, mensajes referidos a la temática de las personas sordas y sordociegas.
  • Interpretar entre dos sistemas de comunicación empleados por las personas sordociegas, así como de éstos al castellano oral, a la Lengua de Signos Española, al S.S.I. y a la lengua oral y/o de signos de la Comunidad Autónoma correspondiente y viceversa, realizando las actividades propias de la labor de guía.

Del TASS

Sus funciones son de intervención, de carácter social, doméstico y sanitario basado en la participación, normalización e integración, frente actuaciones paternalistas y evitando la exclusión social y el rechazo de los/as dependientes, donde la capacitación y la profesionalización para hacer frente a estas situaciones,  se  han convertido  en los ejes primordiales de actuación de la relación de ayuda.

Valores

    • Principios no discriminatorios.
    • Atención a la diversidad.
    • Multiculturalidad e interculturalidad.

Capacidades

Del TISOC

– Programar y organizar proyectos de intervención en los ámbitos de la autonomía personal, social y ocupacional.

– Organizar y supervisar servicios de apoyo a unidades de convivencia.

– Supervisar, a su nivel, espacios de intervención.

– Preparar y dirigir las actividades educativas destinadas a la incorporación o recuperación de hábitos de autonomía personal, social u ocupacional.

– Evaluar los proyectos y actividades emprendidas.

– Deducir actuaciones para casos imprevistos en el desarrollo de la intervención.

– Elaborar informes de resultados y evolución de los proyectos, aportando soluciones a las desviaciones detectadas, así como cualquier otra información técnica que le sea requerida por sus superiores o equipos adscritos a la intervención.

Del TSILS

  • Interpretar de la Lengua de Signos Española y/o de la Lengua de Signos de la Comunidad Autónoma correspondiente
  • Interpretar del Sistema de Signos Internacional al castellano oral y a la lengua oral de la Comunidad Autónoma
  • Realizar las actividades propias de la labor de guía para personas sordociegas.
  • Utilizar los recursos adecuados para obtener la información necesaria para el desarrollo del servicio.
  • Preparar los materiales y los elementos oportunos para el desarrollo de su trabajo, comprobando la adecuación de los espacios y de los medios técnicos dispuestos para la actividad.
  • Poseer una visión global de los ámbitos en que puede insertarse su actividad profesional, que le permita adaptarse a distintas situaciones de trabajo presentes o futuras y a los cambios económicos u organizativos que se produzcan, implicándose en la prestación de un servicio fiable y de calidad de cara a los usuarios y aplicando en todo momento el código deontológico profesional.
  • Mantener relaciones fluidas con los miembros del grupo funcional en que está integrado, responsabilizándose de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, colaborando en tareas colectivas y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud tolerante hacia las ideas de los compañeros.
  • Resolver problemas y tomar decisiones sobre su propia actuación o la de otros, identificando los procedimientos adecuados, dentro del ámbito de su competencia.

Actitudes

û Decisión.

û Organización.

û Método.

û Amabilidad.

û Empatía.

û Iniciativa.

û Responsabilidad

û Atención a la diversidad cultural y social.

  1. EQUIPOS INTERDISCIPLINARES.

El equipo interdisciplinar es el formado por profesionales de distintas disciplinas, en el que existe un espacio formal para compartir la información, las decisiones se toman a partir de la misma y se tienen objetivos comunes.

La interdisciplinaridad favorece la especialización y la actuación de las intervenciones; pero una especialización planteada de forma integradora y desde la coordinación de los diferentes recursos, tanto personales como técnicos; que abarca, a su vez, las diferentes áreas del desarrollo personal y comunitario (salud, relaciones sociales, ámbitos educativos, culturales, de ocio, participación sociocomunitaria, etc.).

Por la propia complejidad que presenta la realidad tanto personal como colectiva, se hace necesaria la interrelación de lo especializado-técnico con la globalización e integración de todas las partes que constituyen el sistema de la intervención. De ahí la necesidad de conectar los apoyos técnicos (terapeutas, educadores, gestores culturales, médicos, servicios sociales…) y los apoyos naturales (unidades convivenciales, espacios de relación y encuentro, espacios de acogida, de información, acompañamientos sociales, centros para actividades de ocio, etc.).

Este modo de concebir la intervención de forma interdisciplinar y globalizadora, con unas metodologías participativas, basadas en la investigación-acción. Para ello es necesario que los métodos y las técnicas que se utilicen partan de las necesidades reales de los individuos, de los análisis de la realidad de la forma más científica posible y con el mayor ajuste tecnológico entre la racionalidad y el control y la flexibilidad de las acciones.

El técnico de servicios a la comunidad forma parte de los equipos de atención temprana, equipos psicopedagógicos, equipos de orientación de los IES

  1. NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, ha venido a dar un nuevo enfoque, ya anunciado en su preámbulo, a la prevención de los riesgos laborales, que en la nueva concepción legal no se limita a un conjunto de deberes de obligado cumplimiento empresarial o a la subsanación de situaciones de riesgo ya manifestadas, sino que se integra en el conjunto de actividades y decisiones de la empresa, de las que forma parte desde el comienzo mismo del proyecto empresarial.

Según la constitución conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo y encuentra en la presente Ley su pilar fundamental. En la misma se configura el marco general en el que habrán de desarrollarse las distintas acciones preventivas, en coherencia con las decisiones de la Unión Europea que ha expresado su ambición de mejorar progresivamente las condiciones de trabajo y de conseguir este objetivo de progreso con una armonización paulatina de esas condiciones en los diferentes países europeos.

La directiva europea más significativa es 89/391/CEE, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, que contiene el marco jurídico general en el que opera la política de prevención comunitaria.

1. Se entenderá por prevención el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

2. Se entenderá como riesgo laboral la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.

3. Se considerarán como daños derivados del trabajo las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. Para ello establecerá la cooperación necesaria con los órganos de las Comunidades Autónomas con competencias en esta materia.

  1. CONCLUSIÓN

Este tema se relaciona con el ciclo de grado superior de Integración Social, es un tema bastante general que proporciona un marco teórico dentro de la Intervención, habla de las ocupaciones relacionadas con la Integración.

He tratado de caracterizar un poco las ocupaciones que nos interesan dentro de la familia de Servicios Socioculturales y a la Comunidad:

– Técnico Superior en Integración Social

– Técnico Superior en Interpretación del Lenguaje de Signos

– Técnico en Atención Sociosanitaria

BIBLIOGRAFÍA

El RD 2061/1995 de 22 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Integración Social

El RD 1267/1995 de 24 de julio, por el se establece el currículo del título de Técnico Superior en Integración Social

R.D. 2060/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Interpretación de la Lengua de Signos y las correspondientes enseñanzas mínimas.

RD 496/2003 de 2 de mayo por el que se establece el título de Atención Sociosanitaria y las correspondientes enseñanzas mínimas

RD 938/2003 por el que se establece el currículo del ciclo de grado medio de Atención Sociosanitaria

Sánchez Vidal (1991) Psicología Comunitaria. Bases conceptuales y operativas: Métodos de intervención 2da edición PPU Barcelona

Metodología de la intervención social. Isabel Gutiérrez