Tema 3 – La tutoría en la educación primaria. Apoyo y orientación en el proceso de aprendizaje. Colaboración con las familias. Funciones del tutor en relación con el equipo docente y otros profesionales. El plan de acción tutorial. Propuestas de acción tutorial

Tema 3 – La tutoría en la educación primaria. Apoyo y orientación en el proceso de aprendizaje. Colaboración con las familias. Funciones del tutor en relación con el equipo docente y otros profesionales. El plan de acción tutorial. Propuestas de acción tutorial

A. DESARROLLO.

1. INTRODUCCIÓN.

2. LA TUTORÍA EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA.

2.1. Concepto de tutor/a.

2.2. La acción tutorial.

3. APOYO Y ORIENTACIÓN EN EL PROCESO DE APRENDIZAJE..

4. COLABORACIÓN CON LAS FAMILIAS.

4.1 Funciones del tutor/a en relación a las familias.

4.2 Relación Familia-Centro Educativo.

5. FUNCIONES DEL TUTOR EN RELACIÓN CON EL EQUIPO DOCENTE Y OTROS PROFESIONALES.

6. EL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL. PROPUESTAS DE ACCIÓN TUTORIAL.

6.1 Propuestas de orientación y acción tutorial.

7. COMENTARIOS FINALES.

B. RECURSOS.

8. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.

9. REFERENCIAS WEB.

A. DESARROLLO.

1. INTRODUCCIÓN.

La educación es uno de los factores que más influye en el avance y progreso de personas y sociedades. Además de proveer conocimientos, la educación enriquece la cultura, el espíritu, los valores y todo aquello que nos caracteriza como seres humanos.

En las economías modernas el conocimiento se ha convertido en uno de los factores más importantes de la producción. Las sociedades que más han avanzado en lo económico y en lo social son las que han logrado cimentar su progreso en el conocimiento, tanto el que se transmite con la escolarización, como el que se genera a través de la investigación.

Tradicionalmente la visión que se tenía del tutor era la de una persona encargada de un grupo de alumnos/as. A principios de siglo, aparece la orientación educativa, y en 1970, surge con la Ley General de Educación, la acción tutorial. Hoy en día no se conciben ambos conceptos por separados, pues según se establece en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), no se comprende una correcta acción tutorial sin una orientación educativa, siendo ambas una de las funciones principales del profesorado.

Según Moreno Ortiz, A., & Sola Martínez, T. (2005), “Mediante la acción tutorial proyectamos un modelo de enseñanza en el que el profesor, en el acto didáctico, no solamente atiene a los contenidos estrictamente académicos, sino que complementa su actuación docente con las funciones de guía, ayuda, orientación y asesoramiento”.

A lo largo del tema, desarrollaremos punto por punto los distintos aspectos relacionados con la acción tutorial, las funciones de un tutor, su implicación con las familias, así como justificándolo y vinculando con la legislación vigente, estableciendo vínculos curriculares con el mismo.

2. LA TUTORÍA EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA.

En un planteamiento educativo integral y personalizado, la función tutorial forma parte de la función docente y, en cierto modo, se identifica con ella. En el enfoque del currículo la función tutorial no es sólo un elemento inherente a la función educativa, sino parte esencial del desarrollo curricular.

La Ley Orgánica 2/2006 del 3 de mayo, de Educación (LOE), al establecer las funciones del profesorado en el artículo 91 expone que:

“c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.”

2.1. Concepto de tutor/a.

Siguiendo las aportaciones de diversos autores podemos observar la evolución del concepto de profesor/a tutor/a para:

– García (2009) El tutor es un profesor que realiza su función tutorial compartida casi equitativamente con su función instructiva.

Según el Decreto______, en su artículo 19, establece como uno de los principios de la tutoría, que en la educación primaria, tanto la tutoría personal del alumnado como la orientación educativa y psicopedagógica constituirán un elemento fundamental en la ordenación de la etapa.

En definitiva podemos decir que el/la tutor/a es una pieza clave que mueve, coordina y recoge las aportaciones y sugerencias de la comunidad educativa, consecuentemente la acción tutorial ha de ser inherente a la labor docente. La forma en que se realice todas estas acciones va a depender de múltiples factores.

2.2. La acción tutorial.

La acción tutorial o tutoría es un pilar fundamental del sistema educativo, es donde el tutor/a pasa de ser un maestro/a enseñante a ser también un maestro EDUCADOR.

La acción tutorial del profesor en su aula tiene como finalidad atender a los aspectos del desarrollo, maduración, orientación y aprendizaje de los alumnos, tanto considerados individualmente como en grupo.

EL Decreto______, en su artículo 20, establece que la acción tutorial es una tarea colegiada ejercida por el equipo docente de un grupo de alumnos y alumnas, donde cada grupo tendrá un maestro o maestra, tutor o tutora que coordinará las enseñanzas y la acción tutorial del equipo docente correspondiente.

Desde un punto de vista pedagógico, Álvarez y Bisquerra (1999) entienden que “la tutoría es al acción orientadora llevada a cabo por el tutor y por el resto de profesores, constituyendo la pieza clave para aglutinar lo instructivo y lo educativo potenciando la formación integral del sujeto. De esta forma tutoría y educación se identifican y el papel del profesor/a es de guía para que el alumno/a aprenda por sí mismo”.

La acción tutorial se entiende hoy como uno de los pilares fundamentales de la estructura del sistema educativo y así se recoge en la normativa legal:

– LOE-LOMCE:

– En su artículo 1. f), relativo a los principios de la educación, la orientación educativa y profesional de los estudiantes como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

– En su artículo 2. Cita que los poderes públicos prestarán atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la enseñanza entre otros, a la orientación educativa y profesional.

– LEA:

– Artículo 5: en su título preliminar, establece entre los objetivos de esta ley el ñ) potenciar la orientación educativa como medio para el desarrollo personal y como garantía de una respuesta educativa ajustada a las necesidades del alumnado.

– En el decreto 328/2010, de 13 de Julio, en el capítulo VI, en referencia a la tutoría dispone, entre otros factores, los que se detallan a continuación:

– En el Artículo 79.1: “Los equipos docentes estarán constituidos por todos los maestros/as que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos/as. Serán coordinados por el correspondiente tutor/a.

– En el Artículo 89.3: “Los tutores/as ejercerán la orientación y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias”.

Dicha formación debe contemplar los siguientes aspectos dentro de la propuesta curricular del Sistema Educativo:

Conocimiento del alumno/a: un acercamiento en profundidad al sujeto con el cual va a desarrollar su actividad profesional, en distintas dimensiones: crecimiento físico, desarrollo cognitivo, afectivo y social.

Conocimiento pedagógico. Abarcaría aquellos conocimientos, técnicas y destrezas que permitan la toma de decisiones didácticas adecuadas para cada momento y circunstancias.

Conocimientos sociológicos. Aquellos que facilitan una adecuada integración del centro en el contexto sociocultural.

Trabajo en equipo. Al ser partícipe de la vida de un grupo y del trabajo en equipo se hace necesaria una formación en dinámicas de grupos, análisis y tratamiento d conflictos grupales, el equipo de educadores…

No obviaremos que estaremos ante un “docente competente”, siguiendo la idea de Comellas (2002), puesto que con ellos estaremos aplicando los “saberes específicos, es decir, no sólo aplica el saber que ha aprendido sino que actúa analizando el contexto y las posibles actuaciones y valorando la oportunidad de sus decisiones, al a vez que se implicará personal y profesionalmente en su actuación.

Esta autora (Comellas, 2002), plantea esta misma idea agrupando en dos bloques aquellas competencias que debe tener un buen docente:

COMPETENCIAS INHERENTES A LA PERSONA

– Comunicativas

– Emocionales

– Relacionales

– Cognitivas

COMPETENCIAS ESPECÍFICAMENTE PROFESIONALES

– Visión amplia del hecho educativo.

– Análisis de la realidad.

– Relación y comprensión de diferentes especialidades.

– Comprensión del contexto.

Figura 1. Competencias de los docentes (modificado por Comellas, 2002).

3. APOYO Y ORIENTACIÓN EN EL PROCESO DE APRENDIZAJE.

En el apartado anterior hacíamos referencia al concepto de tutoría y en este se hace referencia al de orientación pero debemos tener claro que orientación y tutoría son dos conceptos tan interrelacionados que en muchos aspectos se confunden.

En el Decreto 328/2010, de 13 de julio (Junta de Andalucía, 2010a) quedan recogidas las funciones del tutor/a (Artículo 90) entre las que destacamos e este apartado aquellas relacionadas con el apoyo y orientación en el proceso de aprendizaje del alumnado:

b) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y en la toma de decisiones personales y académicas.

i) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas áreas que conforman el currículo.

j) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje así como a sus padres, madres o representantes legales.

m) Facilitar la integración de los alumnos/as en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

Para el desarrollo de estas funciones, relacionadas con la orientación y la Acción tutorial consideramos los siguientes ámbitos de intervención que citamos:

Desarrollo personal y social del alumnado, encaminado a favorecer la adaptación del alumnado al contexto escolar y la integración del ismo en el grupo clase.

Atención a la diversidad y apoyo a los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Orientación académica y profesional, dirigida al desarrollo del autoconocimiento del alumnado entorno a sus propias capacidades.

Colaboración y coordinación con las familias.

Convivencia, concebida como un instrumento esencial para la adquisición de valores propios de una sociedad democrática.

Transición y coordinación entre etapas educativas.

4. COLABORACIÓN CON LAS FAMILIAS.

4.1. Funciones del tutor/a en relación con las familias.

El Decreto 328/2010 de 13 de julio. En este sentido, entre las funciones que, en relación con las familias, se recogen en dicho Decreto, destacamos las siguientes:

k) facilitar la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres y madres o representantes legales del alumnado.

i) Mantener una relación permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el Artículo 10, entre los que citamos:

– Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas.

– Subscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.

– Ser informados de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos e hijas.

Teniendo en cuenta la edad y características del alumnado, se pone en evidencia la necesidad de establecer un diálogo permanente y fluido con las familias. Esta relación deberá dirigirse en tres direcciones:

– Acción informativa (asambleas, sesiones tutoriales).

– Acción formativa (escuelas de padres y madres).

– Colaboración familiar en el proceso formativo de los hijos/as.

4.2. Relación familia- centro educativo.

El tutor/a es el enlace del centro con la familia. Canaliza la información relevante que se ha obtenido de ella y la tiene en cuenta, tanto de cara a su actuación personal como para la transmitirla al resto de profesores/as.

El Decreto 328/2010, de 13 de Julio en su título III, enfatiza el valor de la participación de las familias en el proceso educativo y, con respecto al centro, les reconoce como derecho en su Artículo 10:

– Conocer el Plan de centro.

– Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro.

– Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia realizadas por su hijos e hijas.

– Suscribir con el centro un compromiso de convivencia.

– Recibir información de las actividades.

– Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar.

Asimismo, en el Artículo 11, se dispone que los padres, madres y representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los centros docentes y con los maestros y maestras. Esta colaboración de las familias se concreta en:

– Estimular a sus hijos e hijas.

– Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.

– Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.

– Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto.

5. FUNCIONES DEL TUTOR EN RELACIÓN CON EL EQUIPO DOCENTE Y OTROS PROFESIONALES.

El Decreto 328/2010, de 13 de Julio, en el Artículo 90.2 recoge funciones del tutor/a en relación con el equipo docente y otros profesionales:

c) Coordinar la intervención educativa de todos los profesores y profesoras que componen el equipo docente de un grupo de alumnos/as a su cargo.

e) garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo.

f) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos/as.

g) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado.

Por tanto, en la coordinación y seguimiento de la orientación y la acción tutorial intervendrán los siguientes agentes:

– Equipos docentes, constituidos por todos los maestros/as que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos/as. Serán coordinados por el correspondiente tutor o tutora.

– Tutores y tutoras de los distintos ciclos. El contenido de estas reuniones estará orientado a tratar aspectos globales relacionados con: planes y medidas de atención a la diversidad.

– Orientador u Orientadora, se encargará de colaborar en el desarrollo del Plan de Orientación y Acción tutorial, asesorando a los tutores/as y facilitándoles los recursos didácticos y educativos necesario.

– Otros profesionales o especialistas que no forman parte, directamente, del equipo educativo del centro pero que con los que, de forma puntual, se establecen cauces de comunicación para intercambiar información relacionada con la evolución académica y personal de determinados alumnos/as. (Psicólogos, médicos, asistentes sociales…).

6. EL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL. PROPUESTAS DE ACCIÓN TUTORIAL.

6.1. El plan de orientación y acción tutorial.

Tal y como hemos visto en los apartados anteriores, la orientación y acción tutorial no es una acción que se desarrolle de forma aislada, sino que debe estar sujeta a una adecuada planificación y organización. A esta actuación educativa programada es lo que llamamos Plan de Orientación y Acción Tutorial (P.O.A.T.).

El plan de Orientación y Acción Tutorial constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones, de los equipos docentes y del centro educativo en su conjunto, relacionados con la orientación y la acción tutorial.

En el marco del P.O.A.T. del centro, cada tutor/a programará su tutoría adecuada al contexto particular de su grupo de alumnos/as, incluyendo los siguientes elementos:

A) Objetivos de la acción tutorial para su grupo.

B) La programación de las actividades de tutoría a realizar con el grupo, especificando objetivos, contenidos, actividades, metodología, evaluación, temporalización y recursos.

C) La planificación de las entrevistas y actividades con las familias del alumnado de su grupo.

D) La planificación de las tareas administrativas y de las relativas al registro de datos personales y académicos del alumnado que conforma el grupo.

6.2. Propuestas de orientación y acción tutorial.

Un Plan de Acción Tutorial comprende toda una serie de elementos que lo configuran, pero dentro de esos elementos, con toda seguridad, las actividades cobran un sentido y significado especial, pues son ellas las que hacen operativos los contenidos y nos ayudan a alcanzar los objetivos planteados.

Según Salazar (2006) un Plan de Acción Tutorial debe tener actividades que sean atractivas, dinámicas, participativa, imaginativa, integradoras y asequibles.

Siguiendo esta línea se proponen las siguientes actividades agrupadas en los bloques de contenidos:

a) Animación y dinámica de grupos.

a. Actividades tendentes a mejorar la comunicación, clima de aula…

b. Elaboración y aprobación de normas básicas de convivencia de grupo.

c. Celebración periódica y dinamización de asambleas de clase.

d. Definición y concreción de un delegado de clase.

b) Orientación personal.

a. Actividades para mejorar la autoimagen y la autoestima.

b. Estudio de los valores y actitudes.

c. Aproximación al conocimiento de los rasgos de la propia personalidad.

d. Estrategias para la resolución de problemas y toma de decisiones.

c) Orientación escolar.

a. Coordinar el calendario de evaluaciones del grupo.

b. Orientar sobre los resultados de la evaluación.

c. Detección de alumnos y alumnas con dificultades en el proceso de aprendizaje.

7. COMENTARIOS FINALES.

La orientación educativa y la acción tutorial son factores esenciales para la calidad y mejora del sistema educativo. Los centros docentes han de dinamizar, mediante una adecuada planificación, distintos ámbitos de intervención como la coordinación docente, la colaboración y comunicación con las familias, la educación integral del alumnado, la prevención del as dificultades en el aprendizaje, la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo o la colaboración de los centros con agentes e instituciones externas.

La legislación educativa vigente, tiene como meta contribuir a mejorar la formación y el desarrollo personal del alumnado y, para dar respuesta a esta gran finalidad, los centros han de elaborar el Plan de Orientación y Acción tutorial. Los objetivos, contenidos y actuaciones de dichos planes han de responder a las necesidades detectadas en el alumnado, en el contexto sociocultural y en la comunidad educativa.

B. RECURSOS

7. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.

– Álvarez, M. & Bisquerra, R. (1996). Manual de orientación y tutoría. Barcelona. Praxis.

– Comellas, M. J. (2002). Las competencias del profesorado para la acción tutorial. Barcelona: Praxis.

– García S. (2009) “La tutoría en Ed. Primaria. Revista digital”. Reflexiones y experiencias innovadoras en el aula.

– BOJA____

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– MEC (2013a). Ley Orgánica 8/2013 del 9 de diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa.

– MEC (2014b). Real Decreto 126/2014 del 28 de febrero por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.

– MEC (2006a) Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación.

– MEC (2006b) Real Decreto 1513/2006, del 7 de diciembre por el que se establecen las enseñanzas mínimas para la educación primaria.

– Moreno Ortiz, A., & Sola Martínez, T. (2005). La acción tutorial en el contexto del espacio europeo de educación superior. Educación y Educadores, (8), 123-144.

– Trianes, M. V. y Gallardo, J. A. (2004): Psicología de la educación y del desarrollo en contextos escolares 259-286. Madrid: Pirámide.

– Salazar, E. (2006) El tutor como dinamizador de la acción tutorial y coordinación de las medidas de atención a la diversidad. Anpe. Sevilla.

8. REFERENCIAS WEB.

– Http:// www.primaria.profes.net/

Http://www.orientadred.com/tutoria.php