Tema 4 – La atención a la diversidad del alumnado. principios y estrategias. Medidas organizativas, curriculares y didácticas. alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Medidas educativas específicas

Tema 4 – La atención a la diversidad del alumnado. principios y estrategias. Medidas organizativas, curriculares y didácticas. alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Medidas educativas específicas

A. DESARROLLO.

1. INTRODUCCIÓN.

2. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO.

2.1. La Escuela ante la diversidad.

2.1.1. Hacia un nuevo modelo de Atención al a Diversidad: La escuela inclusiva.

2.2. Factores de Diversidad.

3. PRINCIPIOS Y ESTRATEGIAS. MEDIDAS ORGANIZATIVAS, CURRICULARES Y DIDÁCTICAS.

3.1. Principios y estrategias.

3.2. Medidas organizativas,

3.3. Medidas Curriculares

3.4. Medidas Didácticas.

4. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO. MEDIDAS EDUCATIVAS ESPECÍFICAS.

4.1. Alumnado con Necesidades Educativas Especiales. Medidas Educativas Específicas.

4.1.1. Necesidades Educativas más frecuentes en Educación Primaria.

4.2. Alumnado con Altas Capacidades Intelectuales. Medidas Educativas Específicas.

4.3. Alumnado con trastornos por déficit de atención con o sin hiperactividad.

4.4. Alumnos con incorporación tardía en el sistema educativo español. Medidas educativas específicas.

4.5. Compensación de las desigualdades en educación

5. CONCLUSIÓN.

B. RECURSOS.

6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.

7. REFERENCIAS WEB.

A. DESARROLLO.

1. INTRODUCCIÓN.

La educación es uno de los factores que más influye en el avance y progreso de personas y sociedades. Además de proveer conocimientos, la educación enriquece la cultura, el espíritu, los valores y todo aquello que nos caracteriza como seres humanos.

En las economías modernas el conocimiento se ha convertido en uno de los factores más importantes de la producción. Las sociedades que más han avanzado en lo económico y en lo social son las que han logrado cimentar su progreso en el conocimiento, tanto el que se transmite con la escolarización, como el que se genera a través de la investigación.

En la incorporación a todos los ámbitos de la vida de personas con discapacidad, la escuela se ha visto obligada a asumir un nuevo reto. Tal diversidad va a significar el reconocimiento del derecho a la diferencia como un valor educativo y social.

Llevar a la práctica este principio de diversidad ha supuesto que se tenga que adoptar un modelo de escuela inclusiva y comprensiva, que establezcan elementos comunes y una educación que otorgue a cada uno lo necesario para un desarrollo personal. Lograr el máximo grado de autonomía personal, así como la integración social y laboral de las personas, solo se podrá llevar a la práctica con una actitud de cooperación constante entre los educadores y las familias. Intentando perfilar una escuela favorecedora del desarrollo integral, es decir, una escuela abierta a la diversidad.

A lo largo del tema, teniendo como referente la normativa vigente para la comunidad Autónoma Andaluza, se desarrollarán diferentes principios, estrategias y medidas de atención a la diversidad. También se abordará el concepto de “alumnado con necesidad específicas de apoyo educativo”, para referirse a aquellos alumnos/as que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria.

2. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO.

En el preámbulo de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), la atención a la diversidad se presenta como principio fundamental presente en toda la enseñanza básica, con el objetivo de proporcionar a todos los alumnos una educación adecuada a sus características y necesidades. (Título Preliminar, Cáp. I).

Se cita que: “Dado el carácter obligatorio de la educación básica, las medidas de atención a la diversidad que se apliquen estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado, a conseguir que alcance el máximo desarrollo posible a sus capacidades personales y a la adquisición de las competencias básicas y de los objetivos del currículo establecidos para la educación primaria y la educación segundaria obligatoria, garantizando así el derecho a la educación que les asiste”.

La atención a la diversidad radica esencialmente en establecer un proceso de enseñanza-aprendizaje personalizado, adaptado a los diferentes ritmos de aprendizaje, intereses y motivaciones del alumnado, para lo cual es necesario conocer sus características.

Garanto (1994), afirma que toda persona tiene cabida dentro del concepto de diversidad. Así cada persona, tiene una diversidad de necesidades educativas debidas a múltiples factores (género, edad, etapa de desarrollo madurativo, motivación, intereses, estilos de aprendizaje, expectativas, procedencia socioeconómica y cultural, origen étnico, etc.) Una educación adaptada a la diversidad tiene como creencia básica que el aprendizaje se optimiza cuando se le proporciona al alumnado experiencias que se construyen a partir de su competencia inicial y que responden a las necesidades de su aprendizaje.

Según el Decreto______, en su artículo 16.1, define que la atención a la diversidad es el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones, intereses, situaciones socioeconómicas y culturales, lingüísticas y de salud del alumnado.

2.1. La escuela ante la diversidad.

La escuela actual debe hacer frente a un nuevo reto: la atención a la diversidad, en la que la diversidad aparece como valor, como una cultura que respeta la diferencia, sin excluir a ninguno de sus miembros: el alumnado, el profesorado, las familias y al propio centro como institución.

Así, se considera la diversidad entre el alumnado cuando se observan diferencias que puedan tener un carácter individual (principalmente capacidades, motivaciones, intereses y ritmos de aprendizaje) o social (lengua, etnia, religión, entre otros). Por tanto, asumir la diversidad significa el reconocimiento del derecho a la diferencia como un valor educativo y social.

Para comprender lo que significa la atención a la diversidad del alumnado tenemos que empezar definiendo un concepto parejo, esto es, la comprensividad.

La comprensividad se entiende como una forma de enseñanza que ofrece a todos los alumnos y alumnas de una misma edad un núcleo de contenidos comunes, dentro de una misma institución y aula. Los principios básicos de la escuela comprensiva abogan por un currículo común, polivalente, en una escuela unificada para todos y donde se integren todos los escolares.

La Ley Orgánica 2/2006 del 3 de mayo de Educación recoge un concepto más amplio, “alumnado con necesidad específica de apoyo educativo”, para referirse a aquellos alumnos y alumnas que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria.

2.1.1. Hacia un nuevo modelo de atención a la diversidad: la escuela inclusiva.

La escuela inclusiva se construye sobre la participación y los acuerdos de todos los agentes educativos que en ella confluyen. Considera el proceso de aprendizaje del alumnado como la consecuencia de su inclusión en el centro escolar. Surge de una dimensión educativa cuyo objetivo se dirige a superar las barreras con las que algunos alumnos y alumnas se encuentran en el momento de llevar a cabo el recorrido escolar.

Así lo que se está planteando no es más que una respuesta a la diversidad del alumnado, pero una respuesta eficaz, una educación de calidad para todos (Ainscow, 1999).

Esta transformación a la que nos referimos supone tener en cuenta según Stainback y Stainback (1990), los siguientes principios:

– Establecer una filosofía escolar basada en el principio democrático e igualitario que valora positivamente la diversidad.

– Aceptar en las escuelas a todo el alumnado de la comunidad natural.

– Incluir a todas las personas implicadas en la educación en la planificación.

– Desarrollar redes de apoyo.

– Adaptar el currículum cuando sea necesario, en lugar de ayudar al alumno/a a adaptarse al currículum ya prescrito.

2.2. Factores de diversidad.

Existen tres manifestaciones diferentes de la diversidad en el medio escolar, que se tratarán por separado, a pesar de su evidente relación: los centros, los aulas y el alumnado.

A) LOS CENTROS SON DIFERENTES.

Es una realidad, que cada centro escolar posee rasgos propios y específicos que le confieren una cierta identidad. En este sentido, un factor relevante ha sido: la ubicación de los centros educativos: rurales y urbanos. Las diferencias entre los centros rurales y urbanos se refieren al grado de integración del centro escolar en su entorno, y al tipo de relaciones que se establecen entre la sociedad y la escuela.

B) LAS AULAS SON DIFERENTES.

Es un hecho comúnmente aceptado que cada aula constituye un contexto singular y, en ciertos aspectos, irrepetible. Esto es así dentro de un mismo centro y aún con grupos de alumnos/as del mismo nivel académico y similares características de edad y extracción social.

C) EL ALUMNADO TAMBIÉN ES DIFERENTE.

Los alumnos y alumnas en las diferentes etapas educativas se diferencian en cuanto a sus capacidades personales, discapacidad o altas capacidades, en cuanto a su procedencia social y cultural, así como a las circunstancias familiares. Una intervención docente, ha de aceptar como algo incuestionable el hecho de que los alumnos y alumnas, son diferentes en esta serie de aspectos.

C1.) No todos los alumnos/as aprenden con la misma facilidad: Existen áreas de aptitudes específicas que aglutinan diversos factores de alta correlación con el rendimiento escolar: aptitudes verbales, aptitudes espaciales, numéricas…

C2.) No todos los alumnos/as están igualmente motivados para aprender.

C3.) No todos los alumnos/as aprenden de la misma forma.

3. PRINCIPIOS Y ESTRATEGIAS. MEDIDAS ORGANIZATIVAS, CURRICULARES Y DIDÁCTICAS.

3.1. Principios y estrategias

Dentro de los principios pedagógicos relativos a la Educación Primaria recogidos en el artículo 19 de la LOMCE se evidencia una preocupación por la detección precoz de las dificultades de aprendizaje para reducir el fracaso escolar.

La propia Orden 25 de Julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado en la educación básica, señala en su Artículo 2, los principios generales de atención al a diversidad, entre ellos se señalan:

– Organización flexible.

– Atención a la diversidad.

– Arbitrar medidas orientadas a responder a las necesidades del alumnado.

– Contemplar la inclusión social y escolar.

– Garantía de acceso y permanencia del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

– Los centros tendrán autonomía en la organización de materiales y recursos humanos.

Concretando los principios generales anteriores y, dentro del modelo de escuela comprensiva, escuela para todos, abierta a la diversidad, se promoverán los siguientes principios para diversificar el aula escolar (huertas, 2007):

PRINCIPIOS DE DIVERSIFICACIÓN

1. Lo esencial es lo principal

2. Todos somos iguales, todos somos diferentes.

3. La evaluación es un proceso continuo.

4. Se deben adaptar los contenidos, los procesos y los productos.

5. La planificación docente es un compromiso de todos.

6. Trabar en equipo con un método flexible.

Figura 1. Los principios de Diversificación.

El Decreto_________ apuesta en su artículo 17.1 apuesta por dar respuesta a la diversidad del alumnado, organizándose preferentemente a través de medidas de carácter general desde criterios de flexibilidad organizativa y atención inclusiva, con el objeto de favorecer la autoestima y expectativas positivas del alumnado y en su entorno familiar y obtener el logro de los objetivos y competencias clave de etapa.

3.2. Medidas organizativas.

Una respuesta educativa eficaz y adecuada es una responsabilidad compartida por las distintas categorías que conforman la sociedad educativa (Administración, currículo, centro y aula). Se intenta ofrecer al alumnado una escolarización que proporcione integración. En este aspecto, los EOE, teniendo en cuenta las características de los alumnos distinguen:

Integración total en el grupo ordinario: Destinados a los alumnos que siguen el ritmo ordinario del grupo- clase con algún refuerzo o adaptación.

Integración en el grupo ordinario en periodos variables: Destinados a los alumnos que requieren una atención personalizada, pero que se integra parcialmente en el grupo.

Atención educativa específica: Destinados a los alumnos cuyo desfase requiere un currículo adaptado significativamente.

Además, el Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (LOE), propone diversas medidas organizativas centradas en la autonomía de los centros, referidas a:

● Agrupamientos flexibles, para la tención del alumnado en un grupo específico.

● Desdoblamiento de grupos, con la finalizar de reforzar su enseñanza.

● Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor dentro del aula.

● Modelo flexible de horario lectivo semanal.

Las instituciones educativas también cuentan con unas estructuras de coordinación para dar las respuestas necesarias al proceso de aprendizaje, éstas son:

1. Equipo de Orientación y Apoyo (EOA): Constituido por un profesional de Audición y Lenguaje y uno de Pedagogía Terapéutica, y el psicólogo.

2. Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica (ETCP): Elabora las propuestas de criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones curriculares.

3.3. Medidas curriculares para atender a la diversidad.

Dada la nueva concepción de currículo, se pueden distinguir dos tipos de medidas o estrategias curriculares de atención a la diversidad: generales y específicas.

El artículo 4 de la LOE nos dice que cuando la atención a la diversidad así lo requiera, se adoptarán medidas curriculares adecuadas que permitan a los centros la organización flexible de las enseñanzas.

Se puede distinguir dos estrategias curriculares de atención a la diversidad:

Generales: Situadas en el Primer y Segundo Nivel de concreción. Destinadas a dar respuestas a la pluralidad de sistemas educativos y a sus integrantes.

Específicas: Formada por la programación de aula, las adaptaciones curriculares y el refuerzo educativo.

En ocasiones las necesidades de este tipo de alumnos no pueden verse satisfecha con los medios educativos ordinarios y es necesario el refuerzo educativo, es decir, el conjunto de actividades educativas que complementan y enriquecen la acción educativa ordinaria. En el Real Decreto 126 – 2014, de 28 de Febrero, Currículo Básico Educación Primaria, en su articulado nos aclara que las medidas de refuerzo se deberán poner en práctica tan pronto como se detecten dificultades en el aprendizaje del alumno. Dependiendo del tipo de refuerzo lo podrá realizar el tutor u otro/s especialistas, realizándose fundamentalmente en las áreas instrumentales.

El apoyo educativo se realizará dentro del horario escolar mediante el uso flexible de la organización del profesorado. La LOMCE lo considera como una necesidad de coordinación y actuación conjunta por parte de los profesores, el tutor, por un lado, y el profesor de apoyo, por otro. Para poder realizar esta intervención es necesario que se realicen unas adaptaciones curriculares. Según la citada normativa, éstas son el conjunto de modificaciones que se realizan en el currículum para compensar las dificultades de aprendizaje de los alumnos con necesidades educativas especiales. Todo programa de adaptación curricular se apoya en unos principios.

Según la misma y de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación (LOE), los programas de adaptación curricular pueden ser:

Adaptaciones curriculares no significativas: Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios (metodología y contenidos) pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación.

Adaptaciones curriculares significativas: Modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación.

Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

Adaptaciones curriculares no significativas

Adaptaciones curriculares significativas,

Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales

Cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado es poco importante. Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación.

Cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación.

Las adaptaciones curriculares para este alumnado están destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de las etapas educativas.

Figura 2. Adaptaciones Curriculares

3.4. Medidas didácticas.

Atender a la diversidad es contemplar las necesidades educativas de los alumnos durante todo el proceso de enseñanza- aprendizaje, proponiendo objetivos realistas, priorizando contenidos y realizando actividades concretas de refuerzo y ampliación, mediante un seguimiento individualizado a través de la evaluación continua.

Algunas medidas didácticas son:

Evaluación inicial y continua.

Apoyo educativo.

Enseñanza adaptada.

Flexibilidad metodológica.

Graduación de las estrategias de ayuda.

Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos,

Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso,

Información a las familias

Programas de adaptación curricular.

4. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPEFÍCIA DE APOYO EDUCATIVO. MEDIDAS EDUCATIVAS ESPECÍFICAS.

La diversidad es una característica intrínseca a la organización actual de la escuela. Esta característica demanda un profesorado cualificado que proporcione una respuesta educativa de calidad a las nuevas demandas sociales.

El Decreto___________ en su artículo 18.1 expone que la escolarización del alumnado que requiere medidas específicas de apoyo educativo se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo.

En el artículo 72 de la LOE se recoge los posibles casos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria:

Alumnos con necesidades educativas especiales: derivadas de una discapacidad física, psíquica o trastorno de personalidad.

Los diagnósticos de estas dificultades deben producirse lo más pronto posible (art. 73 de LOE).

Alumnos con dificultades específicas de aprendizaje: incluidos normalmente en los programas de apoyo y refuerzo.

Alumnos con altas capacidades intelectuales: Referido a capacidades superiores a la ordinaria.

Alumnos con integración tardía al sistema educativo: Hablamos normalmente del alumnado inmigrante con dificultades en la adaptación social y desconocimiento de la lengua (art. 78 de la LOE). Es necesario la creación de un Plan de Acogida.

4.1 Alumnado con necesidades educativas especiales. Medidas educativas específicas.

Entendemos por alumnado que presenta necesidades educativas especiales el que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

Respecto a las medidas educativas específicas, planteamos, a continuación, estrategias de intervención a contemplar en las programaciones didácticas.

El Decreto___________ en su artículo 18.3 establece que se establecerá los procedimientos oportunos cuando sea necesario para realizar adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias clave.

EN RELACIÓN A LA METODOLOGÍA

– Los alumnos/as con necesidades educativas específicas. requieren una presentación más minuciosa de las actividades, que incluya un conocimiento previo del o que se espera de ellos y de lo que ellos pueden realizar.

– Ante la dificultad para la abstracción, necesidad de partir de lo concreto para inferir reglas o elaborar conceptos abstractos.

– Utilizar una gran variedad de instrumentos y recursos didácticos.

– Cuidar de manera especial la comprensión de la información que se proporciona.

– Proporcionar el tipo de refuerzos que más beneficien a los alumnos/as con dificultad.

EN RELACIÓN CON LA EVALUACIÓN.

– Proporcionar al alumno/a, en las actividades de evaluación, los mismos medios de acceso que precisa para desarrollar los aprendizajes.

– Diseñar actividades y procedimientos de evaluación distintos de los del resto de los alumnos/as.

– Adecuar los instrumentos de evaluación a las posibilidades del alumno/a.

4.1.1. Necesidades educativas más frecuentes en educación primaria.

Para desarrollar este punto analizaremos las necesidades educativas más frecuentes en relación con cada una de las áreas de enseñanza-aprendizaje.

a) Áreas de lengua y literatura, y lenguas extranjeras.

Lengua Oral.

Su importancia en esta etapa educativa se debe a su relación con el aprendizaje de la lectura y escritura y el desarrollo que tiene lugar en esta etapa de determinados aspectos del lenguaje oral

Lectura y escritura.

El aprendizaje de la escritura y la lectura es fundamental para acceder a la escuela, por tanto hay que salvar las dificultades que puedan presentarse. A aquellos alumnos/as que presentan dificultades en la realización de la escritura por sus problemas motóricos les facilitaremos ayudas técnicas como adaptaciones de útiles de escritura…

Lengua extranjera.

Muchos problemas de esta área son producto de no tener un buen domino de la lengua materna.

b) Área de matemáticas.

Mediante las matemáticas los discentes desarrollan su capacidad de pensamiento y de reflexión lógica y adquieren un conjunto de instrumentos para actuar en y sobre la realidad. Para evitar problemas en esta área partiremos de las características de los alumnos/as y de su propia experiencia para posibilitar la construcción de los conocimientos.

c) Área de conocimiento del medio.

A través de esta área se trabajan muchos aspectos relacionas con los objetivos generales de la etapa. Y aquí radica la importancia que tiene para los alumnos/as con NEE poder participar en la mayoría de las actividades de conocimiento del medio.

d) Áreas de educación artística y educación física.

Nuestra intervención irá encaminada a la valoración positiva de las realizaciones de todos los alumnos en función de sus capacidades y sensibilidades.

4.2 Alumnado con altas capacidades intelectuales. Medidas educativas específicas.

Al hablar de alumnos/as con altas capacidades intelectuales, nos estamos refiriendo a un colectivo con necesidades educativas concretas tales como sociales, emocionales e intelectuales. El alumno/a con altas capacidades intelectuales se podría definir por tres conjuntos de características principales:

Capacidad intelectual superior a la media.

Alto nivel de creatividad.

Alto grado de dedicación a las tareas.

Como concreción, la reciente Orden de 25 de Julio de 2008 de Atención a la Diversidad, recoge que se podrá adoptar las siguientes medidas de flexibilización de la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales:

– Anticipación en un año la escolarización en primer curso de educación primaria.

– Reducción de un año de permanencia en la educación primaria.

– Reducción de un año de permanencia en la educación secundaria obligatoria.

4.3. Alumnado con trastornos por déficit de atención con o sin hiperactividad.

La American Psychiatric Association (1995), diferencian a su vez tres tipos de trastorno dentro del TDAH:

· Trastorno por déficit de atención por hiperactividad subtipo predominante atento.

Los alumnos con este subtipo, parecen no escuchar cuando se les habla directamente, pareciendo que sueña despierto, así como dificultad para ponerse en marcha y que a menudo olvida o pierde cosas. En el aula generalmente se muestra pasivo, pasa desapercibida y no aprende al ritmo esperado. Así como no anotar los deberes en la agenda, olvidando entregar las tareas y trabajos o haciéndolo con retraso.

· Trastorno por déficit de atención por hiperactividad subtipo predominante hiperactivo-impulsivo.

Estos alumnos se mueven de un lugar a otro en momentos inapropiados, moviendo las manos y pies en exceso, así como balanceándose y levantándose de la silla. Son alumnos que acostumbran a interrumpir conversaciones y actividades. El comportamiento de este alumno puede resultar molesto, y a menudo un tanto preocupante por las manifestaciones de agresividad tanto en el aula como fuera de ella.

· Trastorno por déficit de atención por hiperactividad subtipo combinado (presenta síntomas atencionales e hiperactivos-impulsivos).

Las características de este tipo de alumnos y alumnas es un conjunto de síntomas de los dos grupos anteriores.

4.4 Alumnado con incorporación tardía en el sistema educativo español. Medidas educativas específicas.

El artículo 78 de la LOE, cita textualmente en su punto 1. Que “corresponde a las administraciones públicas favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos, que por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español, dicha organización se garantizará, en todo caso, en la edad de escolarización obligatoria”.

Así mismo en su punto 2 del presente artículo de la LOE, dice que se garantizará a que el alumnado pueda incorporar al curso más adecuado a sus características y conocimientos previos, con los apoyos oportunos, y de esta forma continuar con aprovechamiento su educación.

4.5. Compensación de las desigualdades en educación.

La LOE en su capítulo II sobre compensación de las desigualdades en educación, contempla programas específicos desarrollados en centros docentes escolares o en zonas geográficas donde resulte necesaria la intervención educativa compensatoria. Asimismo, el artículo 80 de la presente ley, establece una serie de principios:

1. Con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, las administraciones públicas desarrollarán acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello.

2. Las políticas de educación compensatoria reforzarán la acción del sistema educativo de forma que se eviten desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole.

3. Corresponde al estado y a las comunidades autónomas en sus respectivos ámbitos de competencia fijar sus objetivos prioritarios de educación compensatoria.

Para la consecución de sus propósitos y la diversidad de situaciones a las que pretende dar respuesta se establecen los Planes de Compensatoria Educativa que podrán elaborar los centros. Dichos planes pretenden canalizar la actuación educativa de los centros docentes mediante la articulación de medidas tendentes a:

– Compensar el desfase curricular del alumnado.

– Facilitar la integración escolar del alumnado de escolarización tardía.

– Favorecer un clima adecuado de convivencia.

– Actividades complementarias y extraescolares.

– Actuaciones destinadas al aprendizaje de la lengua española para el alumnado extranjero.

5. COMENTARIOS FINALES.

La atención a la diversidad del alumnado, en una concepción amplia del término, requiere un cambio conceptual que implique tanto a la organización del sistema educativo como al profesorado encargado de su puesta en práctica.

La nueva estructura curricular permite un considerable margen de acción para conseguir el anhelado principio de una auténtica individualizada; de una respuesta educativa acorde a las demandas de sus destinatarios. Atender a la diversidad debe constituir el principio aglutinador que guíe los planteamientos y actuaciones de una Escuela Solidaria, en definitiva una Escuela Inclusiva.

B. RECURSOS

6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.

– Ainscow, M. (1999). Understanding the development of inclusive schools. London: Falmer Press.

DSM-IV: Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales. Barcelona: Masson, 1995.

– Garanto, J. (1994). Epidemiología de las Psicosis y Autismo. Amarú Ediciones, Salamanca.

– MEC (2013a). Ley Orgánica 8/2013 del 9 de diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa.

– MEC (2014b). Real Decreto 126/2014 del 28 de febrero por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.

– MEC (2006a) Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación.

– MEC (2006b) Real Decreto 1513/2006, del 7 de diciembre por el que se establecen las enseñanzas mínimas para la educación primaria

– Stainback, W. & Stainback, S. (1990). Curriculum considerations in inclusive clasrooms: facilitating learning for all students. Baltimore: Paul H. Brookes.

7. REFERENCIAS WEB.

– Http:// galeón.hispavista.com/aprenderaprender/intmultiples/intmultiples.htm

Http://www.mepsyd.es/educa/diversidad/