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Tema 4A – La atención a la diversidad del alumnado. principios y estrategias. Medidas organizativas, curriculares y didácticas. alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Medidas educativas específicas

1. INTRODUCCION

2. LA ATENCION A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO

1. Concepto

2. Factores de diversidad

3. PRINCIPIO Y ESTRATEGIAS

4. MEDIDAS ORGANIZATIVAS, CURRICULARES Y DIDACTICAS

1. Medidas y curriculum

2. Medidas a nivel de centro, docentes y alumnos.

5. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECIFICA DE APOYO EDUCATIVO

1. Alumnos con necesidades educativas especiales

2. Alumnos con altas capacidades

3. Alumnos con incorporación tardía al sistema educativo español.

6. MEDIDAS EDUCATIVAS ESPECIFICAS

1_INTRODUCCION

El estudio de la atención a la diversidad hace necesario partir del análisis del marco educativo en el quese reconocen las diferencias frente al proceso de aprendizaje, junto con la consideración de un modelo educativo de promoción y desarrollo. El tema subrayara los principios de la atención a la diversidad en una escuela inclusiva, y en el articulado de la LOE. Y, en relación con estos principios se muestra la estrategia que asumimos para responder a las diferencias frente al aprendizaje, junto con las medidas generales y ordinarias que desde un marco curricular y organizativo se proponen en la actualidad. Por último, nos detendremos en la identificación de los grupos de población definidos como alumnos con necesidad de apoyo educativo especifico, y en las medidas educativas que se arbitran para los alumnos con necesidades educativas especificas.

En un segundo momento, las administraciones autonomicas fijan su currículo teniendo como referente a los alumnos de sus centro escolares. El centro en concreto al elaborar el PCC identifica las necesidades especificas de su alumnado y adecua el currículo básico, Finalmente, el profesor diseña su programación reflexionando acerca de cómo concretar las intenciones que el conjunto del centro se ha marcado.

Ademas este mismo profesor realiza actuaciones individualizadas según las necesidades particulares de los alumnos.

Cuanto mayores son las dificultades del alumno, mayor nivel de adaptación curricular, es decir, mayor necesidad de medidas extraordinarias. Cuando las dificultades no son demasiado importantes, las medidas habituales de indivilualizacion son suficientes para dar respuesta a las necesidades del alumno.

Adaptar el proceso de enseñanza conlleva dos ámbitos distintos. Por una parte, es preciso que el alumno couente con todos aquellos recursos necesarios para acceder al currículo ordinario, ya que muchas veces la dificultad del alumno no esta propiamente en lo que tiene que aprender sino en los medio educativos con que cuenta el sistema para enseñarlo.

2_LA ATENCION A LA DIVERSIDAD EN EDUCACION PRIMARIA

2.1 Concepto

La diversidad es una característica de la conducta y condición humana que se manifiesta en el comportamiento y modo de vida de los individuos, así como en sus modos y maneras de pensar, circunstancia esta que se da en todos los niveles evolutivos de la vida y en todas las situaciones, aun sin dejar de tener presente que cada individuo presente una estabilidad en su conducta, que le da coherencia a su actuación personal a nivel de actuaciones externas y de desarrollo interno personal. Esta diversidad tiene amplia repercusión en las aulas, puesto que en ese escenario educativo se dan de forma continua y permanente manifestaciones de la diversidad de los alumnos que las conforman.

Cualquier profesional de la educación, que se aproxime a los alumnos que pueblan las aulas de los centros educativos, captará rápidamente la existencia de alumnos diversos. Diversidad que se manifiesta en el ámbito educativo y que tiene su origen en factores diversos, derivados de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos y religiosos, así como de las diferentes capacidades intelectuales, psíquicas, sensoriales y motóricas y del rol sexual de los sujetos. Si bien estas diferencias han existido siempre no han sido tenidas en cuenta, de igual forma y en todo momento, por el sistema educativo vigente en cada época y por los maestros y/o profesores que impartían enseñanzas en cada momento. La escuela aun reconociendo la existencia de la diversidad, ha llevado a la práctica un tratamiento educativo más o menos homogeneizante en aras de una supuesta efectividad y/o rentabilidad de recursos.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación trata de dar respuesta a los retos de la sociedad en la que vivimos, ya que con la ampliación de la edad de escolarización obligatoria y el acceso a la educación de nuevos grupos estudiantiles, las condiciones en que los centros desarrollan su tarea se han hecho más complejas.

Resulta, pues, necesario atender a la diversidad del alumnado y contribuir de manera equitativa a los nuevos retos y las dificultades que esa diversidad genera. Se trata, en última instancia, de que todos los centros, tanto los de titularidad pública como los privados concertados, asuman su compromiso social con la educación y realicen una escolarización sin exclusiones, acentuando así el carácter complementario de ambas redes escolares, aunque sin perder su singularidad. A cambio, todos los centros sostenidos con fondos públicos deberán recibir los recursos materiales y humanos necesarios para cumplir sus tareas. Para prestar el servicio público de la educación, la sociedad debe dotarlos adecuadamente.

La flexibilidad del sistema educativo lleva aparejada necesariamente la concesión de un espacio propio de autonomía a los centros docentes. La exigencia que se le plantea de proporcionar una educación de calidad a todo el alumnado, teniendo al mismo tiempo en cuenta la diversidad de sus intereses, características y situaciones personales, obliga a reconocerle una capacidad de decisión que afecta tanto a su organización como a su modo de funcionamiento. Entre los fines de la educación se resaltan el pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades afectivas del alumnado, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, el reconocimiento de la diversidad afectivo-sexual, así como la valoración crítica de las desigualdades, que permita superar los comportamientos sexistas. Se asume así en su integridad el contenido de lo expresado en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

La atención a la diversidad se establece como principio fundamental que debe regir toda la enseñanza básica, con el objetivo de proporcionar a todo el alumnado una educación adecuada a suscaracterísticas y necesidades.

Las enseñanzas que tienen carácter obligatorio son la educación primaria y la educación secundaria obligatoria. En la etapa primaria se pone el énfasis en la atención a la diversidad del alumnado y en la prevención de las dificultades de aprendizaje, actuando tan pronto como éstas se detecten. Una de las novedades de la Ley consiste en la realización de una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por el alumnado al finalizar el segundo ciclo de esta etapa, que tendrá carácter formativo y orientador, proporcionará información sobre la situación del alumnado, de los centros y del propio sistema educativo y permitirá adoptar las medidas pertinentes para mejorar las posibles deficiencias.

Seguramente el común denominador para afrontar todos los retos descritos someramente sea LA ATENCIÓN EFICAZ A LA DIVERSIDAD. Para lograr una atención eficaz a la diversidad es necesario contar con rigurosos fundamentos teóricos; un marco normativo facilitador; movilizar recursos humanos y materiales; recopilar buenas prácticas; realizar una oferta rigurosa de formación del profesorado que priorice estas necesidades; crear instrumentos de apoyo al profesorado y a los centros; coordinación interinstitucional, …etc

La etiología de la diversidad, en todas las etapas, ha de ser estudiada para adaptar las medidas a las necesidades contextualizadas. Las diferencias personales, culturales, escolares, socioafectivas, fisiológicas, de origen social, etc. provocan distintas capacidades para aprender, con diferentes habilidades y destrezas, intereses, motivaciones y estilos de aprendizaje que influyen tanto en el ritmo de aprendizaje, como en el qué y cómo se puede aprender. Esto nos exigirá adaptar qué, cómo y a qué ritmo enseñar.

En el fondo de gran parte de estas diferencias se encuentran dos causas que aglutinan a muchas de las expuestas: las características específicas de cada individuo y el entorno social y familiar. De la combinación de estas dos causas y su interacción en el contexto escolar nos encontramos con cuestiones tan importantes, para el proceso de enseñanza-aprendizaje, como la valoración personal y familiar de la educación, del esfuerzo intelectual, la asimilación de los principios de autoridad competente y obediencia madura, el respeto y la integración activa en el contexto escolar. Estos aspectos nos sitúan en la pista de un problema sentido cotidianamente por el profesorado y los centros con una preocupación creciente: el de la convivencia en los centros educativos. La educación es un marco ideal para que una parte importante del alumnado pueda superar las deficiencias cognitivas, emocionales, morales y de hábitos de relación y comunicación.

Para lograrlo no sólo basta con implantar programas de competencia social para el alumnado que traten todos esos aspectos; no sólo basta con que los centros desarrollen medidas generales para mejorar la organización escolar y la práctica docente; se ha de contar también con el entorno familiar y social para la integración e identificación emocional y racional del alumnado en una comunidad que le enriquezca, mejorando sus expectativas, como ciudadanas y ciudadanos, y les abra nuevas posibilidades para su futuro.

En caso contrario, cuando esto no se logra, el centro educativo se convierte en instrumento de socialización negativa, de refuerzo de relaciones y comportamientos asociales, inmaduros y conflictivos. En este aspecto la atención a la diversidad adquiere un perfil preventivo de situaciones personales, familiares y sociales difíciles.

Los centros educativos deben elaborar un Plan de Atención a la Diversidad que ayude a adaptar los propios Proyectos Educativo y Curricular, Programación General Anual y Memoria

Anual, atendiendo a las necesidades detectadas. Las Administraciones educativas, respetando la autonomía pedagógica y de gestión, deben dotar a los centros docentes sostenidos con fondos públicos, de recursos humanos y materiales, para llevar a cabo dicho plan.

2.2 Factores de diversidad.

Para Díez y Huete (1997), la diversidad inherente al ser humano se manifiesta a través de varios factores que pueden agruparse en tres grandes bloques:

· Factores físicos que pueden ser analizados a través de:

· La diversidad de sexos bajo su dimensión biológica.

· La edad cronológica puede generar diversidad en la medida que en la misma aula podemos encontrar alumnos de diferente edad con diferentes intereses y nivel de desarrollo (repetidores, alumnos que han nacido en los meses extremos del año…)

· El desarrollo corporal genera diversidad en cuanto a la diacronía existente entre el desarrollo de las chicas y los chicos en determinadas edades, incluso dentro de un mismo sexo, lo que configura unas características psicológicas en función de la edad y de las relaciones interpersonales.

· Factores socioculturales relativos a la diferente procedencia social, cultural o geográfica de las familias, pueden generar diversidad en el aula, puesto que representan diferentes costumbres, sistemas de valores, etc. Asimismo, la pertenencia a determinadas minorías étnicas genera diversidad, puesto que puede representar diversas religiones, creencias, hábitos, costumbres, idioma, etc. El nivel socioeconómico-familiar (profesión de los padres, nivel de estudios) puede producir diferencias de valores, riqueza de vocabulario y expresión, nivel de relación, de acceso a experiencias y vivencias, hábitos extraescolares, etc.

· Factores académicos hacen referencia a una serie de elementos, como pueden ser:

· La capacidad de aprendizaje entendida como una capacidad permeable a las experiencias educativas.

· Los conocimientos previos de los alumnos pueden ser diferentes a pesar de haber recibido las mismas enseñanzas y estar escolarizados en un mismo curso; por esto podemos inferir que no todos los alumnos de un aula tienen que realizar los mismos aprendizajes escolares al mismo tiempo y se han de respetar los distintos ritmos que lleven.

· La motivación constituye uno de los factores que genera mayor diversidad, especialmente en los cursos superiores, y está en estrecha relación con la historia y los fracasos de los alumnos, y la forma de presentación de los contenidos académicos con mayor o menor lógica y funcionalidad.

Así, pues, tener en cuenta todas estas características supone dar una respuesta específica adecuada que compense las desigualdades y garantice los principios de igualdad y equidad.

Educar en la diversidad significa ejercer los principios de igualdad y equidad a los que todo ser humano tiene derecho.

La atención a la diversidad en la Educación Primaria

Según el preámbulo de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo, uno de los principios básicos es el énfasis en la atención a la diversidad y la prevención de dificultades de aprendizaje. El artículo 16.1 de la citada Ley orgánica establece que los alumnos comenzarán la Educación Primaria en el año natural en que cumplan los seis años de edad, finalizando a los doce años.

La Educación Primaria tiene como finalidades básicas proporcionar a todos los niños una educación común, que:

Permita afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar, adquirir las habilidades culturales básicas relativas a la expresión y comprensión oral, a la lectura, a la escritura y al cálculo, así como desarrollar las habilidades sociales, los hábitos de trabajo y estudio, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad.”

(Artículo 16.2. Ley Orgánica de Educación 2/2006)

A los centros y a los profesionales de la educación es a los que corresponde la tarea de concretar y desarrollar las intenciones que darán respuesta a la diversidad a través de los proyectos curriculares de centro, las programaciones de aula y las adaptaciones y diversificaciones curriculares para casos más específicos.

Los distintos niveles de concreción constituyen etapas de adaptación sucesivas a contextos más concretos y específicos, hasta llegar al alumno y a la alumna como personas diferenciables y distintas:

Primer nivel

Curriculum (Decretos de Enseñanza)

Adaptación a la realidad socio-cultural

Segundo nivel

Proyecto curricular de centro

Adaptación a las peculiaridades del centro y su entorno

Tercer nivel

Programaciones de aula

Adaptación a las características del grupo aula y las diferencias individuales.

De esta manera, y en el nivel de concreción último, la diversidad del alumnado en el aula puede derivar de diferentes:

· Niveles de competencia curricular: algunos alumnos han desarrollado las capacidades de la etapa o ciclos anteriores mientras que otros sólo han desarrollado algunas, y algunos tienen un nivel superior al que les correspondería.

· Momentos de desarrollo: presentan diferentes ritmos de aprendizaje, condiciones físicas y psicológicas variadas que condicionan su desarrollo, ambientes sociofamiliares ricos o pobres en estímulos, experiencias, expectativas…

· Motivaciones e intereses: cercanos al ambiente escolar y de estudio en unos casos, y muy alejados en otros. Con un desarrollo de la autoestima y el autoconcepto positivos o con falta de seguridad y confianza en sí mismos.

· Estilos de aprendizaje: diferencias a la hora de abordar los aprendizajes (activa, reflexiva, teórica…). Unos usando estrategias cognitivas, y otros mecánicamente.

· Contextos socioculturales: ambientes familiares o sociales desfavorecidos o enriquecedores, minorías étnicas o culturales, emigrantes…

3_PRINCIPIOS Y ESTRATEGIAS

La sociedad ha evolucionado durante las últimas décadas a un ritmo vertiginoso. Se han consolidado derechos para las personas en los diferentes ámbitos. Consecuentemente, nuestro sistema educativo ha cambiado profundamente con la promulgación de diferentes leyes, que tienen como objeto garantizar a través de la enseñanza, los derechos y libertades proclamados en la Constitución Española.

Los principios de igualdad, normalización, integración, individualización y sectorización, son recogidos en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los

Minusválidos (LISMI), la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del

Sistema Educativo (LOGSE), la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la

Educación (LOCE) y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección

Integral contra la Violencia de Género. La reforma educativa impulsada por la LOE se mantiene en una línea continuista del modelo de atención a la diversidad y así en su preámbulo declara:

La adecuada respuesta educativa a todos los alumnos se concibe a partir del principio de inclusión, entendiendo que únicamente de ese modo se garantiza el desarrollo de todos, se favorece la equidad y se contribuye a una mayor cohesión social. La atención a la diversidad es una necesidad que abarca a todas las etapas educativas y a todos los alumnos. Es decir, se trata de contemplar la diversidad de las alumnas y alumnos como principio y no como una medida que corresponde a las necesidades de unos pocos.”

La consecución de una escuela de y para toda la ciudadanía, abierta y respetuosa con sus alumnas y alumnos, capaz de ofrecerles respuestas educativas adecuadas y

eficaces, susceptibles de promover su desarrollo y de contribuir a una sociedad más plural y menos discriminadora, constituye un objetivo de largo alcance para cualquier sistema educativo.

La atención a la diversidad es uno de los pilares sobre los que se sustenta la educación de este siglo. La creciente heterogeneidad de los alumnos y alumnas de nuestras escuelas plantea el reto de desarrollar estrategias de enseñanza y aprendizaje que faciliten la integración detodos.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece en su titulo II, los principios reguladores de la Equidad en la Educación, acuñando el concepto de Alumnado con necesidades especificas de apoyo educativo. Así en su artículo 71 y 72, enumera los principios y las estrategias para llevar a cabo las medidas de atención a la diversidad.

Los Principios que establece son:

· Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley.

· Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por

· presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.

· Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas a las que se refiere el apartado anterior. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.

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Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.

Las estrategias a seguir para alcanzar dichos fines son:

· Las Administraciones educativas dispondrán del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado.

· Las Administraciones educativas dotarán a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado. Los criterios para determinar estas dotaciones serán los mismos para los centros públicos y privados concertados.

· Los centros contarán con la debida organización escolar y realizarán las adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas para facilitar a todo el alumnado la consecución de los fines establecidos.

· Las Administraciones educativas promoverán la formación del profesorado y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

· Las Administraciones educativas podrán colaborar con otras Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo.

Cabe destacar la previsión de recursos económicos que hace la LOE en su articulo 157 para la mejora de los aprendizajes y apoyo al profesorado en la atención a la diversidad de los alumnos y en especial la atención a aquellos que presentan necesidad específica de apoyo educativo.

4_MEDIDAS ORGANIZATIVAS, CURRICULARES Y DIDACTICAS.

4.1 Medidas y curriculum

La diversidad del alumnado es una característica normal y habitual en nuestras aulas, por lo

que debe ser asumida por el profesorado ordinario con criterios de normalización e inclusión y no de especialización La intervención educativa contempla como principio la atención a un alumnado diverso, diversidad que se manifiesta tanto en las formas de aprender como en las características personales que condicionan el propio proceso de aprendizaje. Las medidas de atención que permitan garantizar una educación de calidad para todos los alumnos y las alumnas, lograr su éxito y responder a las distintas necesidades, se plantean de forma que se apliquen tan pronto como se detecten las dificultades. Con el fin de asegurar que la incorporación a la etapa educativa siguiente se produzca en condiciones óptimas se establece la necesidad de aplicar todas ellas.

El REAL DECRETO 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria, dedica su artículo 13 al establecimiento de medidas organizativas y curriculares para la atención a la diversidad. Dichas medidas se concretan en:

· Los mecanismos de refuerzo que deberán ponerse en práctica tan pronto como se detecten dificultades de aprendizaje, serán tanto organizativos como curriculares. Entre estas medidas podrán considerarse el apoyo en el grupo ordinario, los agrupamientos flexibles o las adaptaciones del currículo.

· Para que el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales y los objetivos de la etapa, se establecerán las medidas curriculares y organizativas oportunas que aseguren su adecuado progreso.

· Las administraciones educativas, con el fin de facilitar la accesibilidad al currículo, establecerán los procedimientos oportunos cuando sea necesario realizar adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación del currículo. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas; la evaluación y la promoción tomarán como referente los objetivos y criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones.

· Sin perjuicio de la permanencia durante un curso más en el mismo ciclo, prevista en el artículo 20.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la escolarización de este alumnado en la etapa de Educación primaria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.

· La escolarización del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo a los que se refiere el artículo 78 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico. Cuando presenten graves carencias en la lengua de escolarización del centro, recibirán una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal. Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo, podrán ser escolarizados en el curso inferior al que les correspondería por edad. Para este alumnado se adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que faciliten su integración escolar y la recuperación de su desfase y le permitan continuar con aprovechamiento sus estudios. En el caso de superar dicho desfase, se incorporarán al grupo correspondiente a su edad.

· La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales, identificado como tal por el personal con la debida cualificación y en los términos que determinen las administraciones educativas, se flexibilizará, en los términos que determina la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse un curso el inicio de la escolarización en la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que son éstas las medidas más adecuadas para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.

Atendiendo al principio de autonomía pedagógica de los centros docentes, éstos

desarrollarán y completarán el currículo y las medidas de atención a la diversidad establecidas por las administraciones educativas adaptándolas a las características del alumnado y a su realidad educativa, con el fin de atender a todo el alumnado, tanto el que tiene mayores dificultades de aprendizaje como el que tiene mayor capacidad o motivación para aprender.

Por experiencia sabemos, los que hemos pasado mucho tiempo en el aula, que hay situaciones que se repiten año tras año en nuestras clases, que hay características de los alumnos y alumnas que encontramos de forma habitual, y sabemos también que no hay un único tipo de alumno definido por la edad y el nivel escolar en que nos situemos, sino que en el aula, como en la familia, como en la calle, como en la vida misma, la diversidad es un hecho.

Hay unos rasgos comunes que se repiten año tras año en la mayor parte del alumnado y que dependen mayoritariamente de su edad cronológica (la curiosidad en Infantil, el juego en Primaria, inconformismo en Secundaria). Pero existen sobre todo rasgos diferenciales que tienen que ver con su personalidad, su etapa evolutiva, su nivel de competencia curricular, su ambiente familiar, sus carencias, sus expectativas de futuro,…

Todas estas condiciones marcan la diversidad de nuestros alumnos en el aula y las podríamos concretar en:

Alumnos / as con distinto nivel de competencia curricular:

Mientras unos han desarrollado las capacidades de etapas o ciclos anteriores otros sólo han desarrollado algunas y otros tienen un nivel superior al que les correspondería.

Alumnos / as que se encuentran en distintos momentos de desarrollo somático y psicológico:

Tienen diferentes ritmos de aprendizaje, condiciones físicas y psicológicas variadas que condicionan

su desarrollo, ambientes socio familiares ricos o pobres en estímulos, experiencias, expectativas,…

Alumnos / as con distintas motivaciones e intereses:

Cercanos al ambiente escolar y de estudio en unos casos, y muy alejados en otros. Con un Autoconcepto positivo o con falta de seguridad y confianza en si mismos

Alumnos / as con distintos estilos de aprendizaje:

Que se acercan, posiblemente, a uno o varios de los siguientes: Activo, Reflexivo, Teórico,

Pragmático. Unos con estrategias cognitivas y otros que cuando trabajan lo hacen mecánicamente.

Alumnos / as procedente de distintos ambientes y contextos socioculturales:

Ambientes familiares o sociales desfavorecidos o enriquecedores, minorías étnicas o culturales, emigrantes,…

4.2 Medidas a nivel centro, docentes y alumnos.

Partiendo de estas premisas las medidas que podemos tomar, para educar en la diversidad y para la diversidad las podemos centrar en tres grandes áreas de actuación:

En primer lugar tenemos las medidas que se pueden tomar a nivel de centro y que con carácter general, bien a través de normas organizativas y/o de líneas de trabajo van a crear un marco que posibilite la realización de actividades para y en la diversidad. Dentro de las medidas referidas al centro y con carácter general tenemos los progresivos niveles de concreción del currículum a través de la elaboración de los diversos instrumentos que concretizan el currículo, tales como el

Proyecto de Centro con los documentos que lo integran y que son: la Finalidades Educativas, el

Proyecto Curricular de Ciclo y/o Etapa, la Programación de Aula, el Plan de Acción Tutorial, el

Plan de Atención a la Diversidad ..etc. y que sirven de marco de referencia y guía de trabajo paranlos profesores de ese centro.

_ En segundo lugar nos centraremos en las medidas a nivel de trabajo del profesor que permitan la adopción de modelos de trabajo que posibiliten una verdadera educación que respete la pluralidad y diversidad de los alumnos. La realización de la Programación del Aula, lo cual supone un tercer nivel denconcreción curricular, tras el realizado primeramente a nivel de Administración Educativa, bien sea central o regional, y el realizado a nivel de centro educativo.

En esa programación de aula el profesor deberá de:

• Concretar los objetivos del ciclo.

• Organizando y secuenciando los contenidos del ciclo.

• Determinando los principios metodológicos a utilizar con los alumnos.

• Estableciendo los criterios de evaluación a utilizar.

_ Por último las medidas referidas a los alumnos que conlleven una concienciación y auto reflexión de ellos mismos sobre las peculiaridades de cada uno y el necesario respeto de las mismas. Estas medidas de atención a la diversidad se han de aplicar de forma continua y progresiva, de manera que la aplicación de las medidas generales favorezca la atención a la diversidad del conjunto del alumnado y, por tanto, disminuya el número de alumnos que requieran la adopción de medidas específicas. Así pues, podemos distinguir dentro de estos tres niveles medidas que se pueden aplicar de manera ordinaria en los centros y medidas que son práctica extraordinaria.

Veámoslas un poco más a fondo

Las MEDIDAS ORDINARIAS O GENERALES dirigidas a todo el alumnado, son las siguientes:

a) Concreción del currículo.

Los centros docentes concretan en el Proyecto Curricular, en las programaciones didácticas y,

en última instancia, en las programaciones de cada profesor o profesora la adaptación del currículo realizada, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, las diferentes capacidades, intereses y motivaciones del alumnado.

b) Organización de actividades de refuerzo.

Con el fin de superar las dificultades que el alumnado haya manifestado en las diferentes áreas de conocimiento, los centros docentes pueden planificar actividades de refuerzo.

c) Los agrupamientos flexibles.

Son una medida ordinaria de atención a la diversidad (refuerzo grupal), en la que se divide un grupo en dos o tres teniendo en cuenta las características (nivel de competencia curricular, estilo de aprendizaje, complementariedad, etc.) de los alumnos / as.

d) Medidas educativas complementarias para el alumnado que permanezca un año más en el mismo curso.

Con esta medida se pretende que el alumnado que presenta dificultades en el aprendizaje de los contenidos básicos, o que no ha alcanzado el suficiente grado de madurez, pueda lograrlo permaneciendo un año más en el mismo curso.

e) La orientación educativa, psicopedagógica y profesional y la tutoría.

La orientación educativa es un proceso de ayuda que favorece la calidad y mejora de la educación en los centros docentes, puesto que debe facilitar el conocimiento sistemático de las diferencias individuales y la respuesta organizada más adecuada. La orientación educativa constituye un elemento importante y decisivo de atención a la diversidad y, por ello, tiene como finalidad lograr una formación personalizada que propicie el desarrollo integral en conocimientos, destrezas y valores del alumnado en todos los ámbitos de la vida: personal, familiar, social y profesional. Mediante la tutoría se establece la necesaria coordinación de los equipos educativos y el seguimiento del alumnado para precisar las necesidades y respuestas educativas adaptadas a los grupos y personas según sus ritmos, situaciones, grados de maduración etc.

El trabajo en las tutorías es fundamental en el proceso de atención a la diversidad, ya que en él se realiza la conexión más directa y cercana con el alumnado, las familias y, en ocasiones, con otras instituciones; se establecen los sistemas de seguimiento y mejora del alumnado; los planes de modificación de conducta, de maduración personal y en el grupo; se coordina la información y las actuaciones acordadas en el equipo docente, etc. Nunca será suficiente la valoración y el reconocimiento administrativo de la labor tutorial en la enseñanza obligatoria. Gran parte del profesorado que ejerce la función tutorial con dedicación, entrega y pasión educativa está ocupando campos de auténtica compensación afectiva, moral, cultural, social y educativa.

Las MEDIDAS EXTRAORDINARIAS dirigidas al alumnado con necesidades específicas, se concretan en:

a) Adaptaciones curriculares individuales significativas (ACIS).

La adaptación curricular individual significativa es una medida extraordinaria que solamente

se aplicará al alumnado con necesidades educativas especiales, cuando se concluya que no son suficientes las otras medidas ordinarias de atención a la diversidad, como las medidas educativas complementarias o de refuerzo.

b) Adaptaciones de acceso al currículo.

Cuando las necesidades educativas especiales del alumnado se deriven de condiciones personales de discapacidad motora, sensorial o psíquica que le impidan la utilización de los medios ordinarios de acceso al sistema educativo, el centro docente que escolarice a este alumnado propondrá una adaptación de acceso al currículo, consistente en la dotación extraordinaria de recursos técnicos o materiales, o en la intervención de algún profesional especializado (audición y lenguaje, fisioterapeuta, educador de educación especial, etc.), que le posibilite acceder al aprendizaje.

e) Evaluación psicopedagógica que es necesaria para la aplicación de las medidas contempladas en los apartados anteriores.

La evaluación psicopedagógica es complementaria a la evaluación del profesorado, consiste en la recogida y análisis de información sobre el aprendizaje del alumnado. Será requisito necesario para identificar las necesidades educativas especiales del alumnado, previamente a la toma de las siguientes decisiones: la modalidad de su escolarización; la adopción de medidas adecuadas a su sobredotación intelectual; las ACIS o de acceso al currículo; el acceso a los PDC, a los PACG y a los PGS. Así mismo, es un elemento importante para formular el Consejo Orientador al alumnado.

5_ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECIFICA DE APOYO EDUCATIVO

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece un titulo nuevo denominado

EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN que sustituye a la Compensación de las desigualdades en la educación (Título V de la LOGSE) y a las referencias a la Educación Especial de la misma Ley.

En su artículo 68 se sustituye la denominación de alumnos con necesidades educativas específicas (LOCE) por alumnos con necesidad específica de apoyo educativo. Estos son, alumnos que requieran atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades educativas especiales, por altas capacidades intelectuales, por incorporación tardía al sistema educativo o por cualquier otra circunstancia personal o familiar que suponga necesidad de apoyo educativo. La atención a este alumnado de iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión que la LOCE había relativizado.

Los recursos que se plantean ya estaban señalados en la LOGSE. La aportación que hace la

LOE es el indicar que los criterios para determinar estas dotaciones (de personal especializado y materiales) serán los mismos para los centros públicos y concertados.

5.1 Alumnos con necesidades educativas especiales.

Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta. (Esta definición es nueva)

Las directrices que la LOE manifiesta para la atención de este alumnado son:

· La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario.

· La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.

· La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la debida cualificación y en los términos que determinen las Administraciones educativas.

· Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, elacceso del alumnado a un régimen de mayor integración.

· Corresponde a las Administraciones educativas promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria.

· Corresponde asimismo a las Administraciones educativas favorecer que el alumnado con necesidades educativas especiales pueda continuar su escolarización de manera adecuada en las enseñanzas postobligatorias, así como adaptar las condiciones de realización de las pruebas establecidas en esta Ley para aquellas personas con discapacidad que así lo requieran.

En lo concerniente a la integración social y laboral del alumnado que presenta nee destaca:

· Con la finalidad de facilitar la integración social y laboral del alumnado con necesidades educativas especiales que no pueda conseguir los objetivos de la educación obligatoria, las Administraciones públicas fomentarán ofertas formativas adaptadas a sus necesidades específicas.

· Las Administraciones educativas establecerán una reserva de plazas en las enseñanzas de formación profesional para el alumnado con discapacidad.

5.2 Alumnos con altas capacidades

Por primera vez en nuestro sistema educativo, aparece en una Ley Orgánica de Educación una mención que determina la atención del alumnado con altas capacidades como alumnado que precisa un apoyo educativo especifico.

De esta manera se responsabiliza a la Administración educativa de la necesidad de adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades. Asimismo, les corresponde adoptar planes de actuación adecuados a dichas necesidades.

En lo referente a la escolarización, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades

Autónomas, establecerá las normas para flexibilizar la duración de cada una de las etapas del sistema educativo para los alumnos con altas capacidades intelectuales, con independencia de su edad.

5.3 Alumnos con incorporación tardía al sistema educativo español

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su espíritu de equidad, dedica un capitulo a los alumnos con integración tardía en el sistema educativo, en los siguientes términos:

· Corresponde a las Administraciones públicas favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español. Dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la edad de escolarización obligatoria.

· Las Administraciones educativas garantizarán que la escolarización del alumnado que acceda de forma tardía al sistema educativo español se realice atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, de modo que se pueda incorporar al curso más adecuado a sus características y conocimientos previos, con los apoyos oportunos, y de esta forma continuar con aprovechamiento su educación.

Para llevar a cabo dicha incorporación se llevaran a cabo Programas específicos con las siguientes características:

· Los alumnos destinatarios serán aquellos que presenten graves carencias lingüísticas o en sus competencias o conocimientos básicos.

· El desarrollo de estos programas será en todo caso simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje.

Las Administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias para que los padres o tutores del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo reciban el asesoramiento necesario sobre los derechos, deberes y oportunidades que comporta la incorporación al sistema educativo español.

En definitiva:

· se sustituye la denominación alumnos inmigrantes de la LOCE por alumnado de incorporación tardía al sistema educativo.

· Se sustituye el acomodo al curso y ciclo respectivo exclusivamente por edad (LOGSE) por la atención a un conjunto de factores como las circunstancias y los conocimientos e historial académico.

· Se regulan programas específicos para estos alumnos pero, se señala que el desarrollo de los mismos será simultáneo a la escolarización de los alumnos en los cursos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje.

6_MEDIDAS EDUCATIVAS ESPECÍFICAS

Con un currículo diseñado para atender a la diversidad se reduce considerablemente el número de necesidades educativas que deban considerarse específicas en un contexto dado, existirán siempre alumnos y alumnas que precisarán de un planteamiento diferenciado, en mayor o menor grado, del provisto a sus compañeros.

Niños y niñas que presentarán diversas dificultades de aprendizaje, ya sea por las características asociadas a determinado hándicap personal, ya sea como consecuencia más directa de una historia educativa poco afortunada vinculada a factores de tipo familiar, social o pedagógico. Y, junto a ellos, otros que presentarán n.e.e. como consecuencia de sus cualidades excepcionales.

Las adaptaciones del currículum son el instrumento encaminados a posibilitar la individualización didáctica.

La adaptación curricular individualizada puede definirse como el conjunto de acciones sobre el currículo escolar diseñado para una población dada, que conducen a la modificación de uno o más de sus elementos básicos (qué, cómo y cuándo enseñar y evaluar), cuya finalidad es la de posibilitar al máximo la individualización didáctica en el contexto más normalizado posible para aquellos alumnos que presentan cualquier tipo de necesidades educativas especiales. Al igual que las nee las adaptaciones curriculares pueden consistir en los pequeños cambios habituales que el profesor introduce en su práctica para adecuar la enseñanza a las dificultades que van experimentando sus alumnos, hasta las modificaciones extremas del currículo ordinario.

Las adaptaciones curriculares parten de los siguientes principios básicos:

· La propuesta educativa, en especial la que se refiere a los objetivos, ha de ser la misma para el conjunto de alumnos. Lo que varía son las ayudas que cada uno ha de recibir, en función de sus peculiares necesidades educativas.

· El diseño de las adaptaciones para un alumno que presenta necesidades educativas especiales debe partir de la propuesta educativa para el conjunto del alumnado.

· Las adaptaciones realizadas para alumnos con nee pueden plantear objetivos didácticos diferentes a los de las programaciones generales, pero deben responder a las mismas capacidades generales.

Permanencia de un año más

La permanencia de un alumno un año más en un ciclo o curso será decisión del equipo docente del grupo en el que está escolarizado, coordinado por el profesor tutor, que valorará si éste ha desarrollado los aprendizajes básicos que le permitan seguir avanzando al ciclo o curso siguiente.

Medida extraordinaria de atención a la diversidad que consiste en alargar la escolarización del alumnado para facilitarle la adquisición de los objetivos de un ciclo o etapa.

En Primaria sólo se podrá aplicar una vez en cada etapa, cuando permita esperar que se alcancen los objetivos del ciclo o etapa o se deriven beneficios de socialización.

Reducción de un año de escolaridad

En Educación Primaria se podrá reducirse un año la escolarización cuando en la evaluación psicopedagógica, acreditado el alumno con altas capacidades intelectuales, se prevea que dicha medida es adecuada para el desarrollo de su equilibrio personal y de su socialización y que global mente tiene adquiridos los objetivos del ciclo que le corresponde cursar (en Primaria podrá anticiparse un año la escolarización o reducirse en un año la permanencia, pero en ningún caso podrán tomarse las dos medidas sobre el mismo alumno/a).

Plan de compensación educativa

Es una medida extraordinaria y específica de atención a la diversidad dirigida a compensar las necesidades educativas especiales de los alumnos, originadas por estar en situaciones sociales o culturales desfavorecidas. Sus finalidades son:

1. Promover medidas de acogida e inserción de minorías étnicas o culturales en desventaja.

2. Apoyar la consecución de los objetivos educativos.

3. Fomentar la asistencia continuada y evitar el absentismo escolar del alumnado.

4. Impulsar la coordinación con servicios sociales y entidades privadas.

5. Facilitar atención educativa a alumnos hospitalizados.

Adaptaciones curriculares individuales

Se entiende por adaptaciones curriculares los ajustes o modificaciones que se realizan en los diferentes elementos de la oferta educativa común, para dar respuestas a las diferentes necesidades de aprendizaje de los alumnos.

Característicasde las adaptaciones curriculares

Son relativas y cambiantes. De la misma manera que las DA no pueden establecerse con carácter definido, ni de forma determinante, los ajustes que requieren estarán estrechamente relacionados con el tipo de respuesta que requieren.

Forman un continuo. Las adaptaciones curriculares necesarias para compensar las dificultades de aprendizaje constituyen un continuo, que va desde ajustes poco significativos del planteamiento educativo común, a modificaciones más significativas, y desde ajustes temporales a modificaciones más permanentes

Las adaptaciones pueden ser:

Podemos clasificar las adaptaciones de distinta manera, en función del criterio

que utilicemos para ello.

Si tenemos en cuenta los elementos modificados, hablamos de dos tipos:

Adaptaciones de acceso al currículo. Se pueden considerar como las modificaciones o la provisión de recursos espaciales materiales o de comunicación que van a facilitar que algunos alumnos con NEE puedan desarrollar el currículo ordinario o, en su caso, el currículo adaptado. Por tanto, hacen referencia a (MEC;1993):

· Espacios. Condiciones de acceso, sonorización y luminosidad, que favorecen el proceso de enseñanza – aprendizaje y la movilidad y autonomía de los alumnos.

· Materiales. Adaptación de materiales de uso común y/o provisión de instrumentos específicos que pueden facilitar el proceso de enseñanza o aprendizaje de los alumnos y compensar sus dificultades: mobiliario, materiales equipamientos específicos o ayudas técnicas para el desplazamiento, visión o audición.

· Comunicación. Aprendizaje de un sistema de comunicación complementario aumentativo o alternativo del lenguaje oral. Determinados alumnos necesitan aprender y utilizar otros códigos sin que ello implique renunciar al aprendizaje del lenguaje oral. El aprendizaje de dichos sistemas va a facilitar que estos alumnos puedan acceder a los planteamientos curriculares, así como la posibilidad de interactuar y comunicarse con los demás

Algunos autores consideran también como elementos de acceso los medios personales. En este sentido, se consideran servicios personalizados o rehabilitadores en fisioterapia, logopedia, medicación psicomotriz, etc. ., así como la evaluación multidimensional. Suelen incluirse en esta categoría también los cuidados personales de alumno y determinados servicios sociales y sanitarios que, aun presentándose las más de las veces fuera de circuito escolar; constituyen una parte muchas veces esencial.

Adaptaciones curriculares. Son el conjunto de modificaciones que se realizan en los diferentes elementos curriculares: objetivos, contenidos, criterios y procedimientos de evaluación, actividades y metodología, para atender a las diferencias individuales de los alumnos.

En las adaptaciones curriculares pueden distinguiese dos grandes grupos:

1. Adaptaciones curriculares no significativas: modificaciones en algunos elementos de la programación diseñada para todos los alumnos, pero que no afectan a las enseñanzas básicas del currículum oficial. Son adaptaciones referidas al cómo enseñar y evaluar. Son las modificaciones que se realizan en los agrupamientos de los alumnos; los métodos, técnicas y estrategias de enseñanza – aprendizaje y evaluación de las actividades programadas hacen referencia a:

· La situación del alumno con necesidades especiales respecto al grupo.

· La introducción de métodos y técnicas especificas (Braille, sistema de comunicación, habilidades sociales, etcétera.).

· La utilización de técnicas, procedimientos e instrumentos de evaluación distintos a los grupos de referencia.

· La incorporación, en las actividades, del tipo de ayuda adecuado (típica, visuales, verbales, etcétera).

· La introducción de actividades individuales para el desarrollo de contenidos y objetivos específicos del alumno con NEE.

· La introducción de actividades individuales, alternativas o complementarias.

· La eliminación de actividades

2. Adaptaciones curriculares significativas: modificaciones en elementos de la programación que afectan a los aprendizajes esenciales de las distintas áreas curriculares. Nos estamos refiriendo a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y, en relación con ellos, a la temporalizarían, priorización, introducción o eliminación de los mismos.

Son adaptaciones referidas al qué y cuándo enseñar y evaluar. Son modificaciones individuales que se efectúan desde la programación común en objetivos, contenidos y criterios de evaluación para responder a las necesidades de cada alumno. Pueden consistir en:

· Adecuar los objetivos, contenidos y criterios de evaluación.Estas adecuaciones tienen sobre todo sentido en ámbitos más amplios del desarrollo curricular (proyecto curricular y programaciones) y resul­tan un medio idóneo para que los alumnos con nee trabajen los objetivos comunes al resto de los alumnos.

· Dar prioridad a determinadas objetivos, contenidos y criterios de evaluación. En algunos casos puede comportar la renuncia a otros objetivos y contenidos del currículo, de forma temporal o permanente, en otros, no.

· Cambiar la temporalización de los objetivos y criterios de evaluación. Generalmente este cambio implica conceder más tiempo al alumno con nee para alcanzar el objetivo.

· Introducir contenidos, objetivos y criterios de evaluación. Lo más usual es que el alumno con NEE precise, en un momento determinado, trabajar contenidos y objetivos que no están contemplados en el currículo de referencia, bien porque no forman parte del mismo o bien porque pertenecen a otra etapa educativa. Esta adaptación comportará la introducción de los criterios de evaluación correspondientes.

· Eliminar contenidos, objetivos y criterios de evaluación. Consiste en la supresión de objetivos y contenidos y, por tanto, de sus correspondientes criterios de evaluación para toda la etapa. Siempre que ello sea posible, deberá tenderse a renunciar a aquellos objetivos y contenidos menos fundamentales a lo largo de los sucesivos ciclos y etapas educativas.

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