Tema 5 – El centro específico de Educación Especial: características del Proyecto Educativo y del Proyecto Curricular. Referentes básicos y criterios para su elaboración.

Tema 5 – El centro específico de Educación Especial: características del Proyecto Educativo y del Proyecto Curricular. Referentes básicos y criterios para su elaboración.

Introducción.

La sociedad en la que vivimos, tan cambiante y plural, ha provocado que nuestro sistema educativo también cambie, adoptando un nuevo modelo de escuela comprensiva e integradora desde la década de los 70, que con la promulgación de Ley para la mejora de calidad educativa en nuestro país, se convierte en un modelo de escuela abierta a las características sociales y culturales del entorno a través de los programas de integración de los alumnos con n.e.a.e, a los cuales escolarizamos, siguiendo los principios de normalización e integración.

La educación especial deja por tanto de entenderse como la educación de un tipo determinado de personas, y deja de centrarse en sus déficits para entenderse como el conjunto de recursos educativos puestos a disposición de los alumnos que podrán necesitarlos de forma temporal o permanente.

Entre estos recursos educativos se encuentran los centros específicos de Educación Especial, los cuales no deben entenderse como una oferta educativa desvinculada del sistema general, sino como un recurso más integrado en el mismo.

Nosotros como maestros especialistas de Educación Especial (EE), desempeñamos un papel fundamental en estos centros, ya que nuestro trabajo se vincula a la función del tutor. Por ello debemos conocer bien las principales características de estos centros.

Para ello vamos a desarrollar el tema a través de dos partes bien diferenciadas. La primera en la que vamos a tratar las características del centro de EE desde una perspectiva histórica, haciendo referencia a la legislación que lo regulariza, conceptualizándolo, desarrollando sus objetivos y a qué población va dirigido, así como los medios personales y materiales y organizativos con los que cuenta. Y una segunda parte en la que vamos a ver el tratamiento del Proyecto Educativo y Proyecto Curricular en estos centros: concepto, elementos y referentes básicos para su elaboración.

1. El centro específico de educación especial (CEEE)

La actual denominación de CEEE, suple a la de Centros Específicos de Pedagogía Terapéutica. Sin duda, responde al cambio que se ha producido en la concepción de la educación especial que desplaza el énfasis que se ponía en el déficit del alumnado, para situar el centro de atención en las ayudas y servicios educativos.

En el siguiente apartado abordaremos tres aspectos importantes en la concepción del CEEE. En primer lugar, una perspectiva histórica. En segundo lugar, las nociones básicas sobre la escolarización en este tipo de centros. Y, en tercer lugar, hablaremos de los recursos de los cuales dispone.

1.1. Perspectiva histórica

En torno a los años 60, se produce un auge en la creación de centros específicos de educación especial, caracterizados por presentar numerosas lagunas debido a la falta de planificación.

Con La Ley General de Educación (1970) se contempla, por primera vez, la regulación de la educación especial. Planteando la necesidad de escolarizar a los niños con deficiencia e inadaptados.

En 1982, la LISMI y el Real Decreto de 1985 plantean que la educación de los alumnos afectados más gravemente afectados se podrá llevar a cabo en centros o unidades específicas de educación especial, siguiendo las mismas finalidades educativas planteadas para el resto de los alumnos.

En esta línea se presentó en 1993, una propuesta de Diseño Curricular para la elaboración de los programas de desarrollo individual a modo orientativo que recoge las siguientes consideraciones:

P Aborda aprendizajes funcionales, expresados en términos de conducta, graduados en dificultad.

P Se basa en los principios metodológicos de globalización, actividad, funcionalidad, individualización, socialización.

P Se agrupan los contenidos por áreas: Lengua, Matemáticas, Socialización, Dinámica, Plástica…

Posteriormente, con la publicación de la LOGSE, los CEEE se consideran como modalidad extraordinaria de escolarización, que supone un régimen dinámico, dado que a partir de revisiones periódicas se pretende, en la medida de lo posible el acceso a un régimen de mayor integración. Finalmente, parte del concepto de nee, realizando las adaptaciones y diversificaciones del currículum precisas.

1.2. La escolarización en los CEEE

En coherencia con la definición de la LOGSE, que entiende la Educación Especial como el conjunto de recursos puestos a disposición de los alumnos, el centro específico de educación especial constituye un recurso más, que forma parte del continuo de respuestas planteadas desde el sistema educativo para la integración de personas con nee, en este caso graves y permanentes.

Este tipo de centros, se rige por el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Educación Primaria.

Se concibe como un recurso abierto que además de ofrecer la respuesta al alumnado escolarizado en los CEEE, puede prestar colaboración y asesoramiento a otros profesionales que trabajan con alumnado con nee escolarizado en otros centros, así como establecer relaciones de coordinación con los diferentes servicios, tanto educativos como sanitario y sociales, que atienden a la misma población.

Para escolarizar a un alumno en este tipo de centros se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones, extraídas del Real Decreto 696/1995:

4 Realización previa del Informe Psicopedagógico y Dictamen de escolarización. Este proceso inicial de escolarización, se realiza siguiendo los siguientes pasos: comunicación del Director del centro al Orientador de zona de la situación. Recogida de información y valoración de datos por parte del Orientador. Elaboración de la evaluación psicopedagógica y emisión del dictamen por parte del EOEP de zona o específico. Informar a la familia. Informe de Inspección y determinación por la autoridad competente de la modalidad de escolarización.

4 El alumno debe precisar una adaptación curricular muy significativa del currículum.

4 El alumno debe necesitar recursos muy específicos de difícil generalización

De las ideas aquí planteadas, podemos extraer como características de la escolarización en CEEE las siguientes:

¡ Escolarización excepcional: tal como recoge el artículo 37 de la LOGSE “La escolarización en CEEE sólo se llevará a cabo cuando las necesidades del alumno no puedan ser atendidas en un centro ordinario”.

¡ Escolarización transitoria: será revisada periódicamente, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso de alumnos a un régimen de mayor integración, para lo que se realizará el seguimiento necesario.

¡ Límite de la escolarización: los alumnos podrán permanecer escolarizados en estos centros hasta los veinte años.

Por tanto, podemos decir que la finalidad básica que debe impregnar el trabajo en los CEEE es mejorar la calidad de vida de su alumnado. En este sentido, el término calidad de vida hace referencia a diferentes parámetros, entre ellos: salud y cuidados, autonomía personal y social, y máxima participación en la comunidad.

En cuanto a la organización de las enseñanzas presente en este tipo de centros podemos decir que, con carácter general, se impartirá la educación básica obligatoria y una formación que facilite la transición a la vida adulta de los alumnos escolarizados en ellos. En este sentido, la escolarización comenzará y finalizará en las edades establecidas por la ley con carácter general.

La respuesta educativa para estos alumnos favorecerá la adquisición de habilidades y destrezas básicas para vida diaria que, desarrollen su autonomía personal y social, así como sus potencialidades en cuanto a la comunicación. A partir de los catorce años, se aplicarán programas de tránsito a la vida adulta y de aprendizajes de tareas.

De este modo, podemos concretar la organización de la escolaridad obligatoria en las siguientes etapas: infantil, primaria y programas de tránsito a la vida adulta.

Excepcionalmente y cuando la propuesta del equipo de orientación educativa y psicopedagógica lo aconseje podrán escolarizarse en centros de Educación Especial alumnos cuyas edades corresponden al segundo ciclo de educación infantil.

1.3. Los recursos de los CEEE

Partiendo de la idea de mejora en la calidad de la enseñanza, finalidad planteada en la Ley 1/1990 LOGSE, una de las medidas para conseguir tal fin es la dotación de medios personales y materiales a los centros.

Por este motivo, podemos decir que los recursos personales constituyen un conjunto de personal especializado y cualificado, cuya labor se intenta realizar en entornos lo más normalizados posibles, siendo imprescindible la coordinación de todos los que incidan en el alumno.

Según la Orden 9 de abril, se consideran recursos personales básicos para apoyar la atención a las nee en los CEEE, los siguientes:

¡ Profesor especialista de EE:

z 4-5 alumnos: alteraciones graves de conducta y escaso nivel de autonomía personal.

z 6-8 alumnos: referente curricular en primer ciclo de primaria y/o nivel de autonomía suficiente.

z 8-10 alumnos: alumnos que permitan tránsito a la vida adulta.

¡ Profesor especialista en Audición y Lenguaje: 20 alumnos.

¡ Auxiliar educativo: 6-8 alumnos. Desarrollo de programas de autonomía personal.

¡ Adjunto de taller: cada 16 alumnos mayores de 14 años- 1 adjunto de taller en cada centro. grupos de 8 alumnos. Desarrolla programas de tránsito a la vida adulta conjuntamente con otros profesionales del centro.

¡ EOEP de zona o específico (psicólogo o pedagogo): para un solo centro con 80-90 alumnos.

¡ Si se precisan, la Consejería de Educación podrá establecer contratos, acuerdos o convenios de colaboración con otras instituciones públicas o privadas para facilitar aquellos otros tratamientos o servicios de tipo médico-asistencial o rehabilitación que precisen los alumnos: fisioterapeuta, médico, ATS, terapia ocupacional.

2. Características del PEC y PCC

Con el fin de atender eficazmente a las peculiaridades, diversidad y pluralidad de su población, los centros docentes, teniendo en cuenta las directrices que se indican en la LOGSE y en los decretos de enseñanza, deben realizar las tareas de adaptación curricular, las cuales tienen respuesta en el Proyecto Educativo de Centro y en el Proyecto Curricular.

Esta necesidad de planificar, proviene entre otros aspectos, de las propuestas planteadas desde el inicio de la Reforma, que ha venido enfatizando la necesidad de desarrollar la autonomía de los centros educativos.

En este sentido, podemos hacer alusión a lo aportado por la LOPEG en su artículo 1, que establece que los poderes públicos fomentarán la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes sostenidos con fondos públicos y en la definición de su proyecto educativo.

Es por ello, que en el presente apartado se recojan algunas de las características básicas sobre los documentos del centro relativos al PEC y PCC.

2.1. Características del PEC

El Proyecto Educativo es el eje vertebrador y la referencia básica de la vida del centro. Se configura como el documento más importante de los que componen el Proyecto de centro, pues debe inspirar toda la actuación educativa, planificadora y organizativa de la Institución Escolar. Además de ser el punto de partida y referencia obligada para la elaboración del resto de documentos a través de los cuales se sistematiza y estructura la vida del Centro.

Algunas de las características constitutivas del mismo son:

– Tener carácter integral, de manera que contemple aspectos formativos, curriculares, de convivencia, organización o gobierno.

– Tener carácter prospectivo, a partir del análisis de la realidad.

– Ser coherente, en el sentido de conseguir una interrelación adecuada del Centro de manera global y de ser aplicable a ese realidad de manera práctica.

Atender a la diversidad de situaciones personales y sociales que pueda presentar el conjunto de la Comunidad Educativa.

– Ser flexible, es decir, susceptibles de modificaciones en función de la reflexión y el análisis sobre su práctica.

La elaboración del Proyecto Educativo tiene que realizarse en función de un amplio conocimiento y análisis de la realidad a la que se dirige, de forma que pueda partir de una información sólida que permita tomar las decisiones adecuadas y adaptarse a las necesidades de los alumnos.

En este sentido, algunos de los ámbitos a tener en cuenta en la toma de decisiones para configurar el Proyecto Educativo son:

– Análisis del contexto sociocultural en el que se ubica el centro.

– Características de los alumnos del centro.

– Características del profesorado del centro.

– Características de los recursos materiales y espaciales del centro.

Necesariamente, para comenzar su elaboración es preciso partir de tres interrogantes básicos: ¿dónde estamos?, ¿qué queremos? y ¿cómo nos organizamos?

El objetivo básico cuando se elabora el PEC es dar coherencia a las actuaciones educativas del mismo, adaptando a las características del contexto y del alumnado los objetivos generales de la educación. Para la elaboración del PEC de los CEEE se deben desarrollar los mismos contenidos que en el resto de los centros educativos, no obstante debemos tener especial consideración en la adecuación de los siguientes aspectos:

å La presencia de profesionales con diversas funciones que confluyen en la atención de los alumnos.

å La necesaria conexión del centro con los distintos estamentos y servicios comunitarios.

å La creación de estrechas relaciones de colaboración con las familias.

å La especificidad de las instalaciones, equipamiento y materiales.

å Las características excepcionales y las necesidades diversas de los alumnos escolarizados en ellos.

2.2. Características del PCC

Son múltiples las definiciones aportadas para describir en qué consiste el Proyecto Curricular. Concretamente, podemos hacer alusión a la expuesta en diferentes documentos de la Consejería de Educación: Conjunto de actuaciones articuladas entre sí y compartidas por el equipo docente de un centro educativo mediante el cual se concretan y desarrollan las intenciones y prescripciones generales contenidas en los Decretos de Enseñanza para las distintas etapas.

Esta definición, como muchas otras, hacen referencia al concepto de currículo entendido, de acuerdo con el artículo 4 de la LOGSE como el conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada uno de los niveles, etapas, grados y modalidades del sistema educativo que regulan la práctica docente.

En este sentido, el currículo se define, además como abierto y flexible, dando lugar a que los niveles de concreción curricular garanticen el derecho a las experiencias educativas de todos los alumnos.

Concretamente, el Proyecto Curricular, que se rige por lo expuesto en la resolución de 25 de abril de 1996 para su elaboración, se configura como uno de los niveles de concreción curricular que queda recogido en base al siguiente esquema:

Partiendo de los Reales Decretos que establecen el currículo, el primer nivel de concreción curricular lo realizan las Comunidades Autónomas que tienen competencia para ello.

El segundo nivel de concreción es responsabilidad de los centros educativos que elaboran sus propios Proyectos Curriculares de centro. Siendo los equipos de profesores los responsables del tercer nivel de concreción curricular y, para ello, elaboran las programaciones de ciclo.

Finalmente, puede ser entendido como cuarto nivel de concreción las Adaptaciones Curriculares Individuales para los alumnos con nee.

Por otro lado, es importante mencionar que los principales elementos del Proyecto Curricular responden a los siguientes epígrafes:

– Qué enseñar: adecuación de los objetivos de la etapa.

– Cuándo enseñar: secuenciación de objetivos y contenidos en cada ciclo.

– Cómo enseñar: principios metodológicos, materiales, espacios, tiempos y agrupamientos.

– Decisiones sobre evaluación: criterios de evaluación, cómo evaluación y criterios de promoción.

– Medidas de respuesta a la diversidad: desarrollo de programas de orientación y organización de recursos personales y materiales para los alumnos con nee.

Por todo lo expuesto, podemos argumentar que la finalidad del Proyecto Curricular se centra en concretar y adecuar el currículo oficial a las peculiaridades y necesidades del alumnado y a las características del entorno, siendo los responsables de su elaboración el equipo docente.

Algunas de las características más notorias del Proyecto Curricular del centro específico de educación especial son:

¶ El PCC es una adaptación muy significativa de centro, modificando o incluyendo aspectos que se consideran importantes.

¶ Los contenidos se estructuran en ámbitos significativos, de acuerdo al tipo de experiencias y conocimientos adecuados a este tipo de alumnos, como son las relativas al conocimiento corporal, la construcción de la identidad, el conocimiento y participación en el medio físico y social, así como la comunicación y lenguaje.

¶ Los contenidos se secuencian siguiendo criterios de funcionalidad, siendo necesario abordar muchos de ellos de forma cíclica a lo largo de la escolaridad.

¶ La organización de la respuesta educativa ha de ser necesariamente diversa.

3. Referentes básicos y criterios para la elaboración del PEC y PCC

El referente básico para la elaboración de los Proyectos Educativos y Curriculares de los centros específicos de educación especial es el currículo establecido con carácter general para todo el alumnado.

Dadas las características de las necesidades educativas del alumnado escolarizado en los CEEE sus Proyectos Educativo y Curricular deben suponer una adaptación muy significativa del Diseño Curricular Base, como se ha expuesto en apartados anteriores, dado que conllevan modificaciones sustanciales en los objetivos y adecuaciones específicas en la organización de las áreas y los ciclos.

Otro de los referentes importantes lo constituye la normativa vigente, por ejemplo la Orden de 9 de abril de 1997, que da prioridad al carácter funcional que debe presidir la respuesta educativa para este alumnado, contemplando aspectos tales como el desarrollo de la autonomía personal, la comunicación y el tránsito a la vida adulta.

Tomando en consideración los referentes generales anteriores, la realización de los PEC y PCC de estos centros debe tener en cuenta los siguientes criterios:

Calidad de vida: entendiendo por ella el desarrollo de la autonomía personal, el máximo nivel de participación social y un cierto grado de satisfacción personal.

Funcionalidad: los contenidos de aprendizaje que se programen deberán responder a la necesidad de que el alumno se desenvuelva con la mayor autonomía posible en los diversos contextos sociales en los que vive.

Confianza en las propias capacidades: desarrollar al máximo la capacidad de tomar decisiones para resolver problemas de la vida diaria: ir al colegio, coger la guagua, realizar la compra…

Socialización: dar prioridad a la comunicación social, como marco general de la interacción educativa.

El entorno como fuente de aprendizaje: diseño cuidadoso del contexto en el que se desarrollan las situaciones de aprendizaje para que estos se hagan en los entornos más naturales posibles, aprovechando situaciones de la vida cotidiana, considerando el entorno como elemento básico del proceso educativo.

Edad social: adaptando las situaciones educativas a la edad social del alumno, estableciendo estrategias adecuadas para la infancia, la juventud…

En esta misma línea, algunos de los criterios para la adaptación del currículo a los colectivos de alumnos con discapacidades más graves, propuestos por el Centro de Desarrollo Curricular del Ministerio de Educación y Ciencia, son:

³ Equilibrar los niveles de exigencia que implica el desarrollo y consecución de las capacidades y contenidos con las limitaciones y posibilidades de los alumnos.

³ Tener en cuenta el tipo y grado de ayuda y mediación que estos alumnos requieren.

³ Considerar que los procesos psicológicos de estos alumnos están fuertemente vinculados a los concreto.

³ Establecer continuas relaciones entre los objetivos y contenidos y el tiempo a invertir para su adecuado desarrollo y aprendizaje.

³ Seleccionar los contenidos y objetivos atendiendo tanto a las posibilidades de los alumnos como a su edad cronológica y a los aprendizajes y funciones a desempeñar en los diferentes entornos en los que transcurre o transcurrirá su existencia.

³ Compatibilizar el equilibrio entre las distintas capacidades a desarrollar con la priorización de algunas de ellas.

³ Partir del carácter experiencial de los aprendizajes que realizan esto alumnos.

³ Tener en cuenta las necesidades y características de todos los alumnos a la hora de seleccionar y explicitar los objetivos y contenidos.