Tema 22 – La intervención del maestro de audición y lenguaje con los alumnos y alumnas con alteraciones del habla. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares.

Tema 22 – La intervención del maestro de audición y lenguaje con los alumnos y alumnas con alteraciones del habla. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares.

Como INTRODUCCIÓN cabe señalar que a lo largo del tiempo la educación especial ha ido experimentando un cambio significativo, ya que es un hecho inherente a la condición humana la existencia de diferencias individuales. La forma en que la sociedad ha concebido y conceptualizado a las personas con ALTERACIONES DEL HABLA ha condicionado y condiciona el tipo de respuesta educativa a las necesidades de dichas personas. Por ello, conocer LA INTERVENCIÓN DEL MAESTRO DE AL CON RESPECTO las nee de nuestros alumnos/as con ALTERACIONES DEL HABLA, es de vital importancia a fin ofrecer una educación de calidad, en igualdad de oportunidades, compensadora de desigualdades y ajustada a las NEE de nuestros alumnos.

De ahí que en la propuesta tanto de la anterior legislación educativa, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación, la LOE, como de la actual Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), se desarrolle en un modelo de enseñanza abierto, flexible y adaptable a las condiciones y circunstancias del alumnado.

Por consiguiente, sobre la base de estas premisas, para desarrollar el tema que nos ocupa seguiremos el siguiente índice:

1. LA INTERVENCIÓN DEL MAESTRO DE AUDICIÓN Y LENGUAJE CON LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON ALTERACIONES DEL HABLA

2. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE ADAPTACIONES CURRICULARES (AC) PARA LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON ALTERACIONES DEL HABLA

3. CONCLUSIÓN

4. BIBLIOGRAFÍA

5. LEGISLACIÓN

  1. LA INTERVENCIÓN DEL MAESTRO DE AUDICIÓN Y LENGUAJE CON LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON ALTERACIONES DEL HABLA

Siguiendo la LOE (Ley Orgánica de Educación de 3 de mayo de 2006), en su Título II (Equidad en la Educación), incluye en la denominación de “alumnado con necesidad específica de apoyo educativo” al alumnado que presenta NEE, altas capacidades o incorporación tardía al sistema educativo.

Según el art.73, un alumno que presenta NEE es aquel que requiere, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

Esta nueva denominación supone un gran avance en la educación de estos alumnos y alumnas que actualmente encontramos en nuestras aulas.

Actualmente, como hemos comentado antes, nos regimos parcialmente por la LOMCE, la cual también realiza nuevas consideraciones en el ámbito de atención a la diversidad.

Atendiendo a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), no se modifica el concepto de NEE en el art.73, pero sí se incluye dentro de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo a los alumnos que presenta TDAH.

De manera que un alumno con alteraciones del habla requiere NEE, ya que nos referimos a alteraciones de la articulación y expresión oral, es decir, a trastornos de la expresión lingüística.

La provisión de recursos personales y materiales para un alumno ha de estar siempre en función de sus necesidades y posibilidades en base al currículum, adaptado o no, y no suponer que, por presentar algún déficit, va a precisar siempre de tales recursos. Son uno de los elementos de acceso al currículo y las escuelas han de disponer de ellos, de forma que aseguren las mejores condiciones para dar respuesta a las necesidades educativas de todos los alumnos.

Recordemos, además, que según la LOE en su Art. 74, que la LOMCE no modifica, el alumnado con NEE precisa de determinados apoyos y atenciones educativas específicas para conseguir los propósitos educativos. Por ello, dichas ayudas constituyen medios valiosos en la atención a la diversidad y en el acceso al currículo.

En consecuencia, concretamente el Artículo 72, tanto de la LOE como de la LOMCE, dedicado a los alumnos con NEAE, señala que para alcanzar los fines señalados en el artículo anterior, las administraciones educativas dispondrán del profesorado de las especialidades correspondientes, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado. Además, dota a los centros de recursos necesarios. Además,

el artículo 112 establece que la Administración dotará de:

– Medios materiales y humanos necesarios para ofrecer una educación de calidad y garantizar la igualdad de oportunidades en la educación.

– Infraestructura informática necesaria para garantizar la incorporación de las tecnologías

– Y de complementarios y de apoyo para los alumnos con NEAE

Y el Decreto 39/98, de 31 de marzo, establece artículo 4 la dotación de recursos y apoyos, y equipamiento didáctico y los medios técnicos precisos que posibiliten la participación de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales en todas las actividades escolares.

Por consiguiente, según el art. 19 de la Orden de 16 de julio de 2001, de la Consellería de Educación y Ciencia, por la que se regula la atención educativa al alumnado con NEE, se establece las funciones del MAL:

a)Participar en la prevención, detección, evaluación y seguimiento de problemas relacionados con el lenguaje y la comunicación.

b) Colaborar en la elaboración de adaptaciones curriculares para el alumnado con n.e.e. En el ámbito de su competencia.

c) Intervenir directamente sobre el alumnado que presenta trastornos del lenguaje y la comunicación.

d) Informar y orientar a los padres, madres o tutores legales de los alumnos y alumnas con los que interviene a fin de conseguir una mayor colaboración e implicación en los procesos de enseñanza-aprendizaje.

e) Coordinarse con todos los profesionales que intervienen en la educación del alumnado con NEE

Hacemos mención de todas las funciones del MAL, ya que, en mayor o menor medida, todas se dirigen hacia la intervención de aquellos problemas de la comunicación y el lenguaje, de forma DIRECTA cuando la acción educativa recae directamente en el alumno, o de forma INDIRECTA cuando la acción educativa se centra en la colaboración y cooperación de los agentes mediadores como la familia y maestros.

La intervención hace referencia a la toma de decisiones que es el resultado de la identificación y valoración de las NEE. Hablamos de la EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA, que se entiende como un proceso de recogida, análisis y valoración de la información relevante, sobre los distintos elementos que intervienen en el proceso de enseñanza aprendizaje, para determinar las necesidades educativas y se construye la respuesta educativa, esto significa tomar decisiones en cuanto a las NEE del alumno en cuestión. Estas decisiones se dirigen tanto a planteamientos curriculares, organizativos, de recursos, así como, si fuera necesario, de modalidad de escolarización.

De manera que una vez analizada y valorada toda la información, y establecido las NEE del alumno, procederemos a programar la respuesta más adecuada para este.

– Donde partiremos de unos Objetivos generales y decidiremos que estrategias de intervención adoptaremos

Para explicar brevemente a modo general la INTERVENCIÓN DE LAS ALTERACIONES DEL HABLA seguiremos la relación de patologías que se utiliza en la Orden del 16 de Julio del 2001, Art. 19.3, Dislalia, disartria, disglosia y disfemia.

Como objetivo principal, sin pretender homogeneizar, el planteamiento debe dirigirse a rehabilitar el lenguaje oral como conjunto de hábitos comunicativos, favoreciendo situaciones comunicativas en distintos contextos.

Además, deberemos tener en cuenta que en la intervención de estos casos debe establecerse una progresión de orden fonológico, léxico y sintáctico, partiendo de las adquisiciones conseguidas de cada sujeto, e integrando cada logro en el uso del lenguaje.

En cuanto a la INTERVENCIÓN con alumnos con DISLALIA , primero cabe señalar que estas consiste en un trastorno de la articulación de uno o varios fonemas, el tipo de error puede ser por sustitución, omisión, adición, inversión o distorsión de los fonemas. Se trata de la incapacidad para articular correctamente ciertos fonemas o grupos de fonemas.

Según Gallardo y Gallego 1993 podemos utilizar estrategias de intervención indirecta centrada en las bases funcionales de la articulación, y después la intervención directa con actividades articulatorias.

La intervención indirecta consiste en ejercicios orientados a la mejora de las funciones que inciden en la expresión oral del lenguaje, ya que una perfecta articulación del lenguaje necesita de una buena función respiratoria, un cierto nivel de madurez psicomotriz, una buena percepción y una buena discriminación auditiva, así como agilidad bucofacial que facilite la articulación. Por ello debemos trabajar actividades relacionadas

– con la relajación porque facilita la formación y articulación del habla,

– actividades de respiración, dirigida a una correcta respiración costo-diafragmática y a la coordinación de esta con los órganos fono-articuladores,

– actividades de soplo de un utilizaremos materiales que ayuden al control, direccionalidad, e intensidad de soplo,

– actividades discriminación auditiva, así como de detección, reconocimiento, identificación, y comprensión de sonido,

– y actividades de estimulación y reeducación de los órganos buco-articulatorios a través de ejercicios práxicos y técnicas ortofónicas.

La intervención directa está dirigida a enseñar al niño/a una correcta articulación de los fonemas y su automatización para ser integrada en su lenguaje espontáneo. Seguiría el siguiente proceso:

1.- Deberemos analizar si el niño posee una correcta discriminación auditiva o tiene problemas con el control motor de los órganos articulatorios. En el caso de que presenten problemas discriminatorios polémicos habrá que trabajar actividades de discriminación, detección, reconocimiento, identificación y comprensión del fonema que presenta dificultades.

2.- Seguiremos con el moldeamiento de la articulación del fonema, frente al espejo y de forma clara el alumno debe repetir el fonema articulado por el MAL, debiendo reforzar aproximaciones articulatorias sucesivas al fonema, y también se moldeará la posición adecuada de los órganos articulatorios que intervienen en la producción de fonema.

3.- A continuación trabajaremos el moldeamiento del fonema en el lenguaje repetido, moldeando cada respuesta del niño si es necesario, presentando palabras con el fonema en distintas posiciones, inicial, media y final.

4.- En esta misma línea trabajaremos el moldeamiento del fonema en el lenguaje dirigido a partir de láminas con imágenes que contengan el fonema a intervenir, y si es necesario se moderará cada respuesta del niño.

5.- Por último, el tratamiento no termina cuando el niño/a articula correctamente el fonema defectuoso sino cuando éste está totalmente integrado en su lenguaje espontáneo. De manera que esta última fase consiste en la generalización del fonema trabajado, así que se evalúa la articulación de los fonemas y en situaciones diversas en el lenguaje espontáneo.

En cuanto a la INTERVENCIÓN con alumnos con DISARTRIA primero cabe señalar que esta consiste en dificultades para la articulación y la expresión oral que afectan al tono y movimientos de los músculos de la articulación, debidas a alteración en el Sistema Nervioso Central (SNC.). Esta comprende las disfunciones motoras de la respiración, fonación, resonancia, articulación y prosodia. La intervención seguir a los siguientes aspectos a tratar:

– El tratamiento debe partir de las características de cada caso.

– Antes de la intervención logopédica será necesario que se consiga una postura adecuada para el trabajo articulatorio.

– Al igual que el trabajo con otros trastornos es necesario el uso de la relajación.

– Trabajaremos actividades de respiración, el soplo, la fonación y la articulación recurriendo a ejercicios recomendados anteriormente en las Dislalias.

– El control de los órganos bucofaríngeos también deberemos trabajarlos mediante actividades de succión, masticación y deglución.

En cuanto a la INTERVENCIÓN con alumnos con DISGLOSIA, estas se caracterizan por la dificultad en la producción oral, debida a una malformación o anomalía de los órganos de la articulación como son lengua, labios, paladar, mandíbula, dientes o fosas nasales.

En la Disglosia, la mayoría de los alumnos/as, necesitan soluciones de carácter médico, que deben ser realizadas con anterioridad a la intervención, si es posible, ya que la mayoría de malformaciones pueden solucionarse a través de una intervención quirúrgica. Lo que facilitará en gran medida la correcta producción del habla.

En los trastornos del habla debidos a malformaciones orgánicas, las técnicas a utilizar son generalmente las mismas que en la Dislalia, aunque teniendo en cuenta las limitaciones orgánicas que presenta el alumno/a. También recibe el nombre de Dislalias orgánica según la clasificación de Dislalias de Gallardo y Gallego 1993.

Se trata de enseñarle los movimientos compensatorios que disminuyan o eliminen las dislalias producidas por las malformaciones orgánicas o fisiológicas.

Además del tratamiento que seguimos con las Dislalias podríamos destacar actividades que contengan los siguientes aspectos:

* En las Anomalías Labiales: Movilidad de los Labios. Fuerza Labial. (con ejercicios de Soplo)

* En las Anomalías Palatinas y Velares: Ejercicios de Respiración. Ejercicios de Movilización del Velo. Ejercicios de Articulación y Fonación.

* En las Anomalías Linguales: Ejercicios de gimnasia lingual.

En cuanto a la INTERVENCIÓN con alumnos con DISFEMIA, trastorno de la fluidez del habla, que se caracteriza por irrupciones bruscas en relación con bloqueos y espasmos musculares que afectan a la coordinación fonorespiratoria y a los movimientos articulatorios.

Los tratamientos de las disfemias son tan plurales como las interpretaciones etiológicas. Básicamente en edades tempranas el consejo es evitar el estrés y la corrección ansiosa del habla, mientras que en las personas más mayores podemos utilizar diversas estrategias de intervención.

En el tratamiento deberán tratarse paralelamente las variables que pueden estar interviniendo en el desarrollo de la misma, por ello, debemos tener en cuenta desde la función respiratoria y la relajación, hasta los factores socio-familiares.

1. INTERVENCIÓN EN FACTORES SOCIO–FAMILIARES. Hasta los 6 años no es recomendable la intervención directa, se he niño es consciente del trastorno es recomendable tratarlo. Si no es consciente la familia debe en realizar los ajustes que impidan el desarrollo o consolidación de la Disfemia.

Uno de los primeros objetivos ha de ser eliminar presiones, exigencias y expectativas erróneas de las familias y/o profesores, ya que es de suma importancia el que adopten una actitud correcta frente al niño y su defecto, fortaleciendo experiencias comunicativas positivas, mejorando el autoconcepto del niño, evitando situaciones existe antes para niños y no dirigir la atención sobre sus dificultades.

2. ENFOQUES TERAPEUTICOS, según Van Riper los enfoques terapéuticos de la disfemia pueden clasificarse en 6 grandes familias:

-las terapias de sugestión, de distracción y de persuasión son las más tradicionales. Han quejado de utilizarse salvó alguna como por ejemplo la hipnosis.

-Las terapias de relajación que la mayoría de las personas con disfemia hablan mejor cuando están relajados. El método consiste en reducir o eliminar las respuestas emotivas negativas asociadas o situaciones que causan estados de ansiedad.

-Las terapias del ritmo y del control del flujo incluyen el hablar canturreando, espaciar y acentuar cada sílaba acompañándose de leves movimientos de los brazos y de las piernas, con el dedo en cada sílaba, …

-la servoterapia se base en la teoría de que lo que existe es una perturbación en el sistema perceptivo auditivo que impide la organización adecuada de la palabra. Éste tratamiento se basa en prótesis auditivas.

-Por último, este autor señala la psicoterapias y farmacoterapias. La psicoterapias se basa en que las personas con disfemia están más alterados psicológicamente que la población normal y la farmoterapias se basa la utilización de tranquilizantes, estimulantes o sedantes.

No obstante, nosotros pretendemos en el ámbito escolar mejorar la fluidez lingüística a partir de unos procedimientos basados en la relajación, respiración y ritmo.

– La Educación Respiratoria mejora la coordinación de los movimientos de los órganos que intervienen en la respiración y en la fonación.

– La Educación Rítmica es una de las técnicas más antiguas en reeducación del lenguaje, con actividades como acompañamiento del lenguaje de forma rítmica.

– La relajación puede servirnos de ayuda para preparar al niño/a antes de la sesión de intervención, de esta manera los ejercicios que realicemos serán más efectivos.

Seguidamente trabajaremos la lectura de palabras y de textos breves, hasta llegar al lenguaje oral espontáneo.

2.-En cuanto a los CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE ADAPTACIONES CURRICULARES (AC) PARA LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON ALTERACIONES DEL LENGUAJE, Con las ADAPTACIONES CURRICULARES hablamos de medidas en relación a cualquier modificación del currículo, o acceso a este, en respuesta a las necesidades y posibilidades del alumnado, por tanto consiste en un proceso de toma de decisiones sobre los elementos de currículo.

Concretamente el Art. 12 O. 16 julio 2001 señala que se trata de la acomodación o ajuste de la oferta educativa común a las necesidades y posibilidades de cada alumno. Esta decisión debe partir siempre del Proyecto Educativo PE, del Proyecto Curricular PC y de la Programación de Aula PA, y busca dar una respuesta común y a la vez diferenciada que contemple las distintas necesidades, intereses y posibilidades de cada alumno.

Se fundamentan en la concepción curricular de un nuevo modelo educativo desarrollado en la LOMCE, que se caracteriza por ser abierto, flexible y adaptable a las necesidades y características de los alumnos.

Las AC se caracterizan por ser relativas y cambiantes, y forman un continuo de menor a mayor significatividad, el punto de partida es el currículo ordinario, es necesario partir de una evaluación inicial, deberán quedar reflejadas por escrito.

La variabilidad diagnóstica de estos alumnos requiere PLANTEAMIENTOS CURRICULARES ESPECÍFICOS a cada caso y la provisión de los medios materiales y personales específicos, con un tratamiento individual o en pequeño grupo.

En concreto el objetivo principal de la Adaptaciones en estos alumnos con DM debe ser facilitar un modelo de escuela comprensiva e integradora que permita al niño explorar, interactuar, comunicarse, manipular, etc… circunstancias que harán posible una auténtica integración y desarrollo personal del alumno CON ALTERACIONES DEL HABLA.

LOS CRITERIOS para las AC deberán estar principalmente en función de la evaluación psicopedagógica y en función de que es lo qué sabe hacer el ALUMNO CON ALTERACIONES DEL HABLA en base al currículum, es decir, del NCC. En cuanto a las capacidades de Comunicación, de socialización, cognitivas, conductuales, motivación y estilo de aprendizaje, así como su contexto social.

Los objetivos relacionados con el desarrollo social y comunicativo de estos niños, en todos los casos son necesarias unas pautas educativas que permitan acercarse a ellos.

Las AC a través del PEC y del currículum Se realizan para satisfacer las necesidades contextuales, ordinarias y generales de todos los alumnos de un centro concreto, incluyendo las necesidades educativas especiales de determinados alumnos.

Incluye decisiones en relación a los elementos de ACCESO donde podemos destacar la organización de los elementos materiales y personales, *destacamos principalmente el papel del MAL que será el encargado de responder a la NEE de carácter lingüístico, dirigidos en lo posible a promover la comunicación de estos alumnos. Y en relación a los elementos BÁSICOS del currículum se introduce, se prioriza, se reformula, e incluso se eliminan objetivos o contenidos a fin de ajustar la RE. Con la adaptación de estos elementos se pretende que no queden excluidos.

Las ADAPTACIONES EN LA PROGRAMACIÓN DE AULA Intentan dar respuesta a las NEE de los alumnos de un grupo-aula. Contemplan los elementos de ACCESO los apoyos personales deben contemplar la elección del sistema de apoyo, favorecer las intervenciones en el aula ordinaria, mantener un clima de afecto y escucha, coordinar el trabajo con otros profesionales,… en referencia a los materiales didácticos es importante seleccionar y poder adaptar el material para el alumno con DM, que favorezcan el seguimiento de la clase. Los espacios prioritariamente se debe facilitar la COMUNICACION.

Y en relación a los elementos BÁSICOS curriculares, de la programación de aula, los objetivos y contenidos, facilitadores de la adaptación del niño a su medio, en todas las áreas se debe dar importancia a facilitar la comunicación y a los procedimientos de aprendizaje más que a la acumulación de la información.

A NIVEL INDIVIDUAL, Son el conjunto de decisiones educativas que se toman desde la programación de aula para elaborar la propuesta educativa para un determinado alumno. Cuando la AC de aula no garantiza la consecución de los objetivos del currículo del alumno, se elabora una ACI, que consiste en la adaptación de algún elemento curricular y, a veces, en la dotación de recursos extraordinarios.

Podemos distinguir AC no significativas, se dan cuando las modificaciones de los elementos básicos del currículo no superan un ciclo de diferencia. Y en relación a las AC significativas: Art. 14 O. 16 julio 2001se dan cuando estas modificaciones sustanciales de objetivos y contenidos básicos como mínimo superan un ciclo de diferencia. Son una medida extraordinaria, pudiéndose realizar una AC en una o varias áreas o del conjunto de las áreas del ciclo o la etapa.

* De manera que principalmente las adaptaciones a los alumnos con ALUMNO CON ALTERACIONES DEL HABLA pasan por adaptaciones de acceso y los elementos básicos del currículo. La introducción de objetivos y contenidos relacionados con la utilización de los SAAC si fuera necesario, como hemos mencionado en los caos de Afasias de carácter grave, favorecer distintas situaciones y contextos comunicativos, que promuevan el dllo cognitivo, social y comunicativo y además aquellos aspectos relacionados con la lecto-escritura. Y en cuanto a la temporalización no debemos olvidar que estos alumnos pueden necesitar que se les modifique el tiempo para alcanzar los objetivos previstos.

El proceso para su elaboración viene en el Art. 14 O. 16 julio 2001, del cual podríamos destacar que los equipos de ciclo coordinados por el tutor y ayudados por el maestro especialista en PT elaborarán las ACIS, que formarán parte del expediente académico.

3. CONCLUSIÓN

Para finalizar, cabe concluir que en el presente tema hemos pretendido poner de manifiesto como en la tarea de dar respuesta a las NEE de los alumnos con ALTERACIONES DEL HABLA es importante entender y ser conocedores de las necesidades educativas que presentan y de su adecuada intervención, así como las posibles adaptaciones curriculares, con el fin de adecuar la respuesta educativa.

En definitiva, las premisas expuestas tratan de aportar luz a nuestra práctica como docentes en responder adecuadamente a las demandas educativas que requiere la diversidad de alumnado. No obstante, tanto la literatura como los actuales marcos legislativos apoyan y promueven esta perspectiva, pero en la práctica aún queda un largo camino por recorrer y muchos obstáculos que superar. Como indica el informe Delors (1996), “enseñar y aprender la diversidad de la especie humana es una de las tareas fundamentales de la educación para el siglo XXI”.

Y para finalizar tras esta breve conclusión apuntaremos aquellos apoyos bibliográficos y legislativos utilizados para la preparación del presente tema.

  1. BIBLIOGRAFÍA

– Estimulación del lenguaje oral para niños con necesidades educativas especiales. A. Juárez y M. Monfort. Entha. 2001

– Logopedia práctica. A. Sos y M.L. Sos. Editorial Escuela Española. 1997

– Manual de logopedia escolar. Un enfoque práctico. J.R. Gallardo y J.L. Gallardo. Ediciones Aljibe.

– MEC: Apoyo a los Alumnos con N.E.E. Madrid. 1986.

– Espaciologopedico.com

– Orientaciónandujar.es

5. LEGISLACIÓN

– Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).

– Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).

– Decreto 39/98 del 31 de Marzo del Gobierno Valenciano, de Ordenación de la educación para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.

– Decreto 227/03 del 14 de Noviembre, modificando el decreto anterior.

– Orden del 14 de Febrero de 1996 sobre evaluación de los acnnes.

– Orden del 16 de Julio de 2001 por la que se regula la atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros de E.I y E.P.